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20 de febrero de 2012

La nueva reforma laboral 2012 permite la capitalización del 100% de la prestación de desempleo

La semana pasada entró en vigor la nueva reforma laboral del 2012, en la que se incluye la posibilidad de capitalizar el 100 por 100 de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.

Para los jóvenes mayores de 30 años y mujeres de más de 35 años, se permite capitalizar el 60% del paro para la inversión inicial y el 40% para cuotas de autónomo.

**Ultimas NOVEDADES  14 de Marzo de 2015: El Gobierno ha anunciado la eliminación del límite de edad para capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para iniciar una actividad. Y los autonómos podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana a la Seguridad Social aunque contraten.

22 de Febrero de 2013: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, permite mayor flexibilidad para capitalizar el desempleo e incluso permite compatibilizar la prestación de desempleo con el alta en autónomos

¿Qué es el pago único?

El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia, o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.

¿Quién puede solicitar el pago único?

Los perceptores de la prestación contributiva por desempleo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado, lo que supone que en el momento de presentación de la solicitud de pago único no haya iniciado la actividad para la que se solicita el derecho ni figure de alta en la Seguridad Social.
  • Ser perceptor de una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  • No estar en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada, ni mantener la condición de trabajador fijo discontinuo en una empresa.
  • Tener, al menos, 3 meses de prestación pendientes de percibir.
  • No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud del derecho que ahora pretende.
  • Que la actividad profesional que va a desarrollar y para cuyo inicio solicita el pago único sea una de las que a continuación se indican:
    • Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo.
    • Constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
    • Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal)
    • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.

¿Qué ayudas puede obtener? ¿Cuál es su importe?

Existe 2 forma de capitalizar el desempleo y compatible entre sí.

  • Inversión inicial o pago único de hasta el 100% de la prestación:
    • Emprendedores de cualquier edad: pueden capitalizar hasta el 100% de su prestación  (Hasta marzo de 2015 sólo podían capitalizar hasta el 100% los Jóvenes: hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años)
    • Personas con discapacidad superior al 33%: Pueden capitalizar el 100% de su prestación
    • Otros: Pueden capitalizar hasta el 60% del paro pendiente para alta en autónomos o hasta el 100% para el pago de la cuota de admisión en una cooperativa o sociedad laboral anónima o de responsabilidad limitada, existente o de nueva creación.
  • Cuotas de autónomo: Sirve para sufragar las cuotas de autónomos por el resto del desempleo no capitalizado para la inversión inicial.

Tened en cuenta que si no requerís inversión inicial, podemos solicitar el 100% para las cuotas de autónomo.

¿ Dónde y cuándo debe presentar la solicitud de pago único?

  • En su Oficina de Empleo, conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que no haya tramitado el alta en Seguridad Social ni iniciado la actividad.
  • En la solicitud de pago único, debe hacer constar las modalidades de pago único que solicita en función de la actividad que pretende desarrollar, y la renuncia a aquellas que no solicita.
  • La solicitud del abono en todo caso deberá ser de fecha anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral, o a la de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, o a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo.
    Si el trabajador hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.
    No obstante, podrá modificar los términos de la solicitud inicialmente presentada, siempre que lo haga antes de que se le haya notificado la concesión del derecho solicitado. Para ello debe presentar nueva solicitud de pago único, en la que conste que desiste de la anterior, cuáles son las modalidades de pago único que ahora solicita y a cuáles renuncia, y aportar la documentación que no figure en el expediente necesaria para su tramitación

¿Y qué pasa si el negocio no funciona, tengo que devolver algo?

Puedes darte de baja sin problemas, y no tienes que devolver absolutamente nada.

De hecho, si te queda prestación sin capitalizar podrías solicitar el pago del mismo siempre que:

  • Por regla general no haya trascurrido 2 años desde el inicio de la actividad.
  • Para menores de 30 años no haya trascurrido 5 años desde el inicio de la actividad.

>> Ver más ayudas a emprendedores

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203 comments to La nueva reforma laboral 2012 permite la capitalización del 100% de la prestación de desempleo

  • miquel

    Me gustaría saber cuanto me corresponde si mis últimas 3 nóminas me las an reducido a la mitad. Yevo desde abril con contrato de media jornada. Quedándose mi nómina on 588euros.como calculo para saber lo que puedo percibir de la capitalización de mi paro . gracias

  • Sonia

    Buenas tardes:
    Me ha llegado la notificación de que se aceptaba la capitalización de mi paro el 5/06/2013. Me he dado de alta en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (declaración censal) para iniciar mi actividad el 1/07/2013. Me acabo de dar cuenta, que para la capitalización me solicitan esté dada de alta en la Seguridad Social en un plazo de un mes desde la fecha de notificación. Con lo cuál ya se puede decir que estoy fuera de fecha. Iré corriendo el lunes… Mi pregunta es si pierdo el derecho a capitalización por este grave error??
    Muchas gracias

  • Yaiza

    Buenas tardes,
    Estoy por solicitar el pago único, tengo 35 años. Según Decreto Ley del 23 de Febrero, puedo solicitar el 100%, «35 años inclusive», en muchas páginas aparece que es hasta los 35 años no incluidos. Podrías decirme, que es lo que me correspondería?. Muchas gracias de antemano.

    Un saludo,

  • jose ignacio

    buenas,voy a darme de alta como autonomo el 1/10/2013, y estoy mirando para empezar a comprar vehiculo,herramienta…quiero pedir la capitalizacion del paro a finales de septiembre(me han aconsejado el 30aprox), y quisiera saber si puedo darme de alta en hacienda antes de la capitalizacion para desgrabar estas facturas o perderia la capitalizacion. y si compro ahora el vehiculo…. con factura proforma con que fechas, podrian hacerme factura o si hay algun plazo para presentarlas. Y tambien me han comentado que el vehiculo no desgraba todo el iva. gracias

    • No, no puedes, ya que perderías la capitalización.

      Las facturas preforma son meros presupuestos, puede ser de antes de pedir la capitalización.

      Las facturas hay que hacerlo después de solicitar la capitalización y después de darte de alta en autónomos.

      El tema de vehículo es muy problemático (generalmente sólo el 50% de IVA y el resto nada)… acude a una asesoría fiscal.

      Salu2.

  • cristina sanchez

    hola, si pido la capitalizacion del paro para montar un negocio, el negocio tiene que ser en espana o al extranjero tambien? gracias!

  • TAMARA

    Hola, hace un año que solicité el pago único y monté mi actividad por cuenta propia, la verdad que no me está yendo nada bien, de echo estoy trabajando por cuenta ajena para obtener ingresos. Mi duda es si a final de año me diera de bajar por seguir así la situación, tendría que devolver algún importe? La verdad es que no saco ni para pagar los autónomos…me han comentado que debería tributar el importe que percibí al capitalizar en renta y que seguramente me hagan una paralela y tenga que pagar más…esto es así? tengo un poco de lío…muchas gracias, un saludo

  • Naiara

    Hola buenas tardes,
    Tengo una duda, lleve la solicitud al paro el dia 11 de este mes de Septiembre, todavía no me han dicho nada, cuando me llegue la carta, significa que el dia 10 de Octubre cobrare todo? O antes tengo que darme de alta en Autonomos? o me tengo que esperar a tener el dinero? No se cuales son los pasos a seguir, y si es aceptado cuando lo voy a cobrar?
    Gracias de antemano,

    • Es muy pronto. Suelen tardar entre 1 y 2 meses.

      Puedes darte de alta en autónomos nada más solicitar la capitalización.

      Para que te paguen, tienes que primero presentar tu alta en autónomos (puedes darte de alta ya o esperar a que te aprueben la capitalización).

      Una vez que te paguen dispones de 1 mes para presentar las facturas de la inversión.

      Te recomiendo que acudas a una asesoría laboral/fiscal para que te ayuden a hacer todos estos trámites y que no dejes ninguno sin hacer correctamente.

      Salu2.

  • Montse

    Buenos días,quisiera realizar la siguiente consulta:
    entre las facturas que quiero presentar para solicitar la capitalización del paro esta la de la compra de un vehículo para la empresa.
    Me han comentado que segun sea el vehículo que compres puedes tener problemas a la hora de la capitalización. Soy comercial, y no necesito una furgoneta, sino un turismo.
    Me puedes ampliar por favor esta información?
    Muchas gracias a la avanzada.

  • carlos

    Buenas, me dí de alta como autonomo en julio, como minusvalido, pedí el pago unico, presenté facturas por valor de 7000 en herramientas( soy jardinero) y una solicitud de compra de vehiculo( lo reservé por 500 €), debido al retraso de la entrega, al final me eché atras y perdí esos 500, ademas tampoco me van muy bien los trabajos, ahora he recibido una carta de la direccion provincial de empleo diciendo que hay una irregularidad en las facturas presentadas, que dice : …..» aportar factura definitiva vehiculo»puedo presentar un contrato de compraventa de un vehiculo de segunda mano???…deberia explicarlo??? el nuevo me costaba 12.000 y el usado 6800… tengo un plazo de 15 dias. saludos

  • Cathy

    Hola buenos dias,

    Tengo una gran duda, porque ya me han concedido la capitalización del paro y me encuentro dentro del plazo para justificar la inversión, por lo quería saber si puedo entregar también como justificante facturas proformas?, es decir,ya he comprado al menos el 65% de la parte inicial de mi inversión pero me resta un 35% que me gustaría reservar para adquirir mas material pero a mediano plazo…. por lo que necesito saber si es posible justificar esta otra parte del dinero en facturas proforma?

    Muchas gracias y muy buena pagina!!
    Saludos.

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