La Agencia Tributaria es la primera en suministrar información tributaria y en ofrecer un servicio gratuito para hacer la declaración de quienes no quieren o no saben hacerla por su cuenta.
Además, elaborar un borrador de la declaración para quienes lo piden y cumplen ciertos criterios, además de un servicio de petición de datos fiscales que le permite comprobar lo que hacienda sabe de él.
Los puntos de información son:
- A través de Internet: www.agenciatributaria.es
- A través del Teléfono:
- Para solicitar Información tributaria básica: 901 335 533.
- Para solicitar cita previa: 901 223 344.
- Para pedir los datos fiscales y solicitar el borrador: 901 121 224 y 901 200 345.
Algunas comunidades también ofrecen servicios gratuitos para hacer la declaración, al igual que algunas empresas grandes, algunos bancos y cajas de ahorro que ayudan a sus trabajadores y clientes.
El programa PADRE, que se puede obtener de forma gratuito ya sea en CD o descargando de la página web de la Agencia Tributaria, es una buena ayuda a la hora de elaborar la declaración. Una vez introducido los datos en este programa, sólo se ha de imprimir el resultado en papel y listo para presentarlo en el banco.
Los impresos de la declaración, de venta en estancos, delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria se acompaña de una Guía de la declaración. El Manual Práctico de la Agencia Tributaria, más amplio y con ejemplos, se vende por separado.
Acudir a un asesor fiscal profesional (una declaración sencilla su coste ronda los 30€).
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Hola buenos días.
En 2010 compré una vivienda de segundamano, la cual es mi vivienda habitual. En el ejercicio del 2011 me llego de la delegación provincial de hacienda un impreso para la liquidaciön de T.P. Y A.D.J. Ya que consideran que el valor de la vivienda es superior al que pagué por ella con lo que me reclamaban el 5% de la diferencia entre el valor según hacienda, de mi vivienda y lo que pagué por ella. Este concepto lo pagué en el 2011. Mi pregunta es: ¿Este pago es deducible?
El exceso pagado, sí.
Pero los intereses de demora no.
Salu2.
En 1997 adquirimos un piso en una urbanización, el cuál es mi vivienda habitual. Esta urbanización tenía un empleado (portero), que vivía en la misma urbanización, en un piso que al parecer es propiedad de dicha urbanización; o mejor dicho, de cada uno de los propietarios de pisos de dicha urbanización. El año pasado se jubiló este señor, y la comunidad decidió contratar a una empresa los servicios que prestaba el susodicho empleado; pero ahora no ocupa la vivienda, por lo que se decidió alquilarla. Esto ocurrió el año pasado, y ahora nos dice el administrador, que aunque económicamente el Rendimiento es 0,00€, es recomendable que se consulte sobre las implicaciones en cuanto a obligaciones fiscales. Mi porcentaje de participación es de 0,1850.
Tengo confeccionada la Declaración con el programa PADRE, pero sin estos datos, porque no sé donde ni como incluírlos. Gracias
Tienes una pequeña porción de vivienda no dedicada a la vivienda habitual y aunque no esté alquilada tiene imputaciones de renta: el 1,1% de su valor catastral de la parte que te corresponda.
Salu2.
Por el hecho de haber tenido unos ingresos de 13.000 eur en concepto de subsidio de paro y 1.700 eur en concepto de intereses de depósitos en el Banco, se tiene la obligación de hacer la Declaración de Renta ?
Gracias por su ayuda.
Sí, por haber tenido más de 1.600 euros en intereses:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/04/11/quien-esta-exento-de-hacer-la-declaracion-de-la-renta-del-ejercicio-2011-que-se-hace-en-2012/
Salu2.
Hola.
El año pasado comenzamos a desgrabarnos por la construcción de nuestra vivienda habitual, y este año hemos decidido abandonar la compra, creemos que debemos pagar algún tipo de penalización por esto. Mi pregunta es : ¿esto se hace presentando una declaración complementaria del año pasado lo tengo que hacer en la declaración de este año?. ¿y en cualquier caso, en que apartado de la declaración debemos hacerlo?.
Gracias de antemano.
Sí, tienes que devolver lo deducido más intereses de demora.
Puedes declararlo en la Renta de este año, añadiendo en las casillas de deducciones practicas indebidamente en años anteriores.
Salu2.
Hola,
Tengo un piso al 50% con otro titular, asi lo indica en la hipoteca y en la escritura, pero la realidad es que únicamente yo pago el piso al 100% y todos sus gastos y puedo demostrarlo. Puedo declararme en la declaración ese 100%? y como tendría que hacerlo?
Gracias y saludos,
No, no se puede, y más te vale no demostrarlo, ya que encima te harán pagar impuesto de donaciones por pagarle la hipoteca a otra persona.
Salu2.
MI DUDA ES LA SIGUIENTE PERCIBI EN 2011 AYUDAS PAC PARA LA GANADERIA CORRESPONDIENTES DE LA CAMPAÑA 2010 Y 2011. TENDRIA QUE HACER COMPLEMENTARIA DE LA RENTA 2010 POR DICHA AYUDAS. GRACIA DE ANTEMANO.
Sí, lo tienes que hacer.
Salu2.
Buenas noches
El año pasado he pagado parte de la matricula universitaria de mi hijo (pago fraccionado), y me gustaria saber si desgravan.
Gracias.
No, que yo sepa.
Buenos días,
Mi madre es una persona dependiente y tiene una persona contratada (legalmente con su contribución a la Seguridad Social) que la ayuda en casa.¿ Puede desgravarse de las cantidades pagadas a esa persona en su declaración de renta ? ¿ O de sus contribuciones a la SS ? En caso afirmativo ¿ en donde se consignan esas deducciones ?
Gracias
No, no puede.
Salu2.
Buenos días,
Se ha vendido la empresa a otra gente sin beneficios, y no se donde ponerlo en la declaración de renta. Gracias
Vete a una asesoría fiscal… no es fácil hacer la declaración cuando se tiene ese tipo de operaciones.
Salu2.