La Agencia Tributaria es la primera en suministrar información tributaria y en ofrecer un servicio gratuito para hacer la declaración de quienes no quieren o no saben hacerla por su cuenta.
Además, elaborar un borrador de la declaración para quienes lo piden y cumplen ciertos criterios, además de un servicio de petición de datos fiscales que le permite comprobar lo que hacienda sabe de él.
Los puntos de información son:
- A través de Internet: www.agenciatributaria.es
- A través del Teléfono:
- Para solicitar Información tributaria básica: 901 335 533.
- Para solicitar cita previa: 901 223 344.
- Para pedir los datos fiscales y solicitar el borrador: 901 121 224 y 901 200 345.
Algunas comunidades también ofrecen servicios gratuitos para hacer la declaración, al igual que algunas empresas grandes, algunos bancos y cajas de ahorro que ayudan a sus trabajadores y clientes.
El programa PADRE, que se puede obtener de forma gratuito ya sea en CD o descargando de la página web de la Agencia Tributaria, es una buena ayuda a la hora de elaborar la declaración. Una vez introducido los datos en este programa, sólo se ha de imprimir el resultado en papel y listo para presentarlo en el banco.
Los impresos de la declaración, de venta en estancos, delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria se acompaña de una Guía de la declaración. El Manual Práctico de la Agencia Tributaria, más amplio y con ejemplos, se vende por separado.
Acudir a un asesor fiscal profesional (una declaración sencilla su coste ronda los 30€).
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COMPRÉ UNA VIVIENDA EN 2010 ¿SIGUE DESGRAVANDO COMO VIVIENDA HABITUAL?.
Sí, sin ningún problema y hasta un máximo de 9.040 euros anuales por declaración.
Salu2.
Tengo una vivienda de propiedad compartida con mi hermano, alquilada a una chica menor de 30 años y con ingresos superiores al IPREM que serían las condiciones para no tener que tributar por los ingresos de ese alquiler. Vemos en el borrador de mi hermano que se le imputan unos ingresos por esa vivienda, la pregunta es: ¿se nos pueden imputar rentas por vivienda no habitual cuando la vivienda está alquilada? No sabemos a qué concepto corresponden los ingresos que aparecen. Muchas gracias por su atención.
No, tienes que quitar la imputaciones (es sólo para cuando lo tienes en propiedad a disfrute de los titulares).
Tienes que añadir el tema del alquiler y si tienes derecho a deducción por alquiler a menor de 30 años, lo tienes que indicar.
Salu2.
Hola,
En diciembre 2012 cobré por medio del Fogasa las nóminas pendientes de los meses de Febrero, Marzo y Abril del 2012. Ahora he recibido el borrador y me sale a pagar una cantidad elevada ya que los importes recibidos del Fogasa no se les ha aplicado ninguna retención. Mi consulta es, no es el empresario el que de hacerse cargo de estas retenciones? Hay alguna forma de evitar que este ingreso del Fogasa me penalice en la declaración de la renta?
Muchas gracias de antemano.
No, las rentenciones lo paga el trabajador. Lo que pasa es que nunca ves ese dinero, porque el empleador antes de pagarte te lo retienen y lo da al fisco.
En el caso de FOGASA, ellos te ingresan todo y ya echas tú luego cuentas con el fisco.
Salu2.
Hola,
Tenía 6000 euros en deuda subordinada CAM. Me aconsejaron que para no perderlos, tenía que aceptar que se transformaran en acciones del Banco Sabadell. El valor nominal del cambio se hizo a precio de acción de 2,30 para que el valor del canje fuera el mismo que el nominal de las subordinadas. Observo que en los datos que tiene hacienda para efectuar la renta, aparece como venta los 6000 euros. Es una operación neutra o tendré que declarar esos 6000 euros? No he obtenido ningún beneficio de esto, al revés, las acciones están por los suelos. Muchas gracias de antemano.
No, no tienes que tributar nada.
De hecho, si ahora vendes, tendrías minusvalías que lo podrías compensar con plusvalías.
Salu2.
Hola, los seguros de vida y de hogar (tengo hipoteca sobre vivienda principal) se pueden desgravar????
Gracias,
Sí, si figuran en la hipoteca como que te han obligado a contratarlo para concederte la hipoteca.
Salu2
Hola,
este año (2012) he tenido dos trabajos, en el primer trabajo(ett) me retenían el 12% y en el finiquito un 46% desde septiembre tengo otro trabajo (14.000euros brutos anuales) donde también me retienen el 12% cómo puede ser que en el borrador me figure 640 euros a pagar?? además de que desde mayo 2012 vivo de alquiler (hay dos deducciones la estatal y la autonómica no?)y no está incluido en el borrador y estuve pagando un crédito para financiarme un máster universitario.
Pues depende de tus ingresos totales que hayas tenido durante el año.
Cada empresa te ha retenido en función de lo que te han pagado ellos, pero si hubieran tenido en cuenta tus ingresos totales te tendría que haber retenido más… y como no lo han hecho, ahora te toca pagar.
Salu2.
Hola, mi consulta es si una persona soltera, mayor de 30 años, con nómina y que vive con sus padres mayores y jubilados, tiene algún tipo de deducción en la renta, pues hasta ahora la hacía como soltera y tributacion individual y me sale a pagar y no se si por esta situación personal me puede salir más favorable. Mis padres la presentan también en conjunta.
Mira a ver si te puedes aplicar el mínimo por ascendiente.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/02/%C2%BFque-condiciones-se-ha-de-cumplir-para-que-de-derecho-al-minimo-por-ascendientes/
Salu2.
Hola; he tenido una niña en julio del 2012 y vivo con mi pareja pero no estamos casados. En la declaración, como pongo lo de mi hija?
Lo he puesto en el apartado de ‘Descendientes..’ pero lo que no me queda claro es si he puesto bien los desplegables que salen (en los dos he puesto la tercera opción, en el primero que es que la niña vive con el primer declarante, osea yo, y con el otro progenitor y en el segundo que no estamos casados. En el tercero no puse nada). No se si he de poner algo más o no, y si mi pareja también ha de ponerlo en su declaración igual.
Gracias de antemano, espero haberme medio explicado
Lo debes incluir como descendiente al 50%.
También podrías hacer la declaración conjunta con tu hija ya que eres madre soltera.
Salu2.
En el borrador me indican que no puedo confirmar por que he percibido unos ingresos correspondientes a una cartera de seguros, que herede al fallecer mi padre. Yo no he gestionado ninguno, es decir estos ingresos son por las renovaciones. En el texto indica lo siguiente: tener rentas de actividades profesionales imputadas sin que figure como empresario o profesional.¿ Podéis informarme de lo que debo hacer?. Gracias de antemano.
Acude a una asesoría fiscal y te harán la declaración por unos 100 euros.
Salu2.
Buenos días,
Durante el año 2012 he estado alquilada en una vivienda de obra social de una entidad bancaria. En este sentido,el importe por renta que he estado abonando al mes no excedía de 400 euros. ¿Puedo deducirme el 10,05% de los importes abonados en concepto de alquiler de igual manera, pese a que tenga el carácter de «obra social»?
Muchas gracias de antemano.
Sí, el carácter de la vivienda da igual, si tienes derecho a las deducciones de alquiler te lo puedes aplicar.
Salu2.