A la hora de pedir un subsidio, prestación o ayuda por desempleo, se exige no superar un nivel de ingresos o rentas determinado.
Pero, ¿qué ingresos se consideran como rentas? Se tienen en cuenta los ingresos por indemnización por despido, pensiones que ya se cobren, plusvalías..?
Se consideran rentas:
- Rendimientos del trabajo: incluyen las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares, así como el importe de la indemnización por la extinción del contrato de trabajo que supere la indemnización legal, si se percibe de forma periódica.
- Pensiones y prestaciones por desempleo: incluyen los ingresos brutos de todo tipo de pensiones y prestaciones, incluidas las pensiones alimenticias los salarios sociales y similares, etc.
- Rentas del capital mobiliario: incluyen los rendimientos brutos de las distintas cuentas bancarias e inversiones financieras.
- Rentas del capital inmobiliario: incluyen los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados, y las imputaciones de rentas de bienes inmuebles no arrendadas, diferentes de la vivienda actual.
- Rentas de actividades económicas, profesionales, empresariales o agrarias: se computa como rentas el rendimiento neto reducido (ingresos menos gastos) de los distintos tipos de actividades, así como el importe de las subvenciones a la actividad agraria, o el RBE (Renta Básica Emancipación)..
- Las rentas de plusvalías o las ganancias patrimoniales, derivadas de la venta de bienes mobiliarios (acciones, fondos de inversión…) y de bienes inmuebles, excepto la de la vivienda habitual, premios de lotería o similares.
- El rendimiento presunto de aquellos bienes del patrimonio, siempre que no se haya computado su rendimiento mensual efectivo. Se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 50% del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien.
- Las rentas individuales se imputarán en su totalidad a su titular, cualquiera que sea el régimen económico matrimonial aplicable. Pero las rentas derivadas de la explotación de un bien que sea titularidad de un solo cónyuge, si el régimen económico matrimonial es de gananciales se imputarán por mitad a cada cónyuge.
No se consideran rentas:
- Las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo.
- El importe de las cuotas destinadas a la financiación del Convenio Especial con la Administración de la Seguridad Social.
- Las prestaciones por desempleo del solicitante.
- El importe de la indemnización legal por la extinción del contrato de trabajo, con independencia de que el pago se efectúe de una sola vez o de forma periódica.
- Los salarios de trabajos de colaboración social y de trabajos compatibles con Programas de Fomento del Empleo.
- El cobro anticipado de la deducción fiscal a la mujer trabajadora por hijos menores de 3 años.
- En caso de la renta agraria y del subsidio para trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario, los ingresos derivados del trabajo como trabajador agrario por cuenta ajena fijo discontinuo, inferiores a seis veces el Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente.
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Pero ilegalmente nunca te daria una ayuda el sepe pienso yo,supuestamente ellos estan para mirarlo todo y todos los papeles que tu les lleve,en mi situacion familiar somos 3 y mi pareja tiene propiedades antiguas sii,pero gana 1000 o 1200 euro por ser autonomo por eso me an dado ayuda familiar,a eso me refiero que pienso que no habria ningun problema??
Ello dan las ayudas según la información que tu le has llevado y has firmado que has aportado todos los datos de forma correcta y no has omitido nada.
E incluso si cometen algún error, están en su derecho a rectificar.
En este sentido, los que reciben la ayuda están en inferioridad de condiciones.
Salu2.
Otra pregunta voy hacer la declaracion de la renta cobrando ayuda familiar y mi pareja y yo lo hacemos individual porque no estamos casados ni somos pareja de echo,la ayuda familiar esta todo a mi nombre y numero de cuenta todo,mi pregunta es a quien de los dos le saldra reflejado en ma declaracion de la renata la ayuda familiar a mi pareja o a mi??gracias
Si ambos sois padres reconocidos del menor, cada uno el 50%, independientemente de cómo Hacienda refleje la ayuda.
Salu2.
Hola estoi cobrando una ayuda familiar,mi pareja a pedido un prestamo de 30.000mil euro y a comprado un terrano no urbanizable que le a costado sobre 50.000mil euro,mi pregunta es tengo que decirlo en inem,y me an comentado que en la declaracion de la renta de 2019 al ser no urbanizable puede see q me hagan de devolver la ayuda por no se que de los inmuebles,bueno espero respuesta gracias
No debería de afectar. Pero comunícalo a SEPE.
Cualquier variación de vuestro patrimonio has de comunicarlo.
Salu2.
Hola , el subsidio de mayores de 55 años vale su cotización para completar los 2 años necesarios en los últimos 15 años ante de jubilarte . gracias
Si, claro