Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:
En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir el Subsidio especial de los 52 años del REASS.
Además de cumplir los requisitos generales del Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS, a excepción de la acreditación de joranadas, deberá:
- Haber cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
- Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.
¿Cuál es la duración del subsidio?
La duración de la ayuda es de 360 días.
Una vez agotado el primer derecho a esta subsidio, se reanudara cada 12 meses, por la duración correspondiente, hasta que el trabajador alcance la edad para acceder a cualquier tipo de jubilación, sin necesidad de acreditar joranadas, siempre que se solicite y cumpla con el resto de los requisitos.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
- La cuantía es el 80% del IPREM que se actualiza anualmente, para el 2017 es de 426 euros.
- Además durante la percepción del subisido, el servicio de empleo cotiza por ti los 2,87 euros diarios de la cuota fija del REASS
Artículos relacionados:
Para cobrar a los 52, si el los últimos 5 años has estado de baja por enfermedad algunos meses. Habiendo solicitado todos los años pero sin llegar a consumirlos totalmente , se pierden los derechos? Gracias
No entiendo muy bien la situación. Acude a SEPE y pregunta.
Si se suspende la ayuda por enfermedad o por trabajo, se puede reanudar después.
Me refería a que si no había consumido un año los 180 días por haber pasado un año desde la solicitud.
Sigo sin enterarme. Llama al 901 119 999
pepi mi pregunta e leido que los beneficiario del empleo comunitario 1983 le ecigen 20 peonadas de esa peonadas se puede conputar con las del plan de empleo rural o no
No te entiendo muy bien, consulta en el SEPE o llama al 901 119 999
Buenos Días, mi pregunta es la siguiente
Una persona que solicita en 2015 el subsidio desempleo agrario en Andalucía, para mayores de 52 años, tiene que acreditar haber realizado peonadas?
Gracias
No, para el de mayores de 52 años no se requiere peonadas.
Si un CON 49 años solicite el desempleo con mis 35 días, pero no llegue a cobrarlo entero por estar de baja y pasar el año desde la solicitud.
Ahora con 52 puedo cobrar sin peonadas o tengo que seguir teniendo jornadas hasta los 65.
La ayuda de los 52 años no exige peonadas.
Salu2.
Hola, mi pregunta es la siguiente
Una persona que solicita en 2015 el subsidio desempleo agrario en Andalucía, para mayores de 52 años, no tiene que acreditar peonadas,y para los que no cobran subsidio y tienen mas de 60 años y quieren mantener la tarjeta sanitaria hay que acreditar peonadas?
Saludos y gracias
Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/21/subsidio-especial-de-los-52-anos-del-reass/#ixzz3mVZPhF3X
Cuidado que son cosas independientes.
Si tienes derecho a la ayuda de mayores de 52 años, es que has cotizado lo suficiente para que te concedan esa ayuda. Y durante la percepción de la ayuda, el SEPE cotiza por ti a la seguridad social y por lo tanto tener derecho a la tarjeta sanitaria.
Si una persona con 60 años, no tiene derecho a la ayuda de 52 años, por lo tanto, da igual su edad, es tratado como si tuviera 20 años o 30… y ha de tener peonadas para seguir en el régimen agrario y por lo tanto, tener la tarjeta sanitaria.
De todas formas, una persona que esté en el paro, y dado de alta en la demanda de empleo, tiene derecho a la tarjeta sanitaria:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/09/17/los-parados-y-la-sanidad-gratuita/
Sal2.
Teniendo 15 años cotizados en reass y cobrando actualmente la renta agraria, tengo 48 años cual tenga los 52 años podría solicitalo subsidio para mayores de 52 años del s.e.a.s.s.
Sí, claro.
Entonces para cobrar a partir de los 55 años la ayuda sin peonadas tengo qe tener un mínimo de 15 años cotizados en la rama agraria o me sirven de la rama general?
Las condiciones son:
– Haber cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
– Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.
El segundo punto se puede cumplir por cotizaciones de diferentes régimenes.
Salu2.
Buenos días, me surge una duda.
El dia 12 de enero 2016 cumplo los 52 años, pero tengo que solicitar el subsidio el día 12 de diciembre de 2015… dentro de poco…
mi duda es: ¿cuando solicito el paro?
En diciembre como vengo haciendo siempre o me espero a cumplir los 52 años en enero y ya entraría con el subsidio de los 52 o NO?
Es que no se qué debo hacer porque como para solicitar el paro te dan solo 15 días, y yo cumplo los años poco después….
Espero su respuesta gracias.
Debes de pedir las ayudas en su plazo correspondiente, si te pasas, después no lo podrás pedir.
Quizás una vez cobrando el subsidio normal, al cumplir la edad de 52 años, puedes pedir el cambio de la ayuda.
Todo esto, lo mejor es que te lo diga en SEPE.
Salu2.
Hola, tengo que solicitar el subsidio agrario a primeros de Enero pero si lo solicité el año pasado también…Cuántas personadas necesito este año??. 20 o 35 como el año pasado??. Y lo que ha aprobado el Gobierno de 20 peonadas ya no está en vigor para los que cobramos el subsidio agrario??
35.
Lo de 20 peonadas ya caducó.