Las viviendas habituales disfrutan de unas deducciones, tanto por adquisición como por alquiler. En los alquileres de la vivienda habitual disfruta de unas deducciones tanto a nivel estatal como autonómico.
Los contribuyentes se pueden deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas para el alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, siempre que su base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales.
La base imponible del contribuyente se considera tanto los ingresos por el trabajo como los ingresos de capital.
La base máxima de esta deducción es de:
- 9.015 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 12.000 euros anuales.
- 9.015 – [0,75 x (BI – 12.000)], cuando la base imponible esté comprendida entre 12.000,01 y 24.020 euros anuales.
Siendo BI la base imponible del contribuyente.
Importante: Los contribuyentes cuya base imponible, en los términos anteriormente comentados, sea igual o superior a 24.020 euros anuales, en tributación individual o en tributación conjunta, no podrán aplicar la presente deducción.
Ejemplo:
Don M.A.V. tiene desde el ejercicio 2006 su vivienda habitual en alquiler. En el ejercicio 2009 ha satisfecho por este concepto al arrendador la cantidad de 6.960 euros anuales.
La base imponible general del contribuyente en el ejercicio 2009, que tributa de forma individual, ha ascendido a 16.820,50 euros y la base imponible del ahorro a 612,25 euros.
Determinar el importe de la deducción por el alquiler de la vivienda habitual en el ejercicio 2009.
Solución:
- Cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual ……………………………….. 6.960,00
- Base máxima de la deducción: Al ser su base imponible superior a 12.000 euros, la base máxima de deducción se determinará restando de 9.015 euros el resultado de multiplicar por 0,75 la diferencia entre la base imponible y 12.000 euros anuales.
- Es decir: 9.015 – [0,75 x (17.432,75 – 12.000)] …………………………………………….. 4.940,44
- Importe de la deducción (4.940,44 x 10,05%) …………………………………………………. 496,51
- El importe de la deducción así determinado se hará constar en la casilla 716 de la página 13 de la declaración.
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Hola, comento mi caso,
Estuve viviendo hast Agosto en Cataluña y pagaba 700 Euros de Alquiler, luego me vine a Madrid desde Agosto hasta Diciembre y aqui pago 800. Me dicen que solo tengo derecho a una de las dos deducciones Autonómicas en este caso Cataluña porque es donde he estado viviendo mas tiempo, por tanto no puedo deducir los 4 meses * 800 Euros que he vivido en MAdrid?, es normal esto?
gracias!!
Buanas tardes,
Me he dado cuenta que rellene mal mi declaración, ya que puse la referencia catastral del piso donde vivi el año 2009 y no sobre el cual estoy aplicando la deducción por alquiler en el 2010.
Podria generarme alguna multa cuando detecten que dicha referencia catastral no coincide con la que declara mi casero?. El NIF de mi casero si esta correcto.
Tendré algun problema por esto?. Me recomendaís que presente una declaración complementaria para corregir este dato? ó que debo hacer en este caso?.
Muchas gracias.
Buenas tardes amigos, mis preguntas son tres bastante sencillas y seguramente muchos se sentirán identificados 😉 :
1. Si durante 2010 he sido inquilino de tres pisos, ¿Puedo consignar para su desgravación los 3 alquileres en el programa PADRE o solo los dos de mayor importe?
2. Si en uno de los meses se «solapan» dos alquileres, ¿Puedo desgravarme ambas mensualidades como vivienda habitual o solamente una? En este último caso ¿Cual?
3. Si al abandonar uno de esos pisos el casero se quedó con la fianza al considerar que existían daños en el inmubele, ¿Esta cantidad se tiene en cuenta para la deducción por alquiler de vivienda habitual?
¡Muchas gracias!
Buenas tardes:
Mi pregunta es la siguiente:
Pago 450€ al mes por el alquiler de mi casa, he percibido durante el año 2010 840€ en concepto de RBE, aunque en los datos fiscales me aparecen 1260 (que es lo que realmente debería de haber percibido). Soy menor de 30 años y mi BI esta en torno a los 18000€. En teoría cumplo los requisitos para poder aplicarme la deduciion por alquiler devivienda habitual, pero al leer los requisitos específicos de mi comunidad autonoma, Galicia, me pone que debo tener depositada una fianza en el IGVS, lo cual no cumplo. Puedo deducirme igualmente ese 10.05%?¿En que casillas debe cubrirse?
Muchisismas gacias a todos de antemano.
Yo creo que la parte estatal sí, sin problemas.
Pero si quieres aplicarte las deducciones autonómicas lo tienes que ingresar dicha fianza.
Salu2.
Buenas,
soy autónoma desde hace poco tiempo y estoy obligada a pagar el IVA trimestralmente. Mi pregunta es: La deducción del alquiler de vivienda habitual se aplica de forma trimestral o se hace ya en la declaración anual todo junto?
Muchas gracias anticipadas,
No, lo tienes que hacer en la declaración de la renta.
Salu2
esto es bueno que están teniendo esto, se hará la compra de viviendas mucho más fácil de alquilar.
HOla,
me gustaría saber si es posible ser elegible para la deducción por el alquiler de una vivienda en el extranjero.
Actualmente vivo en el extranjero pero cotizo en el irpf en España, así que entiendo que podria ser posible. Si alguien tiene idea o experiencia, estaré muy agradecido.
Gracias de antemano
Es extraño el caso que comentas.
Te recomiendo que hagas una consulta en la Agencia Tributaria.
Salu2.
Hola, tengo el mismo problema, el borrador no me permite aplicar ambas deducciones, ¿conseguiste solucionar el problema de alguna manera?
Hola, una pregunta, es la primera vez que declaro. He obtenido el borrador a través de la aplicación Reno, y he introducido los datos de mi vivienda en alquiler, como l referencia catastral y el NIF de la empresa arrendadora. Mi comunidad a. es Andalucia y soy menor de 35.
Al introducir los datos y actualizar el nuevo borrador, la cantidad a devolver es la misma que antes de haber proporcionado los datos de la vivienda. Que tengo que hacer para que se vea reflejado y se desgrave el alquiler?
Agradezco cualquier ayuda al respecto!!
Es posible que ya te han devuelto todo lo retenido y por eso, por muchas deducciones que metas más, no te devolverá más dinero.
Salu2.
Hola.
estaba pagando desde marzo 2010 alquiler de 700 euro haciendo ingreso al propietario a su cuenta desde la mía.
Que documentación tengo presentar para tener descuento?
Gracias.
No tienes que presentar nada, simplemente declaralo.
Sólo necesitarás el contrato de alquiler y los pagos, en caso de que hacienda te lo pida.
Salu2.