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19 de diciembre de 2011

El Gobierno prorrogará el IVA «superreducido» (4%) al 2012 para la compra de vivienda habitual nueva

En el debate de Investidura de Mariano Rajoy ha comprometido que prorrogará el IVA superreducido del 4% para la compra de la vivienda nueva, con la condición adicional de que dicha vivienda adquirida sea para el uso habitual.

¿En qué consiste?

Las personas que adquieran una VIVIENDA NUEVA y que sea para su VIVIENDA HABITUAL pagarán un 4% de IVA en lugar del 8%. Esto supondrá un ahorro de entre 5.000 y 10.000 euros para unas viviendas 125.000 y 250.000 euros.

¿A qué se refiere con VIVIENDA NUEVA?

Es importante este punto, ya que no todas las vivienda sin estrenar son a ojos de la Agencia Tributaria vivienda de nuevas.

Para Hacienda una vivienda nueva es la vivienda que no haya sufrido una transmisión. Es decir, el IVA se devenga exclusivamente en la primera transmisión, el cual está bonificado ahora al 4%. En las posteriores transmisiones se paga el ITP, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que ronda entorno al 7%.

¿Entonces, las viviendas de los bancos son VIVIENDAS NUEVAS?

Depende. Si la vivienda fue acabada por el promotor y éste finalmente lo traspasó al banco en forma de dación en pago o adjudicación en subasta, en ese momento se devenga el IVA al tipo vigente y dejará de ser una vivienda nueva a ojos de Hacienda y en las posteriores transmisiones ya se devengará el ITP.

En cambio, si la entidad financiera heredó una promoción en proceso de obra la cosa cambia. Cuando un promotor paga su deuda a una entidad financiera con un residencial no finalizado se produce una cesión jurídica de los derechos de la propiedad. No hay transmisión de viviendas y no hay certificado de fin de obra. Por lo tanto, el banco, ya propietario, será el encargado de finalizar la construcción y podrá vender las casas como nuevas, y por lo tanto pagará el IVA vigente, que será al 4% hasta finales del 2011.

Por lo tanto, hay que tener mucho cuidado a la hora de comprar estas viviendas. Para evitar posibles problemas, hemos de hacer una consulta vinculante en la Agencia Tributaria por escrito para asegurarnos de que realmente la vivienda no ha sufrido una primera transmisión.

¿Hasta cuándo estará en vigor?

Estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2012.

¿Para qué sirve?

Tiene como finalidad dar salida al «stock» de vivienda sin vender, y de esta forma, reactivar el sector de la construcción.

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