Las viviendas habituales disfrutan de unas deducciones, tanto por adquisición como por alquiler. En los alquileres de la vivienda habitual disfruta de unas deducciones tanto a nivel estatal como autonómico.
Los contribuyentes se pueden deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas para el alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.
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