Todos en alguna ocasión hemos cometido alguna infracción de Tráfico y muchas veces nos queda la duda de si nos llegará la multa o si con un poco de suerte no llegará nunca.
Para no estar tanto tiempo preocupados con qué pasará, indicamos el plazo en que las multas de Tráfico y los antecedentes de las infracción cometidas prescriben.
¿En qué plazo prescriben las sanciones de Tráfico?
El plazo de prescripción de las infracciones desde la última modificación de la Ley de Tráfico, con entrada en vigor el 23 de Mayo de 2010 es de:
- 3 meses para las infracciones Leves
- y de 6 meses para las infracciones Graves y Muy graves.
¿Desde cuándo empieza a contar este plazo?
El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que se cometió la infracción.
¿En que casos se interrumpiría este plazo?
La prescripción se interrumpiría por:
- cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio.
- también se interrumpe por la notificación efectuada en el momento de la infracción, en el domicilio, en el DEV o a través del TESTRA.
El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.
Caducidad de la infracción
Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones.
Plazo de prescripción de las sanciones sólo económicas.
El plazo de prescripción de las sanciones consistentes sólo en multa económica será de 4 años.
El cómputo y la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las sanciones consistentes en multa económica se regirán por lo dispuesto en la Ley General Tributaria.
Anotación y cancelación de infracciones antecedentes
Las sanciones graves y muy graves serán comunicadas al Registro de Conductores e Infractores en el plazo de los 15 días naturales siguientes a su firmeza en vía administrativa.
Las autoridades judiciales comunicarán al Registro de Conductores e Infractores, en el plazo de los 15 días naturales siguientes a su firmeza, las penas de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores que impongan por sentencias por la comisión de delitos o faltas contra la seguridad vial.
En el Registro de Vehículos quedarán reflejadas las sanciones firmes graves y muy graves en las que un vehículo tanto matriculado en España como en el extranjero estuviese implicado y el impago de las mismas, en su caso. Estas anotaciones formarán parte del historial del vehículo.
Las anotaciones se cancelarán de oficio, a efectos de antecedentes, una vez transcurridos 3 años desde su total cumplimiento o prescripción.
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Buenos días,
Fecha de denuncia: 02/01/2014
Fecha de incoación: 29/08/2014
Me acaban de notificar ahora, pues acabo de recibir la carta por correo y acabo de firmar. Teniando en cuenta que la multa es de calificación leve (impuesto por el ayuntamiento de Sevilla) ¿la fecha de vencimiento sería 3 meses no?
¿Tendría que pagar? o ¿esta fuera de plazo?
Gracias. Un saludo.
Buenos tardes
Podrías solicitar al Ayuntamiento que te indiquen en qué fecha te han intentado notificar anteriormente. Si no lo hubieran hecho antes entendemos que habría prescrito y podrías recurrir.
Salu2
Buenas noches,
Me han mandado una carta de Gestión Tributaria donde me indican que me han multado por «ESTACIONAR EN DOBLE FILA» en una determinada calle.
La fecha del suceso es de 12/05/2014 y hoy estamos a día 7/05/2014 (casi 5 meses). En la misma indica que son 200 eur con reducción a 100 eur con fecha límite de pago el 31/10/2014: Son 12 días antes de que cumplan los 6 meses que es el plazo en el que caducan las faltas graves según normativa de tráfico.
Mi pregunta es:
Si recurro la multa, ¿el plazo que pasa entra dentro de la notificación y así consigo que pasen los 6 meses y prescriba?.
¿Puedo alegar algo?.
¿Cómo pueden demostrarme que pasó más de 2 minutos?. Lo cierto es que la multa no sé que legalidad tiene porque paré para meter en el maletero material de trabajo de mi mujer que estaba embarazada por entonces… 1 ó 2 minutos o similar. Sinceramente, me parece un atropello con afán meramente recaudatorio. Gracias de antemano.
Buenas tardes
Como te han notificado antes de los 6 meses, la sanción no ha prescrito (recurras o no se ha notificado en plazo)
Entendemos tu indignación pero no vemos mucho que puedas hacer al respecto..
Salu2
El 21 de noviembre de 2013 me pusieron una multa por exceso de velocidad.El coche que conducia es de renting. Me comunican el 6 de octubre de 2014 que con el sistema GPS instalado en el vehiculo se ha comprobado que yo era el conductor el dia y a la hora de la multa y que daran mis datos a trafico.
En uno de los correos que he visto entre la empresa de renting y la DGT, el agente de trafico le comunica al renting que la sancion de trafico ha pasado a ser una infraccion por no comunicar los datos del conductor dentro del plazo reglamentario, pero que de todas formas les pasen los datos del conductor.
Si me comunican la sancion a casa debo pagarla, o puedo recurrirla?
Por favor, ayuda. Gracias.
Podrías solicitar informe sobre a qué dirección y en qué fecha te han intentado notificar anteriormente y recurrir por prescripción de la multa si no han cumplido los plazos indicados en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/12/en-que-plazo-prescriben-las-sanciones-o-multas-de-trafico/
Al no haber identificado al conductor en plazo que Tráfico da, en principio la multa sería para la empresa (para eso se impone ese plazo):
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/01/22/cual-es-la-multa-por-no-identificar-al-conductor-de-una-infraccion/
SAlu2
Hola, me an llegado hoy 5 multas de 2005 todas por radar y 2 de ellas en el mismo dia, la cosa esque nunca me an notificado ninguna de esas multas, porque tengo entendido que este tipo de multas te mandan también una foto de tu coche con la sanción y no e visto ninguna de ellas, y claro me llega con recargos e intereses de mas de 9 años, me acabo de enterar de que tenia esas multas..
Puede haber alguna regularidad?
Hola.
Debes solicitar informe sobre en qué fechas y a qué domicilio te han intentado notificar antes para ver si hubieran prescrito.
No siempre mandan foto con la sanción.
Salu2
Hola,
Hoy recibí una carta de pago đe la agencia tributaria de Madrid notificándome la multa de trafico por estacionar en lugar prohibido:
-fecha infracción: 02-02-08
– fecha de la prov. apremio: 09-03-09
– fecha início interés de demora: 16-12-08
– notificado mediante anuncio de fecha: 05-10-09, 21-06-10 y 05-04-13
Tengo q pagarla? No prescribe? Qué tengo q hacer? Es de Febrero de 2008!!!
Muchas gracias de antemano.
un saludo
Hola.
No prescribe mientras te sigan reclamando su pago.
(sólo prescribe si pasaran 4 años ininterrumpidos sin que te notificaran nada sobre su pago, pero eso como ves es raro que suceda. No se olvidan así como así..)
Salu2
hoy he recibido una orden de embargo con fecha límite de pago 24/11/2014 de una multa por mal aparcamiento del Ayuntamiento de Valencia. La fecha de la sanción es 17/11/2010: Existe alguna forma de paralizar el embargo?
No ha prescrito?
No ha prescrito si anteriormente te han intentado notificar o reclamar su pago (hayas recibido o no la notificación)
Puedes solicitar al Ayuntamiento informe de cuándo te han notificado anteriormente y a qué dirección.
Contra la orden de embargo, ya sólo serían admisibles los motivos de oposición siguientes:
– Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
– Falta de notificación de la providencia de apremio.
– Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo que contiene la Ley General Tributaria.
– Suspensión del procedimiento de recaudación.
Salu2
Me acaba de llegar una multa del ayuntamiento por circular a 47 km h. en una calle limitada a 30 km h., la infracción se cometió el 21 de julio de 2014 han pasado más de tres meses tengo que pagarla?.
Saludo.
No, no ha prescrito, ya que la infracción es grave y el plazo de prescripción de estas infracciones son de 6 meses.
Salu2.
Acabo de recibir una multa por: no respetar el conducto de un vehículo la luz roja no intermitente de un semáforo.- clase de infracción: Grave .- Denunciante: Foto rojo. Quisiera saber si ha prescrito ya que la denuncia fue el día 03/08/2014 y lo he recibido hoy 14/11/14, la sanción esta clasificada como Grave
Al ser Grave el plazo de prescripción son 6 meses, así que no ha prescrito.
Salu2
buenos tardes,mi caso es el siguiente,mi marido trabaja para una empresa y le coche es de renting,le pusieron dos multas y a el no le dijeron nada,la empresa lo sabia y identifico al conductor.asi que al cabo de 8 meses nos enteramos por una casa de multas que estamos en el boe,debemos una multa de 900E .los tenemos en abogados,desde hace un año.Nos han costentado diciendo que hay que pagar.pero nosotros hemos vuelto a recurrir,ya que a el en ningun momento se le dijo de estas infracciones.Es posible que prescriba? o tendre que pagar la peazo de multa,a mas a mas de lo que me cuesta el abogado’.gracias
Buenas tardes
La multa no prescribe mientras os sigan reclamando su pago. (tendrían que pasar 4 años sin que intentaran notificaros nada sobre ello y eso es raro que ocurra. No se les suele olvidar y el procedimiento sigue adelante..:)
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/04/16/que-pasa-si-decido-no-pagar-una-multa-de-trafico/
Salu2
Hola, una multa por exceso de velocidad hecha el 14/9/2014 dentro de cuanto tiempo caduca?
6 meses, es decir, hasta el 14/3/2015 está en vigor.
salu2.