La jubilación anticipada es un derecho que tienen determinados trabajadores por su condición de mutualista o porque han cotizado al menos 30 años y se han quedado en desempleo.
Cuando una persona se prejubila antes de tiempo, no cobrará el 100% de su pensión de jubilación, sino que hay que aplicarle unos coeficientes reductores.
16 de Marzo 2013:
¿Quién se puede prejubilar?
Para poderse prejubilar se ha de cumplir ciertos requisitos que en el caso de los Mutualistas son:
- Tener al menos 61 años de edad.
- Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
Los NO Mutualistas además tienen que cumplir las siguientes condiciones:
- Tener al menos 30 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
- El cese del empleo no debe de ser imputable al trabajador, es decir el cese ha de ser involuntario, salvo en el caso de tener la condición de mutualista.
- Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.
¿Qué son los coeficientes reductores?
Los coeficientes reductores son un porcentaje de rebaja de la pensión de jubilación por cada año que se delante de la edad de jubilación, es una penalización por jubilarse antes de tiempo.
¿Cuáles son los coeficientes reductores?
No existe un tipo único de coeficiente sino que depende de los años que haya cotizado el trabajador que se vaya a prejubilar.
Por regla general y para ceses involuntarios de su empleo los coeficientes en función del tiempo cotizado son:
- Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados: 7,5 %.
- Entre 35 y 37 años completos de cotización acreditados: 7,0 %.
- Entre 38 y 39 años completos de cotización acreditados: 6,5 %.
- Con 40 o más años completos de cotización acreditados: 6,0 %.
En el caso de los mutualistas con menos de 30 años cotizados o que se hayan dado de baja de forma voluntaria, el coeficiente reductor que se aplica es del 8% por cada año que se adelanta de la edad de jubilación.
Artículos relacionados:
Tengo cotizado antes del año 67, y mas de 40 años de cotización, ¿que coeficiente reductor me aplican si me jubilo que 61 años, ? ¿ y con 62 años?.
Haz tus cáculos en función de los datos del artículo.
Salu2.
Buenos dias: Tengo 56 años. Si la empresa en la que he estado trabajando me ha destinado una cantidad mensual -(para subsistir y pagarme el convenio con la ss)- mediante una casa aseguradora hasta completar los años de cotizacion, puedo acogerme al subsidio de desempleo para mayores de 56 años y pagar al mismo tiempo un convenio especial con la ss o al recibir una cantidad mensual de dicha aseguradora solo podria afrontar los pagos del convenio sin dicho subsidio por mayor de 53 años. Un saludo por su amabilidad.
Eso dependerá del tipo de convenio que tengas.
Pide información en la seguridad social.
Salu2
Tengo 43 años y 6 meses, con 45 años cotizados y termino el paro en junio, ¿me interesa
jubilarme ya con una reducción de un 12% o esperar 6 meses con una reducción del 6%?
Por 6 meses yo esperaba…
Salu2.
Tengo 59a. con 40a. cotizados, estoy en un ere.Si me despiden,el mes que viene, ¿cuando llegue a los 61a. ( dos de paro )me podre acoger a la jubilacion antizipada?. ¿La reduccion seria del 24% de la base reguadora?.
Yo creo que sí, ya que has perdido tu empleo antes de marzo de 2011.
En cuanto a las reducciones, te aplicarán la de 4 años por 6% anual:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
Salu2.
Buenos dias: Si yo tengo 41 años cotizados y empece a trabajar en el año 1975. Si me jubilo a los 63 años el cuadro reductor es de un 6 por ciento cada año o bien por no haber empezado antes de 1967 es de un 7,5 por ciento. Saludos.
Si tienes más de 40 años cotizados te aplican un 6% anual.
Salu2.
en la actualidad tengo 55 años estoy cobrando el subsudio
de desempleo mayores de 52 años desde abril del 2011 suponiendo que hasta la edad de 63 años no encuentro trabajo representa que habre estado cobrando durante 9 años
el subsidio dado que en la actualidad tengo 34 años cotizados como me afectaria y cuanta paga aproximadamente
me quedaria en en futuro teniendo en cuenta que durante los ultimos 22 años la media de mi base do cotizacion asciende a 1350 euros.
Ten en cuenta que para cuando te jubiles tendrás 34 + 8 años cotizados.
Te aplicarán un factor de reducción del 6% sobre 2 años (tu edad de jubilación es a los 65).
Por otro lado se utilizará para el cálculo de tu pensión la base de los últimos 20 años, teniendo en cuenta que mientras percibes el subsidio cotizan por tí por el 125% del SMI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/01/13/smi-2011-salario-minimo-interprofesional/
que irá variando anualmente.
Salu2.
TENGO 58 AÑOS, 41 AÑOS COTIZADOS,ACTUALMENTE ESTOY EN ACTIVO,QUIERO TRABAJAR HASTA LOS 60, COBRAR EL PARO DOS AÑOS, TENDRIA 62 AÑOS,Y COBRAR UN AÑO MÁS DEL SUBSIDIO MAYORES DE 52 AÑOS, LLEGAR HASTA LOS 63 A.,SOLICITAR LA PENSIÓN, QUIERO SABER QUE BASE DE COTIZACIÓN SERA APLICADA LOS TRES ULTIMOS AÑOS.GRACIAS.
Durate el paro, la base de cotización es la misma que la que tienes ahora que estás trabajando, bueno la media de los últimos 6 meses antes de quedarte en el paro.
Mientras se recibe el subsidio para mayores de 52 años, se cotiza al 125% del SMI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/01/13/smi-2011-salario-minimo-interprofesional/
Salu2.
buenos días, tengo 57 años y 34 años cotizados, y en este momento en la empresa estamos con un ERTE, en la empresa nos están ofreciendo 30 días por año, dudo:
-si me acojo a este despido, ¿me podré jubilar con 61 años con la ley antigua (jubilación a los 65 años)?, ¿tendría que esperar hasta tener cotizados 38,5 años?, ¿tendría una reducción del 28%?.
-en toda la información que he leido es que la nueva ley no sería aplicada hasta el 2027.
-en este caso, ¿me interesa acogerme a este despido?
Gracias por su información, felicitarles por esta página que espero sigan manteniendo, pues aclaran muchas situaciones.
Charo
Yo creo que sí y te podrás prejubilar a los 61 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
La nueva ley no entrará en aplicación plena hasta el 2027, desde ahora hasta el 2027 hay un periodo transitorio que viene determinado en la nueva ley.
Pero la ley ya ha entrado en vigor para las prejubilaciones y en 2013 entrará en vigor para el resto de las cosas de la ley.
Si te interesa o no, acogerte al despido, eso lo tendrás que valorar la viabilidad de la empresa… ya que si más adelante cierran, puedes que te quedes sólo con una indemnización de 20 días por año trabajado.
Salu2.
tengo firmado un contrato de prejubilacion con mi empresa firmado en 2009 con edad de 53 años cosa k pasara en febreo del 2014 a dia de hoy llevo 34 años cotizados y 29 años en esta empresa mi base de cotizacion es la maxima actualmente mi sueldo son de 51000 euros al año.cuanto seria mi reduccion muchas gracias.
Te acogerás a la nueva ley y la cosas va a cambiar:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/nueva-ley-de-jubilacion/
Salu2.
se me olvido preguntar si me podre jubilar al cumplir los 61 años con la nueva ley.gracias
Sí, si es por un despido por causa de la crisis.
Salu2.