Con la aprobación de la nueva reforma laboral 2012, hay un clamor generalizado de que habrá más despidos, ya que a partir de ahora los empresarios tienen que pagar menos indemnizaciones en estos casos.

Vamos a estudiar lo que hay de cierto en ello y a detallar cómo calcular el finiquito en los 2 casos de despido contemplados en la nueva ley.
Despidos objetivos:
¿Cómo eran las indemnizaciones antes de la reforma laboral?
Los despidos objetivos se indemnizaban con la anterior ley de la siguiente forma:
- 20 días por año trabajado.
- Indemnización máxima: 12 mensualidades.
¿Los despidos serán más baratos?
No, seguirán siendo los mismos que existían antes de la reforma.
¿Entonces qué ha cambiado?
A parte de las causas que existían antes de la reforma para despedir una persona por causas objetivas (véase aquí). se añaden las siguientes:
- Pérdidas actuales o previstas o por la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas durante 3 trimestres consecutivos.
- Por faltas de asistencia del trabajador, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
Por lo tanto, se amplia la posibilidad de perder el empleo por la crisis.
Despidos improcedentes:
¿Cómo eran las indemnizaciones antes de la reforma laboral?
Los despidos improcedentes se indemnizaban con la anterior ley de la siguiente forma:
- 45 días por año trabajado.
- Indemnización máxima: 42 mensualidades.
¿Los despidos serán más baratos?
- Sí, pero con matices. Los derechos de indemnización que tengamos ganados, no se pierden, lo único es que a partir del día 13 de febrero, el tiempo que trabajemos para una empresa genera menos indemnizaciones: 33 días en lugar de los 45 días.
- Indemnización máxima: 24 mensualidades, salvo que a 12 de febrero tenga más días acumulados.
¿Un ejemplo por favor?
Una persona que haya estado trabajando en una empresa desde el 12 de febrero de 2002 y le despidan el 12 de Agosto de 2012 tendrá la siguiente indemnización:
- 450 días: 45 días por los 10 años trabajadores desde el 12 de febrero de 2002 hasta el 2012.
- 16,5 días: 33 días por los 6 meses trabajados desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 12 de agosto de 2012.
¿Qué ha perdido realmente?
En el ejemplo anterior, el trabajador ha perdido cierto derecho, pero relativamente poco: Cobrará 466,5 días de indemnización en lugar de 472,5 días. Es decir, ha perdido 6 días de indemnización.
¿Qué pasa con el límite de los 720 días máximos de despido?
A partir de ahora sólo se puede acumular un máximo de 720 días de indemnización. Eso sí, si una persona que tenga ya acumulado más de esos días a fecha de 12 de febrero de 2012, no pierde ese derecho, tal y como estaba antes de la reforma.
Con esto se pueden dar 3 casos y todos referenciados a día 12 de febrero de 2012.
- Si una persona a esa fecha tenga acumulado 1260 días de indemnización (el máximo establecido en la anterior ley). Si es despedido cobrará esos 1260 días. No perderá nada con la reforma laboral.
- Si una persona a esa fecha tenga acumulado entre 720 días y 1260 días de indemnización. Si es despedido, cobrará los días que tenga acumulado a esa fecha, sin tener derecho a más indemnización por los días que se haya trabajado desde el 12 de febrero de 2012. Esto último (45 días por año trabajado y hasta acumular un máximo de 1260 días) sería la pérdida real de este grupo de personas.
- Si una persona a esa fecha tenga acumulado menos de 720 días de indemnización. Seguirá acumulado a razón de 33 días por año trabajado desde dicha fecha, y hasta llegar a acumular hasta 720 días. Su pérdida real sería doble: acumula 33 días en lugar de 45 días desde el 12 de febrero, y la indemnización máxima está limitada a 720 días en lugar de 1260 días.
Por último, todos estos parámetros lo han tenido en cuenta los del equipo de la web www.tucapital.es que han creado una calculadora para determinar las diferencias en cada caso.
>>> Pruébalo aquí.
Artículos relacionados:
Como se calcula un despido de alguien que lleva en el mismo empleo desde 1981 y tiene 100 dias de vacaciones pendientes. Tiene tope de monto para el calculo por su sueldo. Por ser vendedor tiene un sueldo de 180 uf… como se hace??
Utiliza la calculadora:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/finiquito-indeminizacion-despido/
Salu2.
Hola
Perdonad que me pierda en tecnicismos y que no me situe en mi caso concreto
Mi contrato septiembre 2011 y me finiquitan mañana dia 20. Mi contrato originalmente era «hasta fin de obra».
Tras todos los cambios que se han hecho quiero cerciorarme de si son 20 dias o me corresponde mas dinero o menos ya que no se si entro en un despido procedente, en un fin de contrato (a pesar de que la fecha haya sido cogida de manera arbitraria)… Estoy perdida y sin duda necesito un poco de luz a poder ser mañana ya que no se de que cifras hablaremos mañana mi jefe y yo.
Gracias
Si es una contrato por obra, te intentarán despedir por fin de obra: 8 días por año trabajado.
Si es un despido improcedente: hasta febrero 2012, 45 días por año, y después 33 días por año trabajado.
Salu2.
Buenos días
Consulta
Hoy me despidieron y mi consulta es la siguiente
Yo firme contrató el 10 de marzo a la fecha tengo 6 meses con 14 días
Me corresponde mes de aviso más mes por año y vacaciones proporcionales
O sólo mes de aviso y. Vacaciones
Espero me puedan ayudar
Saludos y gracias
Tienes derecho a las vacaciones proporcionales de los 6 meses y 14 días que llevas trabajando.
Salu2.
Pero cuidado, que te pueden hacer que te cojas las vacaciones en ese mes de preaviso.
Hola .llevo desde 20/12/2011 trabajando contrato fijo cobrando total 964€ asumando 135€parte de pagas que mi ponen el nomina y mi oltimo día de trabajo va ser 15/10/2014 . Mi pregunta que indemnización mi corresponde según la reforma de rajoy y cuanto mi corresponde de finiquito. Gracias.
Utiliza la calculadora:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/finiquito-indeminizacion-despido/
Salu2.
Hola buenas tardes queria saber cual seria mi indemnizacion por despido,e trabajado en una autoescuela durante 2 años asegurado a 2 horas y otros dos años asegurado a 8 horas.Mi nomina a 2 horas eran de 256 euros incluidas pagas ya que yo cobraba por clase y cuando e estado a 8 horas mi nomina era de 1008 euros,me falta una semana de vacaciones que no e disfrutado
Me podriais decir mas o menos cuanto me tendrian que indernizar muchas gracias
Utiliza la calculadora:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/finiquito-indeminizacion-despido/
Salu2.
Hola, como se finiquitan las vacaciones por extinción de la relacion laboral en un contrato que de enero a agosto era de media jornada y en el ultimo mes y medio se amplio de forma indefinida a 35 horas? Se me pagan a 35 o proporcionalmente? Entiendo que si me las hubieran dado me habria correspondido mi salario de 35h esos días pero me dicen que es la parte proporcional y que además en esas vacaciones finiquitadas no me incluyen ja parte proporcional de las pagas extraordinarias de esos días.
Lo que te indican es cierto.
Ten en cuenta que si te cogieras vacaciones, no tendrías derecho a disfrutar todos esos días a 35h semanales, sino te correspondería menos vacaciones.
Lo de la segunda parte tengo más dudas.
Salu2.
Hola llevo 10 años trabajando en una peluquería, ahora va a cerrar por jubilación, ¿cual seria mi finiquito total?
Cerraría en diciembre y ya habría disfrutado todas las vacaciones y cobrado la paga extra de diciembre.
Si tus jefes están como personas físicas (no es una empresa), al jubilarse sólo te tienen que pagar una mensualidad.
Si fuera una empresa, la cosa cambia y te tendría que indemnizar con 20 días por año de trabajo con un máximo de 12 mensualidades
Salu2.
Lógicamente, además de la indemnización, te tiene que pagar los días de vacaciones, la extra, además de todos los días trabajados y aún sin cobrar.
Salu2.
trabajo en una empresa desde abril de 1995 hasta ahora,si la empresa declarara perdidas y me despidieran que me corresponderia?
20 días por año trabajado, ya que el despido sería «objetivo»
Utiliza la calculadora:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/finiquito-indeminizacion-despido/
Salu2
A mi todo esto me parece una vergüenza, un ninguneo al trabajador. A mi me van a despedir ahora a final de Junio por causas objetivas, tras voluntariamente bajarnos el sueldo durante un año con promesas de continuar ahora me dicen que me despiden. De una indemnización de más de 55.000 euros se me queda en poco mas de 16.000, vergüenza eso es lo único que puedo decir.
¿Cómo es eso?
hola buenas tardes llevo trabajando desde 1998 en la misma empresa y ahora en octubre de 2015 cierran porque no pueden aguantar mas ,cuantos días se liquidarían.
20 días por año trabajado.
Utiliza la calculadora de finiquiti:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/finiquito-indeminizacion-despido/
Salu2.