La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.
Edad de jubilación
- Se ampliará la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años.
- Se podrá jubilar a los 65 años, si has cotizado al menos 38,5 años con el 100% de la pensión, con una disposición transitorio.
Derecho a una pensión de jubilación
- Para tener derecho a la jubilación se ha de cotizar al menos durante 15 años, de los cuales, 2 sea en los últimos años antes de la jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación
- Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
- Por voluntad de los trabajadores a los 63 años.
- Por causa ajenas al trabajador a los 61 años.
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
- El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
- Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
- El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.
¿Más detalle por favor?
Sí, podéis leer los siguientes artículos que amplia la información sobre cada uno de estos puntos relatados:
Artículos relacionados:
soy profesor de instituto del grupo A he cotizado por seguridad social , el dia 3 de noviembre de 2012 cumplo 61 años y tendre 36 años cotizados.¿que pension me queda si quiero jubilarme en esa fecha? GRACIAS
No vas a poder jubilar a los 61, sino a los 63, salvo que te despidan:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Cumplo 65 años el 3 mayo de 2013, luego mi edad legal de jubilación será el 3 de junio de 2013. Ya he calculado cual sería mi Base Reguladora(aproximadamente 2.655,00 euros). Para entonces mi tiempo de cotización será de 34 años y poco más de tres meses. El cálculo para mi futura pensión es: Por los primeros 15 años de cotiz. el 50% de mi base reguladora. Convierto en meses el tiempo restante que son 231 meses. Desde el mes 1 al 164 al 0,21%, lo que representa el 34,44%. Restan 67 meses que al 0,19% es el 12,73%. La suma de todos los porcentajes totaliza el 97´17%. Luego 2.655,00 por 97,17% es igual a 2.579,86 ¿Sería esta última cifra mi futura pensión de jubilación, si llegara a esta cantidad en 2013 el tope máximo de la Seg. Social? O tendría que rebajarme la pensión el 0,25% por 4 trimestres,o sea el 1%?
¿Por qué piensas que te van a rebajar un 0,25% por 4 trimestres?
Tu edad de jubilación es a los 65 años y 1 mes en 2013.
Y los cálculos de tu pensión a primera vista parece que son correctos.
Salu2.
Tengo 59 años cotizé 15 años entre los 14 y 29 años el primer mes fue en dicembre 1966 , hace 1 año estuve trabajado 3 meses a tiempo parcial y ahora he firmado un convenio especial con la seguridad social para terminar de cotizar los 2 años que me faltan pagando el minimo 262€,
¿podria jubilarme a los 61 una vez terminado de cotizar los ultimos 2 años?
¿que cantidad minima me quedaria de pensión?
Yo creo que sí…
La pensión que te correspondería sería la mínima.
Salu2.
Naci en febrero de 1955, actualmente he cotizado 15 años y 9 meses en los regimenes ordinario, autónomos y actualmente empleadas del hogar. Suponiendo que podré jubilarme a los 65 años y 10 meses y he cotizado dos años dentro de los últimos 15, ¿tiene sentido seguir cotizando si no veré incrementada la pensión mínima?.
Saludos,
No creo que cambie mucho tu pensión…
Cumplo 63 años en enero de 2012. Llevo cotizados más de 44 años. ¿cuando me puedo jubilar, sin que me penalicen con algunos puntos? ¿puedo solicitar yo la jubilación sin contar con la empresa?
A los 65 años, que es tu edad de jubilación, y tu empresa no te puede decir absolutamente nada.
Salu2.
llevo cotizando desde oct.de 1965,tengo 61 años cumplidos.
con la nueva ley que entra en vigor el 1-1-213.
que porcentaje se me aplicaria si decido jubilarme anticipadamente (estoy en activo)a partir de 2013
No te podrás jubilar anticipadamente de forma voluntaria hasta los 63 años. Leete las condiciones en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
naci en marzo de 1954 ahora hare los 58 años en marzo de 1912
tengo mas de 40 años cotizados, mi pregunta es la siguiente podre pedir la jubilacion anticipada a los 61 años?
La jubilación anticipada voluntaria es a los 63 años.
Salu2.
tengo 59 años y cuatro meses, y cotizados 33 años y cinco meses me han despedido el 31/10/2011,con un despido odjetivo y por restructuracion de personal y problemas economicos de la empresa, me quedan 18 meses de desempleo cuando termine el desempleo tendre cotizados algo mas de 35 años y cumplire 61 años cobrando el desempleo, me puedo jubilar y que pension aproximada me quedaris.
SALUDOS
Sí, te puedes prejubilar, pero te quitarán el 7,5% por cada año que te adelantes a tu edad de jubilación:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
mi pregunta es cumplo 60 años en junio de 2012 puedo jubilarme con 35 años cotizaos
Las jubilaciones voluntarias hay que tener al menos 63 años.
Las jubilaciones por estar desempleados, hay que tener al menos 61 años.
Salu2.
Actualmente estoy trabajando.
Cumplo 64 años el dia 20 de diciembre de 2011.
Tengo cotizados 37,5 años.
¿Me podria prejubilar en enero de 2012 y que porcentaje de reduccion se me aplicaria sobre la pension resultante?.
Te quitarán entre 6,5% y 7,5%.
Salu2.
Tengo 61 años y casi 34 años cotizados. Según la nueva ley de pensiones me podría jubilar anticipadamente al cumplir los 63 años. Esa es mi idea y mi ilusión. Pero con el nuevo gobierno, con el asunto de la crisis y con unas declaraciones que he leído a Aznar, me he puesto a temblar. Cambiarán otra vez la ley después de lo que ha costado la nueva, y sin haberla empezado a funcionar, con el cuento de la crisis nos volverán a fastidiar a los de siempre?
Esperemos que no, pero lo desconocemos.
Salu2.
Los artículos referentes a la jubilación parcial y anticipada han quedado en suspenso durante 3 mes a partir del 1 de Enero 2013 para poder ser discutido entre el gobierno y el Pacto de Toledo. La idea del gobierno es endurecer mas las condiciones tanto en edad como en porcentajes de descuento de forma que nadie pueda jubilare antes de 65 años,por lo tanto lo mas probable es que varíen las condiciones que figuran en la ley nueva. Otro tema diferente es si la jubilación anticipada es por causas ajenas a la voluntad del trabajador que según la ley vigente podria hacerse a los 61 teniendo 33 cotizados pero que muy probablemente también sera variado tanto en el sentido de mas cotización como de mas edad para equipararlo con el aumento de la edad jubilación de 65 a 67.