Las viviendas habituales disfrutan de unas deducciones, tanto por adquisición como por alquiler. En los alquileres de la vivienda habitual disfruta de unas deducciones tanto a nivel estatal como autonómico.
Los contribuyentes se pueden deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas para el alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, siempre que su base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales.
La base imponible del contribuyente se considera tanto los ingresos por el trabajo como los ingresos de capital.
La base máxima de esta deducción es de:
- 9.015 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 12.000 euros anuales.
- 9.015 – [0,75 x (BI – 12.000)], cuando la base imponible esté comprendida entre 12.000,01 y 24.020 euros anuales.
Siendo BI la base imponible del contribuyente.
Importante: Los contribuyentes cuya base imponible, en los términos anteriormente comentados, sea igual o superior a 24.020 euros anuales, en tributación individual o en tributación conjunta, no podrán aplicar la presente deducción.
Ejemplo:
Don M.A.V. tiene desde el ejercicio 2006 su vivienda habitual en alquiler. En el ejercicio 2009 ha satisfecho por este concepto al arrendador la cantidad de 6.960 euros anuales.
La base imponible general del contribuyente en el ejercicio 2009, que tributa de forma individual, ha ascendido a 16.820,50 euros y la base imponible del ahorro a 612,25 euros.
Determinar el importe de la deducción por el alquiler de la vivienda habitual en el ejercicio 2009.
Solución:
- Cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual ……………………………….. 6.960,00
- Base máxima de la deducción: Al ser su base imponible superior a 12.000 euros, la base máxima de deducción se determinará restando de 9.015 euros el resultado de multiplicar por 0,75 la diferencia entre la base imponible y 12.000 euros anuales.
- Es decir: 9.015 – [0,75 x (17.432,75 – 12.000)] …………………………………………….. 4.940,44
- Importe de la deducción (4.940,44 x 10,05%) …………………………………………………. 496,51
- El importe de la deducción así determinado se hará constar en la casilla 716 de la página 13 de la declaración.
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hola, si en la declaracion del 2009 no incluí la deducccion por alquiler, porque lo desconocía, puedo recuperar eso ahora? podría hacer una complementaria si ya han pasado 3 años?
gracias
Puedes presentar un escrito utilizando el siguiente modelo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/modelos-y-plantillas/modelo-solicitud-de-rectificacion-de-la-autoliquidacion-y-de-devolucion-de-ingresos-indebidos/
Salu2.
Hola. No hace falta que hagas la complementaria. Si quieres la puedes adjuntar pero no es necesario. Puedes pedir que te modifiquen las declaraciones hasta 4 años después del último día para entregarla. La declaración del 2008, tiene como fecha límite de modificación el 30 de junio del 2013.
saludos
Hola, mi nombre es david, y necesito ayuda acerca del las deducciones por alquiler de vivienda.
Mi caso es: somos 3 estudiantes pagando cada uno 150 euros al mes (durante el periodo lectivo «9 meses»)mi pregunta es
¿se puede integrar este dinero en las deducciones de mi borrador? ¿y cual es la cantidad a poner? ¿es necesario algun dato del dueño del piso?.
Gracias por adelantado. urge una respuesta a ello porfa. un saludo.
Sí, lo podéis deducir.
Lo ideal sería que tuvieras su NIF y la referencia catastral.
Salu2.
yo creo que no porque en vuestro caso no es vivienda habitual (debe constar ese uso en el contrato), pero no soy ningun experto
Hola,
Vivo en alquiler con un contrato a mi nombre sin estar empadronada en el piso donde vivo. Mis ingresos anuales son inferiores a los 24.020 euros y resido en Catalunya.
Me puedo deducir el 10,05% del alquiler sin estar empadronada en el piso donde vivo?
Gracias
Sí, puedes hacerlo.
Te recomendaría para no tener problemas con el fisco que te empadronaras en dicha vivienda.
Salu2.
Hola,
Todo este año pasado he vivido de alquiler con mi pareja.
Cumplo todos los requisitos para desgravarme el alquiler pero…
La titular del contrato era ella y yo aparecia en una clausula como que vivia en él. Ella pagaba cada mes al propietario por transferencia y yo le hacia transferencia a mi pareja tambien cada mes poniendo en el concepto que la transferencia era para pagar el alquiler del mes X.
Tengo los extractos de estas transferencias.
¿Puedo desgravarme el alquiler y usar los extractos como prueba en caso de que me inspeccionen?
Ya pregunté en hacienda y la chica, manual en mano, me dijo que no, asi que no me fio mucho. Donde podria averiguarlo feacientemente??
Muchas gracias
Deberías de incluirte en el contrato, y si no estás puede que haya problemas.
Es cierto que con los recibos es un buena prueba… pero tú verás si quieres una inspección.
La única forma de asegurarte es haciendo una consulta vinculante en la Agencia Tributaria.
Salu2.
Hola,
El pasado año estuve de alquiler en dos sitios distintos por tema de trabajo y este año estoy en otro distinto.
Mi pregunta es si puedo meter los 2 alquileres para la deducción estatal y la autonomica. En la deducción autonomica he visto que solo me permite poner un NIF, por lo que intuyo que solo me puedo deducir de un alquiler, verdad? Pero en la estatal te permite meter varios, así que creo que puedo meter los dos ¿que me decis, se pueden meter los dos o hay alguna norma que te lo impida?
Otra de mis dudas es cuando pongo la vivienda actual (página 1 del programa PADRE) ¿pongo la dirección donde estoy a día de hoy o la que tuve en el ejercicio fiscal? ¿Y si es la del ejercicio fiscal cual pongo la primera o la segunda?
Sí, siempre que cumplas los requisitos exigidos por ambas deducciones.
En la autonómica aunque sólo permita meter un NIF, yo creo que se podría poner lo de los 2, siempre que habéis ingresado la fianza y habéis registrado el contrato como exige.
De todas formas, te recomiendo que pidas cita previa y lo consultes a un tecnico de hacienda.
Salu2.