Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
29 de julio de 2011

Pensión de jubilación: cómo calcularla los porcentajes con la nueva ley

Otro de los cambios fundamentales de la reforma de la ley de pensiones es la alteración del porcentaje de base reguladora que corresponderá en función de los años cotizados.

Actualmente para comenzar a recibir una pensión (el 50% de la base), se requiere un mínimo de 15 años y para el 100% un total de 35 años cotizados.

Con la modificación de la ley de jubilación, pasará 37 años cotizados para recibir el 100% de la base reguladora y se aplicarán unos coeficientes de mejora durante el periodo transitorio que comprende desde el año 2013 al año 2027.

¿Cuánto he de cotizar para jubilarme con el 100%?

  • A los 67 años y 37 años cotizados.
  • A los 65 años y 38,5 años cotizados

¿Existe un régimen transitorio que permite jubilarse con el 100% a los 65 años de edad?

Sí, existe un régimen transitorio que irá aumentando desde los 35 años cotizados para jubilarse a los 65 años hasta los 38,5 años  que se requerirá a partir del año 2025, a razón de 6 meses más de cotizaciones por cada 2 años:

  • En 2013 y 2014 :  35 años y seis meses.
  • En 2014 y 2015 : 36 años cotizados.
  • y así sucesivamente hasta que en 2025 solo se puedan jubilar a esa edad aquellos que tengan cotizados 38 años y seis meses.

¿Cómo se atribuye los porcentajes?

  • Primeros 15 años (mínimo para acceder a una pensión de jubilación): 50% de la base de cotizaciones.
  • > 15 años: 2,28% por cada año adicional o parte proporcional de cada mes adicional.
  • > 35 años y 9 meses: 2,16% por cada año adicional o parte proporcional de cada mes adicional.

Los porcentajes nunca deben de superar el 100%, salvo que se acceda a una edad superior a la que resulte de la aplicación en caso, y siempre que se tenga un periodo mínimo de cotización:

  • 25 años cotizados, el 2% adicional.
  • Entre 25 y 37 años cotizados: el 2,75% adicional.
  • A partir de 37 años cotizados, el 45 adicional.

La entrada en vigor para calcular la pensión se hará de forma progresiva y no se hará efectiva hasta el 2027. Transitoriamente se aplicará las siguiente norma:

2013 a 2019:

  • Meses: 1 a 163: 0,21% adicional por cada mes de cotizaciones.
  • Meses: 164-246: 0,19% adicional por cada mes de cotizaciones.

2020 a 2022:

  • Meses 1-106: 0,21% adicional por cada mes de cotizaciones.
  • Meses 107-250: 0,19% adicional por cada mes de cotizaciones.

2023-2026:

  • Meses 1 – 49: 0,21% adicional por cada mes de cotizaciones.
  • Meses 50-258: 0,19% adicional por cada mes de cotizaciones.

Artículos relacionados:

193 comments to Pensión de jubilación: cómo calcularla los porcentajes con la nueva ley

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>