Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:
En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir el Subsidio especial de los 52 años del REASS.
Además de cumplir los requisitos generales del Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS, a excepción de la acreditación de joranadas, deberá:
- Haber cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
- Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.
¿Cuál es la duración del subsidio?
La duración de la ayuda es de 360 días.
Una vez agotado el primer derecho a esta subsidio, se reanudara cada 12 meses, por la duración correspondiente, hasta que el trabajador alcance la edad para acceder a cualquier tipo de jubilación, sin necesidad de acreditar joranadas, siempre que se solicite y cumpla con el resto de los requisitos.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
- La cuantía es el 80% del IPREM que se actualiza anualmente, para el 2017 es de 426 euros.
- Además durante la percepción del subisido, el servicio de empleo cotiza por ti los 2,87 euros diarios de la cuota fija del REASS
Artículos relacionados:
en el regimen general mientras se cobra el subsidio mayores de 52 años cotizan por ti el 125% ¿y en la renta agraria cuanto se cotiza? se que los 86 euros del sello pero eso equivale al 125% igual que en el otro regimen o no.Gracias
Es totalmente diferente…
Durante la percepción del subisido, el servicio de empleo cotiza por ti los 2,87 euros diarios de la cuota fija del REASS
Tengo una duda,estoy recibiendo el subsidio especial agrario de mayores de 52 años,por un lado me dicen que ya no tengo que presentar ninguna peonada para volverlo a solicitar cuando se me agote,pero por otro me dicen que cada 6 meses tengo que presentar alguna o me deran de baja immediatamente.Ya he preguntado en el SAE y en la tesoreria de la SS pero cada vez me lian mas.Podriais aclararme por favor cual es cierta?.Se lo agradeceria de verdad.
Según leo yo de las normas, no hace falta que presentes ninguna jornada más.
Salu2.
Hola buenas, mi madre cumple 52 años en julio y tiene que solicitar el subsidio agrario en Agosto con catorce años cotizados, he leido por aqui que por cada hijo te dan 112 dias de cotización mas o menos, en mi casa somos tres, pero no estamos a cargo de ella, todos somos mayores de dieciocho pero vivimos en el mismo domicilio, mi pregunta es: ¿accedería al subsidio de mayores de 52 años?
Gracias!
La cuestión es haber tenido hijos, no que los hijos sean menores.
Salu2.
Hola, teg 51 años y cobro el subsidio agrario. Reuno todas las condiciones para poder cobrar el proximo año que cumplo 52 años)el subsidio para mayores de 52. ¿con las nuevas normas que elevan esa edad a 55, afecta tambien a los trabajadores agricolas com es mi caso? Gracias y un saludo
No, no les afectan, al menos no he leído nada del real decreto.
Salu2.
Me ocurre lo mismo que ha manolo cobro el subsidio agrario tengo 52 años y el jueves 26 tengo la cita para echar los papeles me afecta esta medida.
Saludos
No dice nada en el real decreto:
– Real decreto
Salu2
Mi duda es la siguiente:
Tengo 53 años, con unas cotizaciones totales a la S.Social de 11 años, de los cuales; desde el 01/06/2002 hasta hoy, he estado cotizando y dada de alta como trabajador en el R.E.A. por cuneta ajena. He solicitado la Renta Agraria, y me la han denegado por no tener cubierto en el REASS, en los 12 meses anteriores, un mínimo de 35 jornadas (letra d, del nº 1, del art. 2 del Real Decreto 426/2003, de 11 de abril. Mi pregunta es: Tengo derecho a la Renta Agraria, por ser mayor de 52 años. O es requisito, como dicen; reunir un periodo minimo de cotización necesario para acceder a la misma. ¿15 años?.
Muchas gracias.
Te han denegado por no tener los 35 jornadas, cosa que es imprescindible para recibir esta ayuda.
Hola! pues mi madre cumple este mes 53 años, pero no tiene cotizados los 14 años minimos obligatorios para acceder al subsidio de mayores de 52 años. Puede ser que la llamen para trabajar pero no seria para el campo, sino un trabajo del regimen general; cuando termine el contrato (si se lo hicieran) podría solicitar la ayuda de mayores de 52, teniendo cotizado ya lo mínimo que exigen o la pasarían al regimen agrario nuevo con sus consecuencias?
Aquí estamos hablando de las ayudas de REASS.
Si quieres información sobre el subsidio de mayores de 52 años, ahora 55 años, leete el siguiente artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/02/09/convenio-especial-de-trabajadores-perceptores-del-subsidio-de-desempleo-para-mayores-de-52-anos/
Salu2.
Hola, mi preguna es la siguiente estoy cobrando el antiguo Reass desde mayo, cumplo los 52 en septiembre podria solicitarlo en noviembre una vez que termine esté o tendria que esperar.
Si cumples 52 años, puedes pedir este subsidio especial.
Acude a SEPE y consulta por tu caso.
Salu2.
hola cumplo en noviembre los 52 años soy trabajador del campo y cumplo todos los requisitos para cobra el subsidio agrario todo el año lo tengo que solicitar en diciembre y mi pregunta es me afecta la nueva ley de los 55 o a los del campo no nos afecta GRASIAS
No, lo de 55 años es para la ayuda de los trabajadores del régimen general.
Salu2.
hola si se cobra una pension de viudedad de 478 euros 14 pagas se puede cobrar el subsido mayores 52 años gracias
No, superas en rentas permitidas.
Salu2.