Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:
En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir el Subsidio especial de los 52 años del REASS.
Además de cumplir los requisitos generales del Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS, a excepción de la acreditación de joranadas, deberá:
- Haber cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
- Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.
¿Cuál es la duración del subsidio?
La duración de la ayuda es de 360 días.
Una vez agotado el primer derecho a esta subsidio, se reanudara cada 12 meses, por la duración correspondiente, hasta que el trabajador alcance la edad para acceder a cualquier tipo de jubilación, sin necesidad de acreditar joranadas, siempre que se solicite y cumpla con el resto de los requisitos.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
- La cuantía es el 80% del IPREM que se actualiza anualmente, para el 2017 es de 426 euros.
- Además durante la percepción del subisido, el servicio de empleo cotiza por ti los 2,87 euros diarios de la cuota fija del REASS
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soy juan otra vez.Te refieres ha haber cobrado los ultimos 5 años un subsidio agrario,a que en los ultimos 5 años anteriores a cumplir los 52 años devo de haber cobrado esos mismo 5 años(todos los años) la renta agraria, o en los ultimos 5 años antes de cumplir los 52 años haber cobrado una sola vez la renta agraria,esa es mi gran duda.Muchisimas gracias
Tienes que haber percibido en los últimos 5 años un subsidio agrario.
Si en los últimos 5 años antes de cumplir los 52 años lo cumples, cobras la ayuda. Si no es así, cuando cumplas ambos requisitos, tener más de 52 años y haber cobrado en últimos 5 años un subsidio agrario.
Salu2
Estoy cobrando el subsidio reas para mayores de 52 años. ¿puedo hacer alguna peonada sin perder lo?
Sí, claro. Para cobrar la ayuda no exigen peonadas, pero si lo haces, no significa que te lo vayan a quitar.
Salu2.
He sido autónomo, hasta febrero, 25 años, tengo 52, me van a hacer un contrato para trabajar en el campo, de 1 año, cuando acabe a que tengo derecho?
Pues al menos a una prestación de desempleo que durará 4 meses:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/03/27/%C2%BFcuales-son-los-requisitos-para-acceder-a-las-prestaciones-del-paro/
Después en función de tu situación familiar e historial de cotizaciones, es posible que te den alguna ayuda más, como el subsidio de desempleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
y después la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
He supuesto que trabajas para el campo, dentro del régimen general.
las peonadas del per valen para el subsidio mayores de 52 años
Son de diferente régimen (referente a la contingencia de desempleo). Cada cotización sirve para su régimen.
En cuanto a la contingencia de jubilación, sí que se podría mezclar.
Salu2.
Hola,¿Cuanto suele tardar el inss en contestar si tengo los años cotizados para cobrar el paro de los 52?Eche el paro el dìa 20 de abril, Gracias.
La tramitación general de las solicitudes en SEPE es de 2 meses, y como muchísimo 3 meses.
Salu2.
se necesitan algunas peonadas para poder solicitar por primera vez el subsidio reass mayores de 52 años.
No, no hace falta.
Eso sí, tienes que tener cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.
cuantos años son de cotizacion para que no te hagan falta las peonadas
Para poder cobrar la de 52 años:
Haber cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.
Para el segundo punto, se requiere tener 15 años cotizados por la contingencia de jubilación.
Salu2.
Hola, tengo 32 años y en estos momentos vivo con mis padres, mi situación es que ahora estoy trabajando y cobro unos 1300 brutos. Mi madre cobra el antiguo PER para mayores de 52, mi duda es si mis ingresos computan como renta familiar o sólo se tienen en cuenta la de los hijos menores de 26?
Generalmente la unidad familiar cuenta, el cónyuge e hijos menores de 26 años.
Pero tienes que consultar en las condiciones de la ayuda que percibes.
Salu2.
Hola,yo voy a empezar a cobrar el subsidio de los 52,del régimen especial.
Si trabajo 5 o 10 días ya no cobro el subsidio ese mes?
Esos días no se cobra la ayuda, pero el resto de los días, sí.
Tienes que suspender la ayuda y reanudarlo después.
Salu2.
Soy una mujer de 53 años . Tengo aprobados los 305 días de subsidio y he trabajado en el año 120 días. Cuanto me corresponde cobrar ?
La ayuda mayor de 52 años no depende de lo cotizado, siempre son 426.
La que cambia es la Renta Agraria:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/15/la-renta-agraria/
Así, que depende de la ayuda que vayas a pedir.