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24 de agosto de 2011

Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

Las mujeres trabajadoras dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, tendrán derecho a las deducciones de maternidad de hasta en 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la deducción?

Se pueden beneficiar de la deducción las mujeres con hijos menores de tres años cuando:

  • Tengan derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de tres años.
  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Estén dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
  • El padre o tutor cuando:
    • Haya fallecido la madre.
    • Ostente la guarda y custodia exclusiva.
    • Cumpla los requisitos del punto anterior.

¿Quiénes dan derecho a la deducción y desde cuándo?

Dan derecho a la deducción:

  • Los hijos naturales: desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que cumplan tres años.
  • Los hijos adoptados y los menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento:
    • Desde que se inscriba la adopción o acogimiento en el Registro Civil en los tres años posteriores.
    • Desde la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o acogimiento hasta los tres años posteriores.

¿Cuál es la cuantía de la deducción?

La cuantía de la deducción son 1.200 euros como máximo por cada hijo que cumplas los requisitos anteriores, y limitado al importe de las cotizaciones y cuotas totales devengadas a la Seguridad Social y Mutualidades.

¿Cuánto tiempo tengo que cotizar para tener derecho a esta deducción?

Dependiendo del tipo de trabajo se requiere:

  • 15 días/mes de alta: Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa en el Régimen General o Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los trabajadores del Mar.
  • Todo el mes de alta: Trabajadores con contrato a tiempo parcial cuya jornada laboral suponga al menos la mitad de la jornada ordinaria y que se encuentre en cualquiera de los regímenes del punto anterior.
  • 10 jornadas reales/mes de alta: Trabajadores del Régimen Especial Agrario.
  • 15 días/mes de alta: Trabajadores de los Regímenes Especiales distintos de los citados anteriormente y mutualistas de las mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si estoy en el paro?

Si una contribuyente con hijos menores de 3 años se ha quedado sin trabajo durante una parte del año fiscal no podrá solicitar la deducción por maternidad correspondiente a esos meses, ya que durante los mismos no cotizó a la Seguridad Social.

En definitiva, el tiempo que se está en el paro, no se tiene derecho a la parte proporcional de las ayudas de maternidad.

¿Tengo que saber algo más?

Si, aunque sea una deducción en el IRPF que se obtiene cuando hacemos la declaración de la renta (casillas 756 y siguientes), se puede pedir un anticipo de dicha ayuda en forma de mensualidades de 100 euros.

Este anticipo se realizar mediante el modelo 140 que hay que presentarlo en la Agencia Tributaria.

Si se solicita este anticipo, la cuantía recibida hay que hacerlo constar en la declaración de la renta del siguiente ejercicio.

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579 comments to Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

  • pilar

    Hola,

    En el año 2010 tuve a mi hija y en el 2011 estuve de baja por maternidad hasta marzo, y luego he estado cobrando el paro. En los datos fiscales me indican como «Deducción por maternidad» de los meses de marzo a diciembre y sólo indican cantidades en el apartado «cotizaciones devengadas» y en el apartado «importe abonado anticepadamente» no sale ninguna cantidad.

    En el borrador no me aparece ninguna cantidad en el apartado de deducción por maternidad en las casillas 756 y 757.

    Es correcto?

    Gracias por todo

    • ¿Recibiste algo anticipadamente?

      Si es afirmativo, tienes que modificarlo.

      Por otro lado, si has tenido la hija en 2010, las deducciones lo tuviste que practicar en la declaración que se presentó en 2011.

      Las cotizaciones y los ingresos de maternidad se considera rentas de trabajo, que se suma a la prestación de desempleo que también se considera rentas de trabajo.

      Salu2.

  • pilar

    Hola,

    Recibí los 100 euros durante la maternidad, pero el año pasado, cobrando el paro, ya no, por eso me extraña que salga en el papel de mi ingresos de la renta como «cotizaciones devengadas»

    Igual no hace falta contabilizarlo.

    Gracias

  • Juli

    Hola,mi hija nacio en febrero de 2011,yo estaba cobrando e paro y pedi la baja por maternidad anticipada en noviembre de 2010 kisiera saber si tengo derecho a la deduccion por maternidad ya que en el borrador solo me pone marzo cotizacion devengada 70,94 ,acabe la baja por maternidad el 22 de marzo y empeze a cobrar el subsidio ,que debo poner en las casillas?gracias

  • Maria

    Tengo una compañera que tuvo a su hijo el año pasado, estuvo casi todo el año en paro menos los meses de julio, agosto y septiembre, en los que trabajó a tiempo parcial al 50%. Si le hago ahora la renta del 2011, tiene derecho a deducirse durante esos 3 meses los 100 € de deducion por maternidad? es decir, 300 €, no? gracias

  • Maria

    Y si sólo le han retenido durante esos tres meses 50,05 €?

    • Pues como máximo le devolverán eso.

    • Maria

      muchas gracias, ha estado cobrando el paro durante todo el año menos esos tres meses sin que le retengan nada, y esos tres meses le han retenido los 50 €, sin embargo, al modificar el borrador marco que ha trabajado esos tres meses y pongo las cotizaciones devengadas (265 € x mes) y me calcula que le sale a devolver 350 €, es decir los 300 más los 50..es seguro que solo le devuelven 50 o puede que si tenga derecho a esos 300? si no no me lo cogeria no?

    • Le devolverá todo lo que le haya retenido y hasta el máximo de lo deducible.

      Salu2.

  • Javi

    Buenos dias, mi hija nacio en Octubre del 2011, mi mujer el mismo día que nacio la niña, se le acabó el contarto, pero posteriormente estuvo los 4 meses de baja por maternidad por la Seguridad Social.Durante ese tiempo aunque sea por baja ha seguido cotizando a la Seguridad Social;mi pregunta es la siguiente, sin haber pedido ningun anticipo previo, ¿en la declaracíón de la renta se puede deducir los 100 euros mensuales desde que nacio la niña hasta diciembre? Gracias.

  • cris

    Estoy trabajando desde el 20 abril, y he solicitado la deduccion por maternidad puesto k tengo un hijo de 20 meses. Me han dicho k no lo cobro hasta la declaracion del año k viene y no se el porque. Alguien me lo puede aclarar. Gracias

  • Javi

    Muchas gracias, entonces correspondería deducirse 300 € por los 3 meses desde el nacimiento hasta el 31/12/2011,no?, esque en el borrador esta en blanco las cotizaciones que ha hecho en esos meses de maternidad.Gracias

  • Elena

    Me quedé en paro en Junio de 2010, con una hija menor de tres años, desde entonces me quitaron la ayuda de los 100 euros mensuales- En Diciembre de 2011 se me terminó el paro, pero he cobrado hasta el 9 de Mayo la baja de maternidad, ahora voy a solicitar el subsidio, pues tengo hijos de 5, 3 y 0 años. ¿tengo derecho a los 100 euros mensuales por mi hija nacida en Enero de 2012?, ¿En la declaración de la renta de 2011, puedo solicitar la deducción, por mi hija que entonces tenía 2 años, aunque estuviera yo en paro??

  • sergio

    mi mujer esta en la renta agraria y le ha pagado la ayuda de los 100 euros todos los meses del año y no ha trabajado durante algunos meses tiene que devolver

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