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21 de marzo de 2011

Subsidio especial de los 52 años del REASS

Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:

En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir el Subsidio especial de los 52 años del REASS.

¿Qué requisitos debe cumplir?

Además de cumplir los requisitos generales del Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS, a excepción de la acreditación de joranadas, deberá:

  • Haber cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
  • Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.

¿Cuál es la duración del subsidio?

La duración de la ayuda es de 360 días.

Una vez agotado el primer derecho a esta subsidio, se reanudara cada 12 meses, por la duración correspondiente, hasta que el trabajador alcance la edad para acceder a cualquier tipo de jubilación, sin necesidad de acreditar joranadas, siempre que se solicite y cumpla con el resto de los requisitos.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

  • La cuantía es el 80% del IPREM que se actualiza anualmente, para el 2017 es de 426 euros.
  • Además durante la percepción del subisido, el servicio de empleo cotiza por ti los 2,87 euros diarios de la cuota fija del REASS

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525 comments to Subsidio especial de los 52 años del REASS

  • jose,

    buenas tardes, ante todo gracias por su ayuda e informacion,,le queria preguntar por favor,tengo 55 años se necesita echar algunas peonadas, para solicitar la ayuda agraria de los 426 euros,? me habian comentado que aunque no tuviera peonadas, por tner 55 años se podia solicitar,le recuerdo, llevo en regimen agrario desde el 2010, echando jornales, y en total en este regimen llevo unos 8 años,pero ahora no tengo ningun tipo de ayuda, y no tengo posibilidad de jornales ,gracias un saludo,,

  • pablo

    Acabo de cobrar el sudsidio agrario en Septiembre, cumplo los 52 años en Octubre, cumplo todos los requisitos para cobrar la prejubilación de los 52. ¿Tendría que echar el paro en Abril de 2017? ¿Tendría que poner peonada para solicitarlos con los 52 años ya cumplidos? y ¿tendría que esperar hasta Abril o podría solicitarlo antes?

    • La de 52 años no requiere peonadas.

      Nada más cumplir los 52 años acude a SEPE y pide información.

      Yo creo que puedes solicitar la ayuda desde entonces.

      Salu2.

  • juan amores agea

    tengo 51 años estuve en regimen agrario del 01.04.1983…hasta el 31.del 12 de 1988 y ahora llevo en los ultimos tres años 737 dias en el regimen agrario yo me puedo a acoger a alguna ayuda»»’?????del subsidio de paro….me detectaron un cancer y e estado año y siete meses de baja por lo cual no pude presentar jornales ….espero ayuda por favor

    • Si has estado más de 12 meses sin hacer jornadas, te «echan» de dicho régimen.

      ¿Has estado de baja? acude a la Seguridad Social y consulta tu situación.

      Salu2.

  • andres

    Si se llevan dos años cobrando el subsidio especial agrícola para mayores de 52 años y el tercer año me lo deniegan por pasarme de las rentas,tendría que reunir 5años consecutivos de cobrarlo nuevamente? Si es así el cuarto año me harían falta jornales de nuevo para solicitarlo? Ya no cobraría 365 días?

    • Creo que no. En realidad te han suspendido tu ayuda por pasarte de las rentas, y nada más volver a cumplir las condiciones puedes solicitar la reanudación de la ayuda, no solicitar una nueva.

      Eso sí, debes de preguntar qué plazo te dan para poderlo reanudar. Además asegúrate de las condiciones para poder solicitar la reanudación.

      Salu2.

  • andres

    Entonces quiere decir que una vez que has cobrado un año el subsidio reass mayores de 52 ya no necesitas jornadas aunque te lo suspendan un año? Porque me han dicho que me lo suspenderían justo un año

    • Ya te lo están indicando, que te suspende un año, y por lo tanto después se puede reanudar.

      Acude a SEPE y pide aclaraciones para evitar sustos.

      Salu2.

  • Eva Martinez

    Se puede cobrar el subsidio agrario si cobro pensión de viudedad?

  • juan

    Estoy cobrando el subsidio reass mayores de 52 y próximamente voy a recibir una herencia de la mitad de una casa y unas tierras.me quitaran el subsidio?podré trabajar las tierras y tributar por módulos las ganancias de estas tierras sin que me quiten el subsidio?.es incompatible el subsidio con el cultivo de tierras?.tengo que aclarar que los ingresos netos de estas tierras si tributo por módulos serian de unos3000€ solamente y solo tendría esos ingresos y lo que cobro de subsidio que supongo que no cuenta para el límite de rentas,es decir que no me pasaría del salario minimo

    • Si tienes ingresos que supere los límites, te dejarán de pagar el subsidio.

      Cuando heredes, tienes un incremento de patrimonio y debes de comunicarlo y te suspenderán la ayuda, y lo podrás reanudar después.

      Acude a SEPE y consulta las condiciones.

  • juan

    Un empleado del sepe me ha dicho que si tengo un incremento de patrimonio que supere el limite y que se declare en el irpf me quitaran el subsidio,que el sepe en lo que se basa es en el irpf.pregunté a un gestor y me dijo que tengo que declarar en el impuesto de sucesiones pero como en el de la renta no figura porque ya se ha liquidado el impuesto de sucesiones y no tendría que declararlo en el irpf,ya que no tengo incremento de patrimonio,pues no tendría que declararlo al solicitar el subsidio en las rentas y como ellos se basan en el irpf y tampoco aparece nada,no tendría problema para que me lo concedieran.tengo un lío que no se que será lo correcto

  • narciso bernal r.

    a mi señora le han denegado el subsidio agrario por tener yo una base de cotizacion que supera el limite para ello, siempre han tomado la declaracion de la renta, y mi pregunta es ¿ como se tiene en cuenta mis ingresos como base de cotizackion, si yo soy autonomo y SIEMPRE se ha tenido en cuenta mi declaracion de la renta ?, la subida de mi base de cotizacion es para tener una jubilacion más digna, no es mi nivel de renta. Gracias.

  • Loli

    Hola tengo 50 años y el rejimem grario antiguo tengo ke solicitar el paro en Dicienbre.Estoy trabajando en una campaña agricola . Me epuesto emferma y no se si puedo cjer la baja, porke todavia me faltan 15 peonadas.lo puedo solcitar despues? No me afecta para cobrar lode los 52? El pasado año solicite el dia 1 de dicienbre.cracias…un saludo.

    • Si tienes 50 años, no tienes derecho a coger la ayuda de los mayores de 52 años…

      En cuanto, al tema de las peonadas, tienes que acumular las suficientes para poder coger la renta agraria.

      Salu2

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