Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.
Transmisión provisional
La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.
Documentación:
1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.
2.- Tasa por el importe legalmente establecido.
3.- Del nuevo titular será necesario presentar:
a) Personas Físicas
Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:
Nacionales:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.
Extranjeros:
- Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
- Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).
b) Personas Jurídicas
- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).
c) Menores de edad o incapacitados
- Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).
4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.
5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)
6.- Del vehículo.
- Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
- Permiso o Licencia de Circulación.
Transmisión definitiva
La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.
Documentación a presentar:
1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.
2.- Tasa por el importe legalmente establecido.
3.- Del nuevo titular será necesario presentar:
a) Personas Físicas
Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:
Nacionales:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.
Extranjeros:
- Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
- Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).
b) Personas Jurídicas
- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).
c) Menores de edad o incapacitados
- Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).
4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.
5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.
6.- Permiso o licencia de circulación.
7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.
6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:
1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.
2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.
3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.
4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.
5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:
- Autorización del interesado para realizar el trámite.
- Original de su propio DNI.
Artículos relacionados:
Buenas tardes:
Mi consulta es la siguiente. Existe alguna manera de hacer el traspaso de titularidad d eun coche que no tiene la carta de pago de la financiera?. Yo tengo entendido que si el comprador firma algo en DGT como que es consciente de la situación es suficiente.
Es eso así.
Saludos
Buenas tardes
Al financiar un coche, lo normal es que las financieras hagan lo que se llama «reserva de dominio», mediante la cual, el coche no se puede transferir mientras el banco no la cancele (previo pago de la deuda pendiente).
Sin embargo, antes de la crisis no había tanta morosidad y los bancos no se preocupaban tanto de hacer esta Reserva de dominio, así que es posible que tu coche no la tenga..
Acude a Tráfico y solicita el Historial de tu coche (cuesta unos 8€ en Tasas). Ahí vendrá si tiene o no Reserva de dominio, y por tanto si lo puedes vender sin permiso del banco o no.
– Si tuviera reserva de dominio, mientras el banco no la cancele, no hay forma de poder transferir. No hay nada que puedas firmar o hacer en Tráfico para ello.
Salu2
Buenos dias,
Somos dos hermanos herederos del vehículo de mi padre que falleció en febrero de este año. Queremos transferirlo. ¿He creido entender que había 90 dias para hacerlo y se nos ha pasado el plazo? ¿Como lo solucionamos entonces?
Y otra pregunta, si vendieramos a un concesionario, ¿Sería necesario hacer transferencia provisional y tambien transferencia definitiva?
Si pueden informarme de los trámites y el gasto económico, les estaría muy agradecida.
Un saludo,
Buenas tardes
En caso de no cumplir el plazo establecido, se puede transferir igualmente lo único es que os podrían cobrar algún recargo por la demora..(tenéis que consultarlo en Tráfico)
Para venderlo a un concesionario, primero habría que ponerlo a vuestro nombre (sólo puede haber un titular en Tráfico, así que tendreis que pensar a nombre de quién ponerlo)
Creemos que podéis hacer transferencia definitivamente.
Una vez a vuestro nombre ya podéis venderlo.
Las tasas de transferencia en Tráfico son unos 50€.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/01/12/tasas-de-trafico-2012/
Salu2
Buenas noches:
Tenemos un coche a nombre de mi padre, pero que en realidad solo es titular del mismo, ya que le prestamos y todo lo demas lo pago yo.
Creemos que le quieren embargar por problemas que son ajenos a nosotros.
Como podemos hacer un cambio de titular sin que el este presente???
Se puede hacer algo???
Buenas tardes
Lo mejor sería hablar con él y llegar a un acuerdo.
Al ser él el titular en Tráfico, es necesaria su firma para poder transferir… Desconocemos que haya otra forma de tramitarlo. Tendría que ser ya vía judicial probablemente. Confirmarlo con la DGT a ver si os dan alguna solución.
Salu2
Hola! Quisiera saber si el hermano del titular de un auto, ya fallecido,puede firmar para poder hacer la transferencia,no tiene hijos ni esposa,el auto tiene patente vieja. Si no es posible quisiera saber q se puede hacer,o si es posible hacer la transferencia. Muchas Gracias.
Hola.
Desconocemos si te encuentras o resides en España. La información que facilitamos es para el caso de estar en este país.
Los trámites a realizar en este caso los puedes ver detallados en el artículo superior.
Salu2
HOLA, MI MARIDO FALLECIÓ HACE UN AÑO, TENGO LA DECLARACION DE HEREDEROS EN LA QUE CONSTAMOS MI HIJO DE 10 AÑOS Y YO. ME GUSTARÍA SABER SI PUEDO REALIZAR EL CAMBIO DE TITULARIDAD A MI NOMBRE Y SI EL IMPRESO A RELLENAR ES EL MISMO QUE EL DE COMPRA-VENTA.
GRACIAS
Hola.
Toda la documentación a presentar la puedes ver detallada en al artículo superior.
Puedes realizar tú misma el cambio de titular en Tráfico presentando toda la documentación ahí indicada.
El impreso que tienes que rellenar es la «Solicitud de transferencia». Te lo facilitarán en Tráfico o lo puedes descargar de:
– http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/9.050_Cas_copiaUnion_avanz.pdf
Salu2 y ánimo
HOLA, MI MARIDO FALLECIÓ HACE UN AÑO, TENGO LA DECLARACION DE HEREDEROS EN LA QUE FIGURAMOS MI HIJO DE 10 AÑOS Y YO. ME GUSTARÍA SABER SI PUEDO REALIZAR EL CAMBIO DE TITULARIDAD A MI NOMBRE Y QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBO APORTAR.
GRACIAS
Respondido en comentario anterior.
Salu2
Hola, disfruto desde hace mas de un año de un vehiculo a nombre de otra persona, mi tio. El fallecio en mayo y no hemos realizado el cambio de titular. El vehiculo no consta en la Declaración de herederos. Y ahora nos gustaria poder realizar el cambio de titular. Que pasos tengo que seguir???
Hola
En el artículo superior puedes ver detallada la documentación necesaria para transferir el vehículo en Tráfico en estos casos.
Si no se dispone de Declaración de herederos se puede presentar Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.
Salu2
Hola, realice la compra-venta de un vehiculo en abril, pero no presente los documentos en la dgt. Puedo realizar el tramite ahora???
Hola.
Sí, lo mejor es que acudas a dejarlo hecho cuanto antes.
Cuánto más tiempo pase, más se pueden complicar las cosas..
Salu2
Buenas, he heredado el coche de mi pareja con matrícula extranjera, puedo hacer el cambio de nombre o he de hacer algún trámite previo? Gracias
En ese caso tendrías que matricular en España ese vehículo a tu nombre. Para ello puedes ver la documentación y trámites para ello en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/28/matricular-un-coche-nuevo-de-importacion-o-historico/
Tendrás que acudir a la ITv a solicitar Ficha Técnica homologada en el caso de que ésta estuviera en idioma extranjero.
Salu2
Hola, mi problema es el siguiente: mi tía tiene un coche a su nombre y ha decidido regalarmelo. ¿Que tipo de trámite tengo que hacer? ¿Tendría solo que cambiar la titularidad del vehículo? Gracias.
Hola.
Puedes ver los trámites a seguir detallados en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/01/preguntas-frecuentes-sobre-los-tramites-de-compra-venta-de-un-vehiculo-entre-particulares/
Los trámites son los mismos ya sea el coche regalado o comprado (los impuestos correspondientes hay que pagarlos igualmente)
Salu2