Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
13 de febrero de 2012

Reforma laboral 2012: menos finiquito en caso de despido

El pasado viernes el Consejo de ministros aprobó la reforma de la ley laboral que entra en vigor hoy, día 13 de Febrero de 2012.

Esta nueva ley se caracteriza por una mayor facilidad para despedir a los trabajadores con una reducción importante de su indemnización.

Despidos procedentes:

Indemnización de 20 días por año trabajado para un máximo de de 12 mensualidades para todos los trabajadores.

Causa por despido procedente:

  • Cuando haya pérdidas actuales o previstas o por la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas durante 3 trimestres consecutivos.
  • Por faltas de asistencia del trabajador, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

Despidos Improcedentes:

La indemnización pasa a 33 días por año trabajado para un máximo de 24 mensualidades a partir de febrero de 2012, y de 45 días por año trabajado y hasta un máximo de 42 mensualidades acumulables hasta el 13 de febrero de 2012.

Condiciones laborales:

Los empresarios podrán modificar las condiciones de trabajo por cuestiones económicas, técnicas, organizativas o de organización competitividad o productividad.

Esto se traduce en cambios de horarios, turnos y «cuantía salarial, de no aceptar las nuevas condiciones pueden rescindir el contrato con indemnización de 20 días por año con un máximo de 9 meses.

Convenios colectivos:

Desaparición de la prórroga indefinida de los convenios colectivos, habrá 2 años de plazo para renegociar uno nuevo o el convenio desaparecerá, pasando a estar regidos por el convenio de sector o por la ley general (el estatuto de los trabajadores)

Se da la posibilidad de que los empresarios se «descuelguen» del convenio colectivo de ámbito superior por causas económicas si no hay acuerdo se decidirá por arbitraje.

Los convenios de empresa prevalecerán sobre los convenios sectoriales.

Expedientes de Regulación Empleo(ERE):

Se podrán realizar EREs en organismos y entidades dependientes de la administración por cuestiones económicas, organizativas, técnicas o de producción. Parece que solo se aplica el personal laboral.

Las empresas que quieran acogerse a un ERE ya no necesitan el visto bueno de la autoridad laboral, en última instancia y si no hay cuerdo con los sindicatos resolverá un juez.

Se amplían los casos en los que la empresas pueden acogerse al ERE , tanto si tienen pérdidas actuales o previstas o una disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos.

Las sentencias sobre Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) no podrán ser recurridas ante el Tribunal Supremo (TS) cuando afecten a menos de 50 trabajadores.

Nuevas contrataciones:

Los jóvenes menores de 30 años que sean contratados por una PYME tendrán un periodo de prueba de 1 año, además si es su primer trabajador tendrá una deducción de 3.000€ en las cuotas de la Seguridad Social, se podrán sumar otros 3.600 euros si el menor de 30 años está en el paro.

Las empresas (de cualquier tamaño) que contraten jóvenes de menos de 30 años, también tienen bonificación en las cuotas de la Seguridad Social que abonen por ellos. 1.000 euros en el primer año de contrato, de 1.100 euros en el segundo y de 1.200 euros en su tercer año de contrato.

Las empresas que contraten a trabajadores de más de 45 años que sean desempleados de larga duración tendrán bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social de 1.300 euros al año los tres primeros años de su contratación.

Más incentivos para la contratación de mujeres en sectores «tradicionalmente» masculinos el primer año, si se trata de mujeres de menos de 30 años se les añaden otros 100 euros más (1.100€) y si se trata de mujeres de más de 45 años, en paro de larga duración, la bonificación será de 200€ más(1.500€).

En los casos del trabajador contratado este parado, este deberá haber percibido la prestación durante, al menos, tres meses.

Conflicto colectivo:

Nuevo procedimiento judicial sobre las demandas presentadas contra despidos colectivos, que deberá estar resuelto en menos de dos meses, de acuerdo con los plazos indicados en esta norma.

Se ha eliminado el acceso al conflicto colectivo cuando la empresa niega a los representantes de los trabajadores información de «carácter reservado» o cuando no les comunica «determinadas informaciones».

Se ha excluido el uso del conflicto colectivo por «los litigios relativos al cumplimiento por los representantes de los trabajadores y los expertos que les asistan de su obligación de sigilo

Otras medidas:

  • Entrada de las ETTs en los servicios públicos de empleo.
  • Se suprimen los incentivos existentes desde 2006 para los contratos por reincorporación de las mujeres tras el permiso por maternidad.
  • Los parados que cobren prestación estaran obligados a realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad.
  • Vuelve el máximo de 24 meses para encadenar trabajos temporales.
  • Se amplía hasta los 30 años el contrato de formación y aprendizaje, hasta que el paro baje del 15%.
  • Las empresas en beneficios que quieran reducir plantilla entre los trabajadores mayores de 50 años con cargo a sus recursos propios no tendrán que cumplir con el requisito de que el despido afecte a un mínimo de 100 trabajadores en un período de tres años.
  • Se concede el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley para elaborar un real decreto sobre el reglamento de procedimiento de despidos colectivos y de suspensión de contratos y reducción de jornada que desarrolle el articulado de esta norma en esas materias.

Este resumen se ha basado en un post que ha dejado un usuario en el club de ahorradores.

¿La reforma laboral favorece la contratación o generará más paro?

View Results

Cargando ... Cargando ...

Artículos relacionados:

480 comments to Reforma laboral 2012: menos finiquito en caso de despido

  • Angel

    Hola a todos, me gustaría que me orientaseis si te despiden a partir de entrar la nueva ley, con un contrato anterior a la entrada en vigor del 13 de febrero te corresponde los 45 diás por despido inprocedente?

  • PEDRERITOGUAPITO

    Una verguenza

  • MARIA

    ESTO SE TENIA QUE HABER HECHO HACE MUCHO TIEMPO. AHORA ES UN POQUITO TARDE. PERO BUENO….

  • Susana

    Trabajo en la rama de «formación para el Empleo» y me gustaría saber, si le quitan la exclusividad a los Sindicatos y patronal de una parte de la Formación como podemos los Centros Colaboradores homologados acceder a esa bolsa de formación? ¿quién nos puede informar de los pasos a seguir?

  • Carmen

    Si abaratan el despido está claro, lo único que favoroce es el despido.
    Antes si un trabajador tenía antiguedad en la empresa, el empresario se lo pensaba pero ahora que los despidos salen por dos duros,ni lo piensan.
    Lo que tenían que hacer es dar ayudas a las empresas por contratar gente y penalizar despidos, ponerlo mas dificil, lo contrario de lo que han echo.
    otro cosa,que quede claro que no tengo nada en contra de los extranjeros, pero no lo comprendo.. ¿por qué hay tantas asociaciones para buscar trabajo y ayudas a los extranjeros y para los españoles nada? parece que en España tienen más ventajas los extranjeros que los propios españoles, les dan casa, comida, ayudas para todo, les buscan trabajo, hacen cursos gratuitos y encima les pagan y nosotros nos ahogamos con las hipotecas y nadie nos informa de ayudas ni nos buscan trabajo

  • ritola

    Hola, he estado cinco meses de baja por una operación y mi empresa se ha retrasado en los pagos de la nómina.Ahora me he incorporado y ya tienen un retraso en el pago de cinco días.Además creo que están esperando a la nueva ley para echarme.Llevo siete años en la empresa solo e faltado eses cinco meses he trabajado casi diez horas al día cuando solo me pagaban 7,5 horas además realizando tareas de oficial cuando en mi contrato estaba como auxiliar administ. y ahora con la ley nueva me van a hechar con veinte días ,me han explotado y ahora que hay una pequeña bajada de beneficios se aprovecharán de esta reforma.Mi pregunta es,puedo de reclamar o denunciar a la empresa por horas realizadas a mayores, categoría o despido improcedente?

  • Carmen

    Yo creo que una solución facil para acabar con la crisis es quitar los sueldos vitacilios que tienen los politicos y puestos que se sacan de las mangas para sus amigos que no dan palo al agua y se lleban unos sueldazos, y que nos dejen a los curritos de siempre con nuestros sueldos que ya bastate bajos son como para que nos fastien más.
    Q listos son los politicos, los que tenemos sueldos mileuristas dicen q cobramos mucho y ellos no paran de subirse los sueldos ¿que hacen ellos con un sueldo de 800 euros? seguramente que no tienen ni para un dia y encima nos fastian más.
    ¿es posible que por 8 años gobernardo nos dejen todo patas arriba y encima les estemos pagandole de por vida?

  • Paleogarcia

    Pero bueno a quien pretende engañar el Gobierno actual con estas medidas de reformas laborales.¿Crear empleo? jajaja Si empiezan a hechar a los antiguos no es empleo precisamente lo que fomentan , más bien es desempleo .¡Venga a la put…calle los mayores de 50, años a rascárla por los contenedores, abaratar las jubilaciones.Ahora tendrán los hijos que dar de comer a sus papas, » potitos Rajoy». Estos canallas del Gobierno ¿ Cómo están sus familiares? ¿ Tendrán despidos ? Son unos cabrone…Ellos cobrando millonadas. Que recorten a los militares, Obispos, pensiones vitalicias de presidentes. Menos residencias gratuitas a los militares, que les estamos pagando hasta el internet por conectarse a ver páginas porno, la luz, el agua.Soy un trabajador que a base de esfuerzos he adquirido unos derechos. En la nómina me hacen un montón de retenciones para asegurarme la sanidad, paro, jubilación etc Ahora la tribu Rajoriana me quita lo mío.¡¡CHORIZOOOOOS!!Una bomba en el Culo a todos estos mangantes gobernantes .

  • maria

    con esta nueva ley…. mas gente al paro…… vivan los nuevos contratos basura…….. y viva el haber retrocedido 40 años en un solo dia……..

  • antimonarca

    Y que de la monarquía?, ellos ganando buena pasta sin hacer nada… bueno algunos si hacen algo (Iñaki) pero bien malo y que muy problamente saldra ileso de todo ésto con un trato «superespecial». Esto también seria un buen ahorro, quiten éstos monarcas que no hace ni «mier…», solo inauguran cosas y entregan premios.

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>