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13 de febrero de 2012

Reforma laboral 2012: menos finiquito en caso de despido

El pasado viernes el Consejo de ministros aprobó la reforma de la ley laboral que entra en vigor hoy, día 13 de Febrero de 2012.

Esta nueva ley se caracteriza por una mayor facilidad para despedir a los trabajadores con una reducción importante de su indemnización.

Despidos procedentes:

Indemnización de 20 días por año trabajado para un máximo de de 12 mensualidades para todos los trabajadores.

Causa por despido procedente:

  • Cuando haya pérdidas actuales o previstas o por la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas durante 3 trimestres consecutivos.
  • Por faltas de asistencia del trabajador, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

Despidos Improcedentes:

La indemnización pasa a 33 días por año trabajado para un máximo de 24 mensualidades a partir de febrero de 2012, y de 45 días por año trabajado y hasta un máximo de 42 mensualidades acumulables hasta el 13 de febrero de 2012.

Condiciones laborales:

Los empresarios podrán modificar las condiciones de trabajo por cuestiones económicas, técnicas, organizativas o de organización competitividad o productividad.

Esto se traduce en cambios de horarios, turnos y «cuantía salarial, de no aceptar las nuevas condiciones pueden rescindir el contrato con indemnización de 20 días por año con un máximo de 9 meses.

Convenios colectivos:

Desaparición de la prórroga indefinida de los convenios colectivos, habrá 2 años de plazo para renegociar uno nuevo o el convenio desaparecerá, pasando a estar regidos por el convenio de sector o por la ley general (el estatuto de los trabajadores)

Se da la posibilidad de que los empresarios se «descuelguen» del convenio colectivo de ámbito superior por causas económicas si no hay acuerdo se decidirá por arbitraje.

Los convenios de empresa prevalecerán sobre los convenios sectoriales.

Expedientes de Regulación Empleo(ERE):

Se podrán realizar EREs en organismos y entidades dependientes de la administración por cuestiones económicas, organizativas, técnicas o de producción. Parece que solo se aplica el personal laboral.

Las empresas que quieran acogerse a un ERE ya no necesitan el visto bueno de la autoridad laboral, en última instancia y si no hay cuerdo con los sindicatos resolverá un juez.

Se amplían los casos en los que la empresas pueden acogerse al ERE , tanto si tienen pérdidas actuales o previstas o una disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos.

Las sentencias sobre Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) no podrán ser recurridas ante el Tribunal Supremo (TS) cuando afecten a menos de 50 trabajadores.

Nuevas contrataciones:

Los jóvenes menores de 30 años que sean contratados por una PYME tendrán un periodo de prueba de 1 año, además si es su primer trabajador tendrá una deducción de 3.000€ en las cuotas de la Seguridad Social, se podrán sumar otros 3.600 euros si el menor de 30 años está en el paro.

Las empresas (de cualquier tamaño) que contraten jóvenes de menos de 30 años, también tienen bonificación en las cuotas de la Seguridad Social que abonen por ellos. 1.000 euros en el primer año de contrato, de 1.100 euros en el segundo y de 1.200 euros en su tercer año de contrato.

Las empresas que contraten a trabajadores de más de 45 años que sean desempleados de larga duración tendrán bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social de 1.300 euros al año los tres primeros años de su contratación.

Más incentivos para la contratación de mujeres en sectores «tradicionalmente» masculinos el primer año, si se trata de mujeres de menos de 30 años se les añaden otros 100 euros más (1.100€) y si se trata de mujeres de más de 45 años, en paro de larga duración, la bonificación será de 200€ más(1.500€).

En los casos del trabajador contratado este parado, este deberá haber percibido la prestación durante, al menos, tres meses.

Conflicto colectivo:

Nuevo procedimiento judicial sobre las demandas presentadas contra despidos colectivos, que deberá estar resuelto en menos de dos meses, de acuerdo con los plazos indicados en esta norma.

Se ha eliminado el acceso al conflicto colectivo cuando la empresa niega a los representantes de los trabajadores información de «carácter reservado» o cuando no les comunica «determinadas informaciones».

Se ha excluido el uso del conflicto colectivo por «los litigios relativos al cumplimiento por los representantes de los trabajadores y los expertos que les asistan de su obligación de sigilo

Otras medidas:

  • Entrada de las ETTs en los servicios públicos de empleo.
  • Se suprimen los incentivos existentes desde 2006 para los contratos por reincorporación de las mujeres tras el permiso por maternidad.
  • Los parados que cobren prestación estaran obligados a realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad.
  • Vuelve el máximo de 24 meses para encadenar trabajos temporales.
  • Se amplía hasta los 30 años el contrato de formación y aprendizaje, hasta que el paro baje del 15%.
  • Las empresas en beneficios que quieran reducir plantilla entre los trabajadores mayores de 50 años con cargo a sus recursos propios no tendrán que cumplir con el requisito de que el despido afecte a un mínimo de 100 trabajadores en un período de tres años.
  • Se concede el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley para elaborar un real decreto sobre el reglamento de procedimiento de despidos colectivos y de suspensión de contratos y reducción de jornada que desarrolle el articulado de esta norma en esas materias.

Este resumen se ha basado en un post que ha dejado un usuario en el club de ahorradores.

¿La reforma laboral favorece la contratación o generará más paro?

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480 comments to Reforma laboral 2012: menos finiquito en caso de despido

  • Pablo

    Que seas viable, que te formes en recursos humanos, marketing, finanzas y que tu ignorancia te lleve a la quiebra solo a ti y no arrastres a otros trabajadores que ya tienen sus problemas. No eres viable, pues cierra.

  • Marta

    Tendras que dar las gracias de que tienes trabajo y quejarte menos hija xk hay gente ke no tiene ni pa comer y que os quejeis los que tienen trabajos es de no tener verguenza que conozco un monton de gente que no tienen ni pa gasoel ni pa comer ni nada que tienen hasta las casas sin amueblar dar gracias de que teneis un empleo porque vaya herencia ha dejado el señorito zapatero a este pais mientras se gastaban millonadas para ir a la opera o comprarse cosas hay que ver en que se esta convirtiendo este mundo

    • Pablo

      ¿Tus hijos tienen trabajo Marta? que se busque un trabajo sin tu ayuda y cuando venga con sus quejas(que vendrá) le explicas que a este mundo los trajiste para trabajar con esas condiciones «que esto es lo que hay» no les ayudes, ni los consueles, así es la vida no pueden quejarse.

  • Marta

    para David Lata cada vez que leo mas en este foro me rio mas tu dices que somos un pais de necios por votar al partido popular que hacemos seguimos votando al partido socialista que nos ha estado mintiendo estos ultimos años diciendo que no habia crisis y sacando temas de hace mil años sin argumentos ni nada para tapar la crisis que teniamos eso si que es de necios votar a un partido que nos ha mentido tapado la realidad y nos ha dejado una herencia que tela mientras el pp nada mas que gano las elecciones dijo claramente que no iba a ser facil volver al cauce que estaban las cosas muy mal esto no es un cuento de hadas que en dos dias todo termina bien no señores esto es la realidad y de una crisis que viene desde hace años no se va a ir en un mes sin hacer recortes ni nada asi que no llames al pais necio cuando tienes que mirar y pensar lo que dices antes de juzgar

  • Juankar

    Yo haría lo siguiente:
    – Contratar a 5000 personas por toda españa, con un sueldo fijo medio-bajo para buscar fraudes en las empresas. A este sueldo le sumaría el 5% del dinero defraudado que encuentren.

    – Por otro lado prohibiría por ley las horas extras, salvo en casos muy excepcionales, y lo perseguiría de verdad no como hoy en día.

    Simplemente con estas dos medidas se generarían puestos de trabajo y riqueza para el país.

  • Juankar

    Añado a mi comentario anterior, que tampoco debemos quejarnos, porque tenemos lo que nos merecemos. la alianza PPSOE es la que nos ha llevado a la ruina a todos.Lo que no me entra en la cabeza, es que hay gente que les vota pase lo que pase. No os dais cuenta que tienen repartido el pastel de tal manera que cada cuatro años solo se juegan el ganar mucho o un poco menos. Al final los mismos de siempre, en los sitios de siempre y llenandose los bolsillos. Hay vida más alla del PPSOE. El PSOE lo ha hecho fatal, pensando que esto era pasajero, y el PP es el que realmente nos metio en este problema sacandose de la manga las ETTs y con la ley del Suelo, ahora nos engaña diciendo que lo va ha solucionar.

  • juanjo

    «Los parados que cobren prestación estaran obligados a realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad»

    yo creo que esto le a dolido a muchos….

  • noelia

    mi duda es si todo esto es con caracter retroactivo?

    • Marta

      Aver te contesto Pablo no tengo hijos tengo 20 años y estoy trabajando y me buscado el trabajo sin ayuda de nadie y doi gracias a dios de que tengo trabajo porque ahora mismo como decia antes no esta la cosa como para quejarme porque hago horas extras y cosas asi

    • Se aplica desde el día que entró en vigor sobre todos los contratos.

      La indemnización es de 45 días hasta el día 12 de febrero, y a partir de dicha fecha a 33 días para los despidos improcedentes.

      Salu2.

  • Anges

    Y dale la burra al tgigo

  • Marta

    A y otra cosilla tengo 20 años tambien me quejo estamos en un pais libre esta claro puedes quejarte pero mirando lo que tengo y comparando con una situacion peor ¿tu crees que deberias quejarte¿[en caso de que tengas trabajo]

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