Las personas minusválidas tienen ciertas ventajas a la hora de comprar un vehículo nuevo como son:
En este caso concreto, referente al Impuesto de matriculación, según establece en el Artículo 66 Ley 38/1992, de 28 de diciembre, las personas con minusvalía igual o superior al 33%, tienen derecho a la exención de este impuesto en la compra de coche nuevo.
Lo que ocurre es que debido a la lentitud de los trámites para el reconocimiento de dicha minusvalía y su posterior emisión del certificado oficial de minusvalía, muchos no se pueden esperar y se compran el coche con anterioridad a dicha emisión, y se preguntan si tienen derecho a solicitar a Hacienda el reembolso del Impuesto de matriculación pagado en su día.
En este caso, es importante que conozcan que si en el momento de la compra no disponen aún de dicho certificado de minusvalía o acreditación oficial para solicitar dicha exención, perderán esa ayuda.
La presentación de la solicitud de exención deberá efectuarse siempre antes de la matriculación definitiva, no pudiendo, en ningún caso, procederse a matricular definitivamente el vehículo en tanto en cuanto no se haya producido el reconocimiento del beneficio fiscal.
Así que una vez matriculado el vehículo, no podrá solicitarse dicha exención del Impuesto de matriculación con carácter retroactivo, o solicitar el reembolso del Impuesto abonado en su día, ya que no puede calificarse como indebido.
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AL COMPRAR UN VEHICULO NUEVO Y SER PENSIONISTA POR INCAPACIDAD ,ESTOY EXENTO DE PAGAR IMPUESTO DE MATRICULACION,PERO EN EL CONCCESIONARIO ME DICEN QUE EL VEHICULO QUE COMPRO NO PAGA DICHO IMPUESTO PORQUE LAS EMISIONES DE CO2 (gr/km) es inferior a 120.TENGO DERECHO A ALGUN TIPO DE DESCUENTO MAS?
Efectivamente si el vehículo emite menos de 120gr/km de CO2 directamente no paga impuesto de matriculación, tengas o no minusvalía.
En el caso de que tengas reconocida la Movilidad reducida o pertenezcas a alguno de los casos que indicamos en el enlace siguiente, podrías tener derecho al IVA reducido al 4%:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/
A lo que sí que tienes derecho es a la exención del Impuesto municipal de circulación. Más información sobre esto en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/23/impuesto-municipal-de-circulacion-exencion-por-minusvalia/
Salu2
Pero si yo ya tenia la incapacidad concedida desde noviembre de 2006?
Las bonificaciones fiscales por minusvalía hay que solicitarlas siempre antes de matricular el coche.
Da igual si la incapacidad estaba reconocida desde mucho antes o no..
Más información en el artículo superior.
Salu2
Desearia informacion para el cambio de titular entre matrimonio de un coche comprado por minusvalia co la reducion del iva y la causa es fallecimiento del minusvalido?
Gracias
Los trámites a realizar son los indicados en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/titular-fallecido/
Salu2
Quiero comprarme un coche nuevo y tengo una minusvalía del 36%. ¿ Que beneficios y deducciones tengo legalmente ?
Hola
Con minusvalía superior al 33% tienes derecho a:
– Exención del impuesto de matriculación
– Exención del Impuesto municipal de circulación
Para el IVA reducido al 4% tendrías que tener además acreditada la movilidad reducida, pero por lo que comentas nos sería tu caso.
Salu2