En un anterior artículo se explicó las bases del IVA superreducido que se aplicará a la adquisición de viviendas durante el 2011 y su posibilidad de extenderse en 2012.
En este post intentaremos responder algunas preguntas frecuentes sobre qué ocurre cuando una persona está pagando las cuotas de una vivienda que se escriturará en 2012 y situaciones similares.
¿Qué condiciones se ha de cumplir la vivienda para poderse acoger al IVA superreducido del 4%?
Los requisitos para que se pueda aplicar el IVA del 4% en la compra de una vivienda son:
- La entrega de la vivienda terminada (que no se destine a la demolición) ha de ser por un empresario o profesional y que sea su primera entrega. Las posteriores entregas tributan por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
- Dentro de la vivienda se incluye hasta un máximo de 2 plazas de garaje.
- La entrega de la vivienda deberá producirse desde el 20 de agosto de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011.
¿Cómo tributan anticipados realizados durante el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011?
Los pagos anticipados realizados durante dicho período tributarán igualmente al tipo del 4%, con independencia de que la entrega del inmueble se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2011.
Esto también es aplicable a las viviendas de cooperativas.
¿Se escritura la vivienda entre el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011 pero la entrega de la vivienda se hace después de 31 de diciembre de 2011, cómo tributa?
Al producirse la entrega con posterioridad al 31 de diciembre de 2011 el tipo impositivo sería el 8%. En estos casos hay que tener en cuenta que la posesión se asimila a la puesta a disposición, es decir, la posesión sería el momento en el que se produce el devengo por entrega.
En el supuesto de que hubiera pagos anticipados durante el período señalado, 20 de agosto a 31 de diciembre de 2011, y la posesión fuese posterior, el pago anticipado tributaria al 4% y el importe que se pague o quede por pagar en el momento de la posesión, al 8%.
¿Las entregas de viviendas rehabilitadas pueden considerarse primera entrega?
Sí, las entregas de viviendas rehabilitadas se asimilan a la entrega de un edificio de nueva construcción siempre que se cumplan los requisitos previstos en el artículo 20.Uno.22º.B) de la Ley 37/1992.
El tipo impositivo aplicable a esta entrega de viviendas será el 4% si se produce en el periodo comprendido entre el 20 de agosto de 2011 al 31 de diciembre de 2011.
¿Es aplicable el tipo superreducido del 4% a viviendas en construcción que serán entregadas en el momento de su finalización?
Sí. La puesta a disposición de la vivienda será realizada por el promotor una vez finalizada su construcción, por lo que el objeto de la entrega es una vivienda terminada y no una vivienda en construcción.
Por lo tanto, será aplicable el tipo del 4% a la entrega si ésta se produce entre el 20 de agosto y 31 de diciembre de 2011 así como a los pagos anticipados satisfechos en dicho periodo a cuenta de la futura entrega de la vivienda terminada, aunque tales pagos se efectúen cuando la construcción aún no ha finalizado.
¿Qué pasa con los alquieres con opción a compra?
Se devengará al 4% si la entrega de vivienda en propiedad es entre el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011 y sobre el importe que se satisfaga en dicho momento.
¿Cuál es el tipo impositivo aplicable a los arrendamientos con opción de compra?
Al tratarse de una prestación de servicios permanece invariable en el 8% y 4% en el caso de viviendas de protección oficial de régimen especial o promoción pública.
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Como promotor he contratado un constructor para la realización de una casa unifamiliar en un pueblo como segunda vivienda, el constructor cobra el 8 ó el 4. Si nos afecta el 4 cuando lo registre en la escritura de la tierra.,…
Te cobrará el IVA normal, el 4% es sólo para la adquisición de vivienda nueva.
Salu2.
Hola:
Me estoy construyendo desde agosto una vivienda unifamiliar.Soy el propietario y a su vez promotor.Será vivienda habitual y me la entregarán antes del 31 de diciembre de 2011.
El constructor me aplicó el 4% de iva en lugar del 8% y hacienda le envió un burofax diciendo que está mal.
¿Qué he de hacer? ¿Tengo derecho al 4% ?
Ojalá me conteste alguien. Muchas gracias
No, es el 8%. El 4% es exclusivamente para las adquisiciones de viviendas.
Salu2.
Una vivienda en construcción no es vivienda nueva?
¿Y si la escritura de obra nueva se hace antes del 31 diciembre, Hacienda devolverá el 4% restante?
Ufff vaya lio
No, porque no se lo compras a nadie.
Salu2.
Me he comprado un piso y me lo daran en febrero del año que viene sabemos algo de la posible apliacion de la reduccion de iva hasta el primer trimestre del año?
Tienes derecho a aplicarte un 4% lo que pagues durante el 2011.
En 2012 dependerá de la promesa del PP de mantener ese 4% hasta el 2012.
Salu2.
Tengo entendido que si escrituras obra nueva después del 31 de 2011, te obligan a pagar la parte proporcional del iva de las cantidades entregadas antes de esa fecha. Pagar el 8% de la totalidad del precio del inmueble que se va a escriturar. ?Puedes decirme si es así?Las cantidades anteriores son entregas a cuenta, el impuesto hay que ingresarlo todo de una vez, no a plazos como las cantidades. Gracias
No, eso no es así.
El IVA se devenga en el momento que es exigible.
El pago de las letras se hace a una determinada fecha, y se devenga los impuestos correspondientes a dicho pago y a esa fecha.
Salu2.
Se sabe si el nuevo gobierno de Rajoy va a prorrogar el IVA súperreducido del 4%?
Sí, ya lo ha dicho, pero sólo para las viviendas que vaya a a ser una vivienda habitual.
Salu2.
Hola, gracias por la información facilitada, esto de la super reduccion del IVA tiene algunas lagunas.
Que pasa con las comunidades de bienes?
Firmas hoy las escrituras y la construccion dura más de un año, el iva es al 8% o al 4%???
Gracias.
¿Firmar las escrituras de una vivienda sin construir? Eso no puede ser, como mucho habrás hecho un contrato de compra-venta.
¿Has leído el artículo (arriba)?
Salu2.
El 30 de diciembre el nuevo gobierno ha confirmado la prorroga del iva superreducido, pero han puesto un limite en el precio de la vivienda para que sea del 4
y no del 8%?
Efectivamente, así es.
Lo que pasa es que aún se desconocen esas cantidades.
Salu2.
Hola yo escriture el 30 de junio e hice una subsanacion de la escriura en septiembre. Me puedo beneficiar del iva al 4%? donde y como hay que solicitarlo? Gracias.
Yo creo que no, pero haz una consulta en la Agencia Tributaria.
Salu2.
Hola soy propietario de una parcela, y hemos firmado un contrato con un constructor para una vivienda unifamiliar que será primera vivienda. En hacienda no nos saben contestar si el IVA que debemos pagar al constructor es el 4 o el 8, ya que solo saben decir que es para comprar.
Al ser propietarios de la parcela y a la vez promotores ¿no se considera que es el 4% de IVA??
Será el 8%, ya que el IVA superreducido se aplica a la compra de una vivienda nueva.
Salu2.