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28 de septiembre de 2011

Pensión de viudedad: derecho y cuantía

¿Quién tiene derecho a la pensión de viudaded?

La pensión de viudedad se concede con carácter vitalicio a quienes hayan tenido vínculo matrimonial o fuera pareja de hecho de un trabajador o pensionista fallecido.

¿Cuál es la cuantía de la pensión de viudedad?

La cuantía de la pensión de viudedad se fija en el 52% de la base reguladora del salario del trabajador o de la pensión de jubilación.

Aunque excepcionalmente y siempre que se cumplan una serie de requisitos, puede alcanzar el 70%.

¿Qué condiciones hay que cumplir para cobrar el 70%?

1.- El pensionista debe de tener cargas familiares, es decir, que conviva con hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o que los rendimientos de la unidad familiar, incluido el pensionista, no superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias: 530,7€ mensuales (actualizado año 2017).

2.- La pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos: la pensión constituye al menos el 50% del total de los ingresos del pensionista.

3.- Igualmente, los rendimientos anuales no superarán la cuantía resultante de sumar al límite que en cada ejercicio económico esté previsto para el reconocimiento de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, el importe anual que corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares. A partir de 1-1-2009, el límite de ingresos es de 16.046,72 euros anuales (6.923,90 + 9.122,82).

¿Cuándo se abonan las pensiones?

La pensión se abona a los beneficiarios mensualmente, con 2 pagas extraordinarias al año, que se hacen efectivas con las mensualidades de junio y noviembre.

Salvo en los casos de accidente de trabajo y enfermedad profesional, en que están prorrateadas dentro de las doce mensualidades ordinarias.

¿Cuál es la Pensión mínima?

Se garantizan cuantías mínimas mensuales, según la edad y las cargas familiares del beneficiario.

Pensión por VIUDEDAD 2017

Cuantías Mensuales Cuantías Anuales
Con cargas familiares 737,54 10.325,55
Con 65 años o con discapacidad = >65% 637,69 8.927,66
Entre 60 y 64 años 596,49 8.350,83
Menor de 60 años 482,80 6.759,26

Esta cuantía se revaloriza anualmente.

¿Se cobra siempre la misma pensión?

No, La pensión, incluido el importe de la pensión mínima, se revaloriza al comienzo de cada año, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumo previsto para dicho año.

¿Cómo tributan las pensiones de viudaded?

La pensión está sujeta a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y sometida, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto, con la siguiente excepción: estará exenta si deriva de actos de terrorismo.

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1.178 comments to Pensión de viudedad: derecho y cuantía

  • sheila

    Buenas, mi padre fallecio hace 3 meses y mi madre estuvo casada con el 14 años, se separaron en el 95 y se divorciaron tambien a los pocos años,mi padre estubo viviendo con su actual pareja aproximadamente 14 años tambien pero sin estar casados ni ser pareja de echo ya que la pareja de mi padre cobra una pension de viudedad de un ex marido anterior y si no la habria perdido al casarse con mi padre, somos dos hijos yo de 27 y mi hermano de 22 que vive con ella,estan los dos sin trabajo, ahora mi hermano a empezado a cobrar la pension de orfandad por mi padre, y a mi madre le comentaron que preguntara porque lo mas probable era que le correspondiera una pension por mi padre, se informó y le dijeron en la seguridad social que no le correspondia nada.. Me gustaria que me informarais de si hay una posibidad de que en realidad si le corresponda ya que les vendria genial esa ayuda porque lo estan pasando muy mal economicamente y no entiendo que le dijeran que no le corresponde nada habiendo estado casado 14 años con el y con 2 hijos en comun.Muchas gracias por adelantado

    • El problema es que no estuvo casado con su padre.

      Vete a la Seguridad Social y pide información, pero me temo que no.

      Salu2.

    • sheila

      No me has entendido bien.. mi madre si estubo casada con el durante 14 años, y como ya te dije mi madre ya fue a la seguridad social y le dijeron que no le correspondia nada. Yo lo que te preguntaba era si pensabas que realmente no le corresponde nada, ya que no entiendo que no le corresponda nada despues de haber estado casada con mi padre 14 años y con 2 hijos en comun cuando hay gente que nos dice que si le tocaria recibir algo aunque fuera minimo, solo quiero saber si nos estan tomando el pelo y nos conviene insistir en la seguridad social.

    • Si estuvo casado, tendría derecho a una pensión de viudedad si el fallecido cotizó lo suficiente para generar este derecho.

      Si le ha dicho que no tiene derecho, posiblemente sea por esa causa.

    • Javier

      Sheila, no soy voz autorizada en este asunto, ya que sólo soy un estudiante de la carrera de Relaciones Laborales, pero si que te puedo asegurar que el derecho al percibo de la pensión no prescribe…Si no tiene derecho a la pensión será por otros motivos. En cualquier caso, si tienes dudas, puedes consultar a un profesional del derecho que te informe adecuadamente. Un Asesor laboral honesto no creo que te cobre por preguntar, pero asegúrate de informarle bien sobre todas las circunstancias de tu madre.

    • Javier

      Intentando buscar respuestas a tu caso, encontré una información que se ajusta a lo que te dijeron en el INSS: Distintas modificaciones legislativas han dejado sin efecto el requisito de la pensión compensatoria establecida por la Ley 40/2007 para separados o divorciados antes del 1 de Enero de 2008 siempre que concurran nuevos requisitos, que son:
      a) que entre el fallecimiento de su ex y la separación o divorcio no hayan transcurrido mas de diez años,
      b)que el matrimonio haya tenido una duración mínima de 10 años, y
      c) que concurra además alguno de estos dos requisitos, haber tenido hijos en común o tener el futuro beneficiario de la pensión de viudedad mas de 50 años.

      Creo que esta información se ajusta más a la realidad actual.

  • sheila

    Perdoname por ser tan insistente, he hablado con mi madre y me a dicho que lo que le dijeron en la seguridad social era que no le correspondia nada porque hace mas de 10 años que estaban separados y que si hubiera pasado menos tiempo si le habria correspondido porque cotizar cotizó toda su vida mi padre, no era esa la razon, eso es cierto? pasados 10 años de separarte no te corresponde nada? siento las molestias y gracias por contestar tan rapido de verdad.

  • Mariano

    Buenos días,
    tengo 58 años y quede viudo el 15-07-12.
    Mi esposa no trabajo nuca.
    ¿ tengo derecho a cobrar la viudez?

  • Sebastian

    Buenas:

    Mi madre tenía una pensión de jubilación de 587 e. y mi padre otra igual; al fallecer mi padre, le dan la pensión de viudedad, 302 euros, pero resulta que le quitan dinero de la suya de jubilación y se la dejan en 350, total que pasa a cobrar entre las 2 poco más que lo que estaba cobrando, es decir, 650 e. (¿es correcto?).

  • Javier

    Sheila, no soy voz autorizada en este asunto, ya que sólo soy un estudiante de la carrera de Relaciones Laborales, pero si que te puedo asegurar que el derecho al percibo de la pensión no prescribe…Si no tiene derecho a la pensión será por otros motivos. En cualquier caso, si tienes dudas, puedes consultar a un profesional del derecho que te informe adecuadamente. Un Asesor laboral honesto no creo que te cobre por preguntar, pero asegúrate de informarle bien sobre todas las circunstancias de tu madre.

  • sheila

    Gracias por intentar ayudar Javier, te lo agraceco ya que me quede muy preocupada con la poca informacion y ayuda que me dieron aqui anteriormente como has visto..Yo tambien me estube informando y encontre lo de la nueva ley y que pasados 10 años de la separacion ya no le correspondia nada, pero me parece fatal porque mi madre cumple los otros 2 requisitos, tienen 2 hijos en comun, 1 viviendo con ella, y tiene 55 años y no tienen ingresos aparte de mini ayudas para tirar adelante porque no les sale trabajo a ninguno de los dos.. pero bueno asi va españa cada vez empeorando mas toda la situacion de los españoles de clase media-baja.. No se como va a terminar ni cuando toda esta crisis» que solo hacen por empeorar y desfavorecer a los que menos tienen. Muchas gracias por todo Javier te agradezco de nuevo el interes y las molestias.

  • Tania

    BUENAS TARDES, ME GUSTARIA SABER SI AL EMPEZAR A COBRAR LA VIUDEDAD ME QUITARIAN LA PRORROGA QUE CONCEDE EL PARO CUANDO SE TE ACABA LA AYUDA DE ESTE.UN SALUDO

  • gloria

    Buenos días; mi pregunta es, a partir del mes que viene ya no cobraré mas el paro, tengo una pensión de viudedad de 1005 y una hija de 9 años que cobra 375 pero tengo otra hija a mi cargo de 21 años y ninguna trabajamos, yo solo cobro el 52% pero me dijeron que lo podía arreglar al 72% cuando ya no tuviese mas ingresos que la pensión eso es cierto?
    Muchas gracias.
    Un saludo

  • oscar

    hola saludos, por desgracia mi padre murio ayer, y mi madre a estado siempre casada con el 47 años,ahora se queda sola,bueno y a mi cargo por desgracia, osea ella y yo (27años, y sin trabajo desde hace 2),esto de la pension como va, podria llegar ella al 70% como pone en la descripcion?, gracias, y un saludo a todos/as

  • Petra

    Se puede cobrar la viudedad y la prestación de los 426 del Inem? .Si es así, la cuantia de viudedad bajaría ? Cuanto más o menos ? Tengo 41 años y una hija de 8.

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