Hoy en día la mayoría de las casas tiene una conexión a Internet de alta velocidad o ADSL, cuya capacidad está muy desaprovechada y la mayoría del tiempo no se utiliza.
Una medida para poder aprovechar esta capacidad sería compartir la conexión entre los vecinos de la comunidad o directamente ponerlo como un servicio de la comunidad al estilo de la antena de televisión. Es una buena medida de ahorro y además según la CMT es totalmente legal.
A este respecto dictaminó la CMT el pasado septiembre de 2010 considerando que es una práctica totalmente legal y no se ha de pedir ningún tipo de permiso. Así, los vecinos pueden contratar un único acceso a Internet y compartir la señal de WIFI y acceder a internet siempre que lo haga bajo las 3 siguientes condiciones:
- El wifi no está abierto al público en general y, por tanto, el número de usuarios del wifi no es masivo.
- Los vecinos no tienen ánimo de lucro y entre todos sufragarán los costes de la red.
- No es la misma comunidad de vecinos la que presta el servicio de acceso a internet mediante wifi ni ofrece un servicio de atención al cliente.
Asimismo, la CMT establece que los establecimientos comerciales también pueden ofrecer este servicio -previo pago o gratuito- sin inscribirse como operadores siempre que no sea su actividad principal y sólo disfruten de la conexión los clientes del local.
Aún así, la mayor parte opta por ofrecer este servicio a través de un tercero que, normalmente, sí es un operador de telecomunicaciones.
Por último aclarar que algunas operadoras prohíben expresamente estas prácticas, así que hay que buscar una operadora que permitan hacer esto, ya que:
«Una cosa es que la CMT no te pueda meter una multa y otra que la operadora te permita hacer esto.»
Por otra parte, si se comparte la conexión varios vecinos, es complicado que te pillen, ya que el proveedor desconoce si los ordenadores son del domicilio que ha contratado el ADSL o si son de la casa de un vecino.
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