La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.
Edad de jubilación
- Se ampliará la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años.
- Se podrá jubilar a los 65 años, si has cotizado al menos 38,5 años con el 100% de la pensión, con una disposición transitorio.
Derecho a una pensión de jubilación
- Para tener derecho a la jubilación se ha de cotizar al menos durante 15 años, de los cuales, 2 sea en los últimos años antes de la jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación
- Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
- Por voluntad de los trabajadores a los 63 años.
- Por causa ajenas al trabajador a los 61 años.
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
- El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
- Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
- El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.
¿Más detalle por favor?
Sí, podéis leer los siguientes artículos que amplia la información sobre cada uno de estos puntos relatados:
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Buenos días,
Cumpliré 59 años en junio de 2014 y en enero de 2015 tendré 15 años cotizados. ¿Hasta cuando tengo que trabajar para poder tener derecho a la jubilación y Cuando me podré jubilar?
Si en 2015 tienes ya los 15 años cotizados, ya tendrías derecho a una pensión, siempre que en el momento de la jubilación tengas al menos 2 años de cotizaciones desde que tenías 52 años.
Tu edad de jubilación es a los 65 año y 10 meses:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/06/17/todas-las-disposiciones-transitorios-de-la-reforma-de-las-pensiones-de-jubilacion/
Salu2.
en octubre 2013 cumpli 65 años , soy retirado de Ejercito, tengo varios años aportado antes y despues del 93. despues del 93 tengo 3 años y meses. se que puedo acogerme a la jubilacion de ANSES, SE QUE DEBO PAGAR EN EFECTIVO EL TOTAL DE AÑOS QUE ME FALTA, SE QUE NO ME CORRESPONDE MORATORIA, EN ANSES EN UN PRIMER MOMENTO ME DIJERON QUE DEBO PAGAR 16.300, Y ME DIERON LA LIQUIDACION, PERO DESPUES REVISARON ME DIJERON QUE SEGUN EL ART 30 ME PERDONAN 5 AÑOS POR PAGAR AL CONTADO, QUISIERA SABER CUAL ES LA LEY QUE DICTA ESE BENEFICIO, Y EN EL CUAL ME ENCUENTRO ABENEFICIADO, PARA PAGAR CON SEGURIDAD Y TAMBIEN PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE ME PIDEN, NO QUISIERA PAGA DE MENO Y QUE DESPUES RESULTE SER QUE HERA NOMA EL PRIMER IMPORTE KE ME LIQUIDARON, GRACIAS
No estoy al tanto de eso. Así, que haría caso a lo que te indiquen los funcionarios.
Salu2.
Soy pensionada mi ex-esposo se jubilo como Policía de la Provincia de Santiago del Estero, yo no tengo registrados aportes de ninguna naturaleza, dado que toda mi vida fui ama de casa, mi pregunta es la siguiente: puedo ingresar al régimen de jubilación de ama de casa mas allá de que sea pensionada.
Desde ya agradeceré que me respondan lo solicitado.-
Atte.-
No me suena en España que haya esa pensión, ¿Eres de España?
Salu2.
Cumplo los 65 en 2015, tengo 33 años cotizados. ¿a qué edad me corresponde jubilarme?
65 años y 3 meses.
Salu2.
a que le llama cotizacion? a los años aportados eso es ?
Sí.
CON 30AÑOS COTIZADA Y62 DE EDAD PUEDO JUBILARME.Gracias
Sí, si perdiste el empleo antes de abril de 2013.
En caso contrario, no.
Saludos.
Hola:
Me voy a jubilar con 15 años cotizados y por lo que he visto me tocan unos 330 €.
Para poder solicitar la pensión no contrivutiva hasta los 600 € que requisitos se necesitan. Pues me indican que no debo pasar de cobrar 7000 € anuales, me lo pueden explicar
Gracias
Josefina
Lo que tienes que pedir es el complemento a mínimos para cobrar unos 8.000 euros:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/11/28/las-pensiones-contributivas-minimas-en-2014-se-revalorizara-en-un-025/
Es sí para tender derecho a dicho complemento no has de tener rentas superiores a los 8.259,75 euros anuales.
Saludos.
Despido improcedente en 2011 42 años cotizados, actualmente tengo 59 años, si puedo me jubilare a los 61, que ley me aplicaran, que penalizaciones por cada año anticipado me corresponden.
Muchas gracias. Salu2
La anterior ley la haber perdido el empleo antes de abril de 2013.
Los coeficientes que se te aplicaría son los del siguiente artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
Salu2.
Tengo 45 años cumplidos en abril, y alrededor de 17 años cotizados, además en alguno años he tenido dos empleos cotizando (Actualmente trabajo). Tengo que esperar los 67 años o puedo pedir una jubilación anticipada.
Mil gracias
Esperar… y si no trabajas más, no tendrás derecho a una pensión de jubilación.
Salu2.
Me jubile el 2012,despues de casi 40 años de trabajo como docente ,pero quede totalmente defraudada de las pensiones de a.f.p un robo con cuello y corbata y firma legal,ya que la jubilasion no alcanza ni siquiera para pagar los insumos básicos de un hogar y con dos hijos en edc superior ya estoy en la ruina y en la probreza que nunca había vivido en mi vida,por eso luchare hasta el cansancio se terminen estas estafas en nuestro país,si ustedes gustan me pueden contestar .sololes estoy diciendo mi realidad ahora soy pobre ,de los mas pobres del país.
Con 40 años cotizado te tuvieron que pagar el 100% de tu base.
¿Te jubilaste a tu edad normal, o fue anticipada?