Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.
Transmisión provisional
La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.
Documentación:
1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.
2.- Tasa por el importe legalmente establecido.
3.- Del nuevo titular será necesario presentar:
a) Personas Físicas
Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:
Nacionales:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.
Extranjeros:
- Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
- Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).
b) Personas Jurídicas
- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).
c) Menores de edad o incapacitados
- Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).
4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.
5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)
6.- Del vehículo.
- Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
- Permiso o Licencia de Circulación.
Transmisión definitiva
La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.
Documentación a presentar:
1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.
2.- Tasa por el importe legalmente establecido.
3.- Del nuevo titular será necesario presentar:
a) Personas Físicas
Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:
Nacionales:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.
Extranjeros:
- Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
- Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).
b) Personas Jurídicas
- Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
- Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
- Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).
c) Menores de edad o incapacitados
- Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
- Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).
4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.
5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.
6.- Permiso o licencia de circulación.
7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.
6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:
1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.
2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.
3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.
4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.
5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:
- Autorización del interesado para realizar el trámite.
- Original de su propio DNI.
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Buenas, mi consulta es que compre una moto siendo menor de edad y firmó mi madre pero siendo yo el titular, ahora la quiero vender y no sé si tendría que firmar mi madre o puedo firmar yo (ya soy mayor de edad) sin problemas.
Gracias y un saludo!
Buenas
Tiene que firmar quien figure como titular del vehículo en el Permiso de circulación.
Como ya eres mayor de edad, ahora firmas tú sólo y tramitas la venta tú directamente.
Salu2
mi consulta es la sig., yo tengo en mi poder el auto de mi padre(fallecido), lo heredamos 6 hermanos y yo quiero manejarlo, que tramites debo realizar?(el auto tiene mas de 40 años,no posee deudas).gracias
Debes ponerlo a tu nombre. Para ello debes realizar los trámites en Tráfico que indicamos en el artículo superior.
Salu2
hola, mi mama compro una moto, ella fallecio todo los papeles estaba a su nombre, yo soy el unico hijo puedo hacer los papeles a mi nombre? como tengo q hacer?.graciaas
Hola.
Puedes ver la documentación que hay que presentar en Tráfico para que la pongan a tu nombre en el artículo superior.
Salu2
Hola, tengo el coche de mi padre que fallecio hace cuatro años y lo quiero poner a mi nombre. que debo hacer?
Hola.
Debes acudir a Tráfico a presentar la documentación que detallamos en el artículo superior.
Salu2
He cedido el coche a mi hermano y quiero que figure a su nombre en Tráfico, la gestión la está haciendo mi padre y no se si despues de pagar las tasas de Hacienda tenemos que personarnos nosotros o con la presentación de los DNI servirian, me podeis ayudar?
En estos momentos sólo puede figurar un único titular en Tráfico.
Los trámites y documentación a presentar son los mismos que si se tratara de una compraventa y puedes verlos detallados en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/01/preguntas-frecuentes-sobre-los-tramites-de-compra-venta-de-un-vehiculo-entre-particulares/
Si no presenta los trámites el titular, es necesario que quien vaya lleve autorización firmada por el titular que puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/09/21/modelo-de-autorizacion-para-tramites-en-trafico-si-no-puede-acudir-el-titular/
No olvides firmar antes todos los impresos que hay que llevar.
Salu2
Mi esposa falleció en el año 2010. Puedo ahora solicitar el cambio de titularidad del vehículo? Tendré alguna sanción por no haberlo solicitado antes?
Cuales son los trámites a realizar y el coste ante la DGT.
Gracias.
Sí, puedes solicitarlo. Es posible que te pongan algún recargo por no haber realizado los trámites antes.
Puedes ver la documentación que debes presentar en Tráfico en el artículo superior.
Sobre las tasas a pagar: Cambios de titularidad de los permisos de circulación (transferencias): 52,80€
Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/01/13/tasas-de-trafico-2014/
Salu2
Uno de mis hermanos se adjudicó por herencia, hace un año, un vehículo de mi padre fallecido y no lo ha puesto a su nombre en tráfico todavía, con lo que las multas y los recibos de impuestos municipales sobre el vehículo siguen viniendo a nombre y cargo de mi padre. ¿Qué podemos hacer si el hermano que se adjudicó el vehículo se niega a inscribir voluntariamente el cambio de titularidad en trafico? ¿Podemos los demás comunicarlo de alguna forma a Tráfico?
Tendríais que poneros en contacto con vuestra Jefatura de Tráfico a ver qué os comentan.
EN cualquier caso, en principio al que le reclamarán el pago del importe de esas deudas será a tu hermano por lo haber realizado la transmisión de ese vehículo a su nombre.
Salu2
hola mi preg.es..fallecio el esposo de mi hermana y dejo 2 motos y ella quiere ponerlas a su nombre,somo de provincia de tucuman,,a donde tendria que hacer el tramite?? gracias
Hola.
La información que facilitamos es sólo para el caso de España, por lo que no te podemos ayudar.
Lo sentimos.
Salu2
FALLECE MI PADRE QUE ES EL TITULAR DEL COCHE.
SOMOS 4 HERMANOS HEREDEROS Y QUEREMOS VENDER EL COCHE.
¿ES NECESARIO 1º CAMBIAR LA TITULARIDAD A UNO DE LOS HEREDEROS (EXTINCIÓN DEL CONDOMINIO) Y LUEGO QUE SEA ÉSTE QUIEN VENDA EL COCHE?
Hay que realizar los trámites detallados en el artículo superior. Primero transmisión provisional y luego definitiva.
Salu2
Hola me he comprado un coche de segunda mano y ahora al hacer el cambio de titular del coche el tío no aparece,además de no tener pagado el sello,no se que hacer para ponerlo a mi nombre,un saludo
Hola
Solicita en Tráfico el historial del coche para ver si quien es el titular es efectivamente quién te lo ha vendido….
A ver si coincide..
Salu2