La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.
Edad de jubilación
- Se ampliará la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años.
- Se podrá jubilar a los 65 años, si has cotizado al menos 38,5 años con el 100% de la pensión, con una disposición transitorio.
Derecho a una pensión de jubilación
- Para tener derecho a la jubilación se ha de cotizar al menos durante 15 años, de los cuales, 2 sea en los últimos años antes de la jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación
- Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
- Por voluntad de los trabajadores a los 63 años.
- Por causa ajenas al trabajador a los 61 años.
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
- El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
- Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
- El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.
¿Más detalle por favor?
Sí, podéis leer los siguientes artículos que amplia la información sobre cada uno de estos puntos relatados:
Artículos relacionados:
hola tengo 58 años y cotizados 40. estoy parado desde el 2012
¿cuando me puedo jubilar?
A los 61 con la anterior ley:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
Salu2.
Hola tengo 57 años y 42 años cotizados.
Actualmente estoy trabajando.
Tengo coeficientes reductores de minas, tengo los 42 años trabajados en minas, que equivalen 4,2 años de reducción de minas.
¿Con que edad minima me puedo jubilar?
65 – 4,2.
Jubilación anticipada, hasta 4 años antes de tu edad de jubilación si es forzoso y 2 años antes de tu edad de jubilación si es voluntario.
Salu2.
hola tengo 56 años … ,,,y de aporte jubilatorio 27 años de servicio en el ministerio de educaccion de personal auxiliar me quiero retirar con una jubilaccion quiero saber si debo abonar algo para poder jubilarme estoy con tratamiento scologico cronico como debo o tengo que axceder a esto desde ya muchas gracias sda atte maria del c martin
Salvo que te den la incapacidad… tendrá que esperar a tener 63 años de edad y 35 años cotizados.
Salu2.
Buenas tardes,
Tengo 55 años y 30 años cotizados, mi pregunta es la siguiente:
Si dejo de cotizar hasta los 65 años por quedar en paro y no poder acogerme a la ayuda de mayores de 55 años por las rentas familiares, cuando cumpla 65 años tendré jubilación.
No se si las tablas son de los ultimos años de vida (65 años hacia atras) o bien los ultimos 25 años cotizados de los 55 años hacia atrás
Gracias anticipadas
Sí, pero se verá mermada:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/calculadora-pension-de-jubilacion/
Salu2.
Tengo 59.5 años no trabajo desde agosto de 2012 tengo 40 años trabajados, soy diabético quisiera saber ¿Cuando me puedo jubilar? ¿Cuál es la ley que me corresponde?
A los 61.
Salu2.
La ley ya fue sancionada?
NO entiendo.
Hola, tengo 60 años, me quedé sin trabajo en el 2010, tengo 15 años de aportaciones en el extranjero, en España 10, actualmente recibo el subsidio para mayores de 52 años, deseo saber cuando me jubilo. Gracias…
A tu edad de jubilación, porque anticipadamente, no tienes derecho por no alcanzar un mínimo de 30 años de cotizaciones.
Salu2.
Tengo 60 años no trabajo desde el 2008 he cotizado durante 37 años.
me puedo jubilar anticipadamente?
A los 61.
Salu2.
Hola tengo 58 años 38 de cotizados i actualmente parada hace 1año. cuando puedo jubilarme? grácias
Depende de cuándo hayas perdido el empleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Tengo 54 años. Soy autónomo. He trabajado toda la vida, pero debido a mi actividad como profesional liberal (arquitecto técnico) hasta hace unos 10 años no he podido empezar a cotizar a la seguridad social. Antes de eso cotizaba a través de una mutua privada, en la que sigo. Total, que solo llevo cotizando 10 años a la seguridad social como autónomo. Cuando tenga 67 años (2026) habré cotizado 23 años, y el mínimo en ese año seran 25 años cotizados. Mi pregunta es: ¿ Tendré que trabajar hasta cumplir ese minimo de 25 años, a los 69 años ?. Si es asi: ¿ Puedo pagar las cuotas anticipadamente de esos dos años que me faltan y jubilarme a los 67?. Muchas gracias.
No, el mínimo es de 15. Eso no ha cambiado.
Lo de los 25 años, son los años que utilizarán para el cálculo de tu pensión.
Salu2.