La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.
Edad de jubilación
- Se ampliará la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años.
- Se podrá jubilar a los 65 años, si has cotizado al menos 38,5 años con el 100% de la pensión, con una disposición transitorio.
Derecho a una pensión de jubilación
- Para tener derecho a la jubilación se ha de cotizar al menos durante 15 años, de los cuales, 2 sea en los últimos años antes de la jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación
- Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
- Por voluntad de los trabajadores a los 63 años.
- Por causa ajenas al trabajador a los 61 años.
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
- El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
- Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
- El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.
¿Más detalle por favor?
Sí, podéis leer los siguientes artículos que amplia la información sobre cada uno de estos puntos relatados:
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el 1 de abril de 2013 cumplo 65 años, tengo 13 años cotizados, y desde diciembre 2011 estoy cotizando como discontinua para llegar a los 15 años y tener los 2 años dentro de los ultimos 15. me jubilare 1 de abril pero tendre que seguir cotizando hasta diciembre 2013 para cumplir los 2 años, me afecta la ampliacion de los años cotizados o entro en los 15.
otra pregunta que tengo es si tengo derecho al SOVI cumplo los requisitos pero por el regimen del hogar que no se si entra en el SOVI.
Muchas Gracias
No te preocupes cuando tengas los 15 años cotizados podrás jubilarte.
Creo que es incompatible el SOVI con la pensión de jubilación.
Salu2.
el regimen del Hogar entra en el SOVI??
El SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores y sus derechohabientes que, reuniendo los requisitos exigidos por la legislación del extinguido régimen, no tengan derecho a pensión del actual Sistema de la Seguridad Social, con excepción de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios.
quiero jubilarme con 64 años en el2014 y tendre unos 38 años cotizados puedo jubilarme y cuanto me quitaran
Sí, y te quitarán un 6,5%.
Salu2.
mi mama tiene 52 años tiene 1050 semanas cotizadas durante lo 2 últimos año a cotizado de forma irregular a que edad se pencionaria con las nuevas reformas gracias
Tendrá pensión si tiene 15 años cotizados, de los cuales 2 en los últimos 15 años antes de jubilarse.
Salu2.
hola que tal te molesto mira mi viejo tiene 66 años pero no tiene aportes desde el año 2000 queria saber que podria hacer el tiene 20 años de aportes esperando tu resp desde ya muchas gracias
Si tienes 20 años cotizados, tiene que mirar si en los últimos 15 años tiene 2 años de cotizaciones, en tal caso, puede solicitar una pensión de jubilación ya.
Salu2.
cumplo 58 años en marzo el 22 renuncie en mi travajo por no aguantar mis rodillas las 8 hs de travajo soy diavetico ipertenso me consumio la vista la diavete artrosi declarada renuncie el 10 08 2005 podria tramitar una pension o juvilacion ingrese el 1 06 1976 por favor una repuesta
Mientra que no cumpla la edad necesario no te podrás prejubilar.
Por otro lado tienes que cumplir los requisitos para cobrar una pensión de jubilación.
Acude a la Seguridad Social para que te indique en tu caso si los cumples o no.
Salu2.
Tengo 60 años y he cotizado unos 13 años. nada en los ultimos +15 años ¿Existe la posibilidad de llegar a un acuerdo con la SS para reanudar la cotizacion, o darme de nuevo de alta, para poder cobrar algo de jubilacion? Gracias por sus comentarios.
Juan Ricardo
Sí, puedes acogerte a un convenio especial.
Acude a la Seguridad Social y pide información.
Salu2.
Tengo 66 años estoy esperando 2013 para jubilarme, tengo 41 años cotizados, pero los últimos 16 sólo ayuda mayor 52 años,
los anteriores cotizados la máxima, tengo un ere en el año 1995 (y no he estado de alta S.S. desde entonces),Pregunta espero al 2013 PARA JUBILARME?,Y en este caso que periodo como base del cálculo me corresponde los 15, 20 o 25 años últimos.gracias….
No te han obligado a jubilarte por estar recibiendo la ayuda de los 52 años?
El periodo de cómputo se considera los últimos 15 o 20 años según lo más ventajoso para ti
Salu2.
HOLA. MI TIA TIENE 62 AÑOS Y NUNCA APORTO. COMO Y CUANDO PUEDE JUBILARSE?
eins… si nunca has cotizado, te da igual cuándo te jubiles, no tendrás derecho a una pensión contributiva.
Como mucho, si cumples las condiciones podrás acceder a una PNC de jubilación:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pension-no-contributiva-de-jubilacion/
Salu2.
TENGO 63 AÑOS Y SOY FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACION LOCAL. TENGO MAS DE 35 AÑOS COTIZADOS. ¿ ME PODRE JUBILAR A LOS 64 AÑOS EN 2013 QUE CUMPLIRE 64?
GRACIAS.
Sí, con la nueva ley, todos los trabajadores se puede prejubilar a los 63 años, lógicamente con unos coeficientes reductores:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.