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6 de marzo de 2012

Vender o trasladar un coche al extranjero, exportación: trámites a realizar

En el caso de querer vender o trasladar un coche que esté matriculado en España, al extranjero, habrá que realizar los trámites correspondientes para dar de baja en Tráfico ese vehículo que se exporta.

Sería necesario tramitar la baja definitiva por Exportación o Tránsito Comunitario (si se tratara de un país de la UE) en los casos en los que el titular de un vehículo decide su traslado al extranjero, teniendo que causar por tanto baja en el Registro español de vehículos.

Para dar de baja en Tráfico un vehículo que va a ser exportado, ha de solicitarse la baja definitiva por exportación en la Jefatura provincial de Tráfico, abonando para ello en la propia Jefatura una tasa de unos 8 €.

Para ello será necesario presentar la siguiente documentación en la DGT:

  • Identificación del interesado:
    • Personas físicas; documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
    • Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.
  • Permiso de circulación del vehículo
  • Tarjeta de ITV.
  • Solicitud de Baja definitiva debidamente rellenada (te entregarán el impreso en Tráfico)
  • Tasa de Baja (se abona en la propia Jefatura)
  • Documentación fiscal correspondiente: se requerirá en los casos de baja por traslado a un país que no pertenezca a la Unión Europea, en cuyo caso se aportará documento que acredite que se está preparando la exportación legal del vehículo

Tramitándolo de este forma, Tráfico procederá a anular el Permiso de Circulación, haciendo una anotación en el mismo, y lo devolverá al interesado junto con la tarjeta ITV.  Estos dos documentos han de ser entregados al comprador del vehículo, ya que los necesitará para su matriculación en el país de destino.

  • Una vez dado de baja, si el comprador desea circular con el vehículo hasta la frontera, deberá solicitar un permiso temporal para traslado al extranjero (placa de matrícula verde), que tendrá una validez de 60 días. En este caso el vehículo deberá tener la ITV en vigor.

Nota:     Si el vehículo está matriculado a nombre del compraventa de vehículos y tuviera menos de 4 años, el compraventa puede solicitar la devolución del Impuesto de matriculación.

Para ello es necesario que tanto el permiso de circulación como la certificación de la baja por exportación estén a su nombre. El importe de la devolución de calcula sobre el valor de mercado del vehículo en el momento del envío fuera, sin que pueda exceder al de la cuota satisfecha en su día. Se solicita presentando telemáticamente el Modelo 568.

Comentario del usuario «B230FK» que vendió su coche a un comprador extranjero que vino a por él.

-Dar de baja el coche por «tránsito comunitario» (unos 9€ de tasa, si el coche tiene más de 15 años está exento)

-Pedir un permiso de circulacion provisional válido por 60 días (unos 20€ de tasa). Con el permiso te darán un nº de una matrícula provisional: unas placas verdes para conducir el coche esos 60 días, pues el permiso de circulación original queda anulado.

Lo interesante si el comprador (como fue mi caso) quiere llevarse el coche rodando es que el permiso vaya a nombre del comprador; de esa forma quedas a salvo de multas que le puedan poner en el camino de vuelta. Pero para ello el comprador debe contar con un NIE (nº de identificación de extranjeros). Según la web del Ministerio de Asuntos Exteriores se puede pedir en un consulado o en la Policía Nacional aquí en España, pero tardan en torno a 3-5 días. En mi caso el comprador se sacó su NIE en el Consulado General

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962 comments to Vender o trasladar un coche al extranjero, exportación: trámites a realizar

  • Renato

    Buenas tardes, me he trasladado a Alemania y voy a vender el coche a compramostucoche (versión alemana). El impuesto de circulación siempre lo he pagado en la dgt. ¿puedo no dar de baja el coche por traslado al extranjero y evitar de bajar a España? Este año ya no lo voy a pagar y ya está.

  • Gabriel

    Buen día. Compré un coche en Tenerife en agosto del 2018. Me traslado a Suecia definitivamente, quiero llevar el coche a las península y de allí llevarlo por tierra a Suecia. El coche no lo he pagado aún por completo. Llame a la financiera y me dicen que no puedo sacarlo de España. Quepuedo hacer? Gracias un saludo

  • Fabian

    Buenos días. Vivo en Alemania y me traje mi coche, que ahora quiero vender aquí. Entiendo que la explicación que se da en la página es cuando se planea exportar el vehículo. ¿Cómo puedo hacerlo si resido aquí? Pensaba sencillamente venderlo con el contrato estandar de compra-venta que hay aquí, pero no sé si será reconocido por la DGT

    • Imagino que tu coche está matriculado en Alemania.

      Imagino que tendrás que dar de baja en Alemania y matricularlo en España, porque no creo que el comprador quiera comprar tu coche con matricula Alemana y todo lo que conlleva.

      Salu2.

  • ANGEL

    tengo un coche (matriculado en españa) con 21 años… y un chico de Senegal lo quiere comprar y llevarselo a su Pais….

    solo es ir a trafico de mi provincia y llevar el contrato de compra y venta para tramitar la BAJA x EXPORTACION

    • Tú como vendedor, sólo has de comunicar la venta, con el contrato de compra-venta, y una foto copia del dni del comprador.

      El comprador, es quien ha de darlo de baja en tráfico y llevarselo a su país.

      Salu2.

  • Sergio

    Hola, hace poco que tengo un negocio de compra-venta, con mi NIF en regla y CNAE 4519. Ayer vendí un coche a un chico portugués, y me comenta que le han dicho en su gestoría que falta el numero fiscal comunitario. Sabrían decirme a qué se refiere?
    El coche ya está dado de baja por tránsito comunitario y el comprador ya tiene el permiso de circulación y la ficha técnica con el sello de la DGT, el documento de la baja definitiva y la factura de venta. Tengo que darle algo más? Muchas gracias!

    • Para obtener el NIF comunitario debe solicitarse a través de la declaración censal 036/037, marcando la casilla 582, solicitud de alta, consignando la fecha prevista para la primera operación intracomunitaria en la casilla 584. La asignación del NIF-IVA comunitario supone incorporarse al censo VIES. La Administración tributaria debe resolver la solicitud en un plazo de 3 meses, y en caso de que transcurra el plazo se entenderá denegada.

      La solicitud de baja del número NIF-IVA comunitaria se realizará de la misma manera a través de una declaración censal, marcando las casillas 583, consignando la fecha prevista de efectos en la casilla 584.

      La obtención del número NIF-IVA comunitario supone el ingreso de oficio en el censo europeo VIES, así como en el Registro de Operadores Intracomunitarios, requisito imprescindible para lograr que la operación resulte exenta de IVA, como regla general.

      En la operaciones intracomunitarias de bienes se producen dos hechos imponibles relevantes, en primer lugar una entrega de bienes intracomunitaria exenta en el país de origen, y en segundo lugar una adquisición intracomunitaria de bienes gravada en el Estado Miembro destino de las mercancías, al tratarse de una adquisición sujeta y no exenta, siempre y cuando no hayan sido gravadas en el Estado Miembro expedidor.

      El gravamen de las adquisiciones intracomunitarias de bienes en el Estado Miembro de llegada de la expedición o transporte, podrá acreditarse mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho y, en particular, con la declaración tributaria en que hayan sido incluidas.

      Al estar exenta la operación para la empresa que entrega o expide el bien, también lo va a estar la empresa la operación de adquisición o recepción de la mercancía (artículo 26 de la Ley del IVA).

  • NOELIA

    Buenas tardes, tengo un coche español en el extranjero, quiero venderlo allí y lo van a matricular allí, al estar el coche ya allí que tipo de baja en trafico he de realizar, baja temporal, permanente? gracias

  • Enrique

    Soy español y tengo un clásico matriculado aquí. Un checo desea comprarlo y llevárselo conduciendo a su país. Se necesita la baja por exportación y que el comprador se saque un seguro al menos por los días del viaje. Pero alguien me comenta que si se pide la baja en cuestión no se puede conducir en ningún pais. Sólo se podría llevar en grua… Qué puedo hacer?
    Gracias y saludos

  • Pedro

    Tengo un coche del año 91 que una persona quiere comprar para exportarlo en contenedor hacia un país africano, para darlo de baja por exportación, ¿debería primero cambiar la titularidad del vehículo y después la persona que lo adquiera darlo de baja por exportación?

  • Miguel

    Hace unos años vendí una moto que tuvo una avería importante estando en Marruecos, firme la documentación en aduana Marroquí, pensando que no tenía que hacer más trámites.
    La moto la di de baja temporal.
    Hace una semana fui a tráfico para dar baja definitiva y me pusieron una nota de pendiente de realizar dua exportación.
    Mi pregunta es cómo puedo solucionar esto si ya no está con matrícula española.

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