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17 de marzo de 2011

Jubilación anticipada y Coeficientes reductores de la jubilación.

La jubilación anticipada es un derecho que tienen determinados trabajadores por su condición de mutualista o porque han cotizado al menos 30 años y se han quedado en desempleo.

Cuando una persona se prejubila antes de tiempo, no cobrará el 100% de su pensión de jubilación, sino que hay que aplicarle unos coeficientes reductores.

16 de Marzo 2013:

¿Quién se puede prejubilar?

Para poderse prejubilar se ha de cumplir ciertos requisitos que en el caso de los Mutualistas son:

  • Tener al menos 61 años de edad.
  • Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.

Los NO Mutualistas además tienen que cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener al menos 30 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
  • El cese del empleo no debe de ser imputable al trabajador, es decir el cese ha de ser involuntario, salvo en el caso de tener la condición de mutualista.
  • Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.

¿Qué son los coeficientes reductores?

Los coeficientes reductores son un porcentaje de rebaja de la pensión de jubilación por cada año que se delante de la edad de jubilación, es una penalización por jubilarse antes de tiempo.

¿Cuáles son los coeficientes reductores?

No existe un tipo único de coeficiente sino que depende de los años que haya cotizado el trabajador que se vaya a prejubilar.

Por regla general y para ceses involuntarios de su empleo los coeficientes en función del tiempo cotizado son:

  • Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados: 7,5 %.
  • Entre 35 y 37 años completos de cotización acreditados: 7,0 %.
  • Entre 38 y 39 años completos de cotización acreditados: 6,5 %.
  • Con 40 o más años completos de cotización acreditados: 6,0 %.

En el caso de los mutualistas con menos de 30 años cotizados o que se hayan dado de baja de forma voluntaria, el coeficiente reductor que se aplica es del 8% por cada año que se adelanta de la edad de jubilación.

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542 comments to Jubilación anticipada y Coeficientes reductores de la jubilación.

  • carla

    a mi padre (64 años)le falta un año para su jubilacion. ha estado cotizando durante 47 años y jamas ha cobrado del paro.Hace 2 meses sufrio una embolia y le ha quedado mas del 50% del cuerpo invalido y no podra volver a trabajar… Le van a dar la jubilacion anticipada y podra cobrar el 100 %? tendra alguna ayuda mas? gracias

    • Le quitarán el 6% al prejubilarse con 1 año de antelación, pero lo que puede hacer es irse al paro durante 1 año y después jubilarse y de esta forma no le aplicará los coeficientes reductores.

      Habla con recursos humanos de su empresas.

      Salu2.

  • carlos

    en mayo cumplo 55 años y van a despedirme en abril y me dicen que la empresa tendria que pagar un conbenio con la seguridad social para la jubilacion a los despidos de mas de 55 años hasta que se puedan jubilarse . mi pregunta es esto es asi y si es asi yo puedo acojerme por un mes

  • Irene

    Hola, quería hacerle una pregunta, si una persona tiene unos diez años cotizados y cae enferma y en ese momento no está trabajando pero sí como demandante de empleo en el Inem,si no hay mejoría ¿le reconocerían una pensión permanente? ¿le quedaría lo mismo que si le pilla trabajando?

    Gracias

  • maria jose rodriguez

    Tengo 64 años. He solicitado como funcionaria retrasar mi edad de jubilación hasta los 70 años.¿¿Qué plazo tienen para contestarme? Pasado ese plazo, el silencio administrativo ¿es positivo?

  • JOSEP

    desde agosto de 2008 me encuetro en situcion de desempleo por finalizacion de contrato en otubre de2009 sub .52 años y convenio especial con la s.social en marzo de 2015 cumplire los 61años , me podre jubilar que tanto %tendre de penalizacion con mas de 42años cotizados ; ( si no encuetro un empleo )..

    • Según tus datos, tu edad de jubilación será a los 65 años.

      Al tener más de 40 años cotizados, el coeficiente reductor que te corresponde es el 6% anual.

      Así, te rebajará tu pensión en un 24% si te prejubilas a los 61 años.

      Salu2.

  • lIDIA

    El proximo mes voy a cumplir los 61 años y quisiera acogerme a la jubilación parcial pero solo tengo 29 años cotizados.
    Mi pregunta es si los 112 días que conceden por hijo nacido se suman a los 29 años cotizados pues tengo 3 hijos con lo que ya llegaria a los 30 años que piden.
    Gracias por vuestras respuestas.
    Un saludo.

    • Según tengo entendido los 112 días que da por parto de un hijo sólo se contabiliza para el periodo mínimo cotizados de 15 años para acceder a la pensión de jubilación y creo que no es aplicable en este caso.

      Haz una consulta en la seguridad social.

      Ya nos contarás.

      Salu2.

  • LuisME

    LLevo cotizados 45 años. Cumplo 60 años el 7-7-2011. Me despidieron el 20-2-2011 con 45 días/año (despido improcedente).
    Con la Ley actual (ya casi sustituida por la nueva), yo PODIA PREJUBILARME a partir de los 60 años, con una reducción del 6% por cada año anticipado.
    La nueva Ley entra en vigor en Enero de 2013, pero he leído algo que parece indicar que el tema de prejubilaciones se aplica desde YA. ¿Como me afecta a mí?
    ¿Cual es la fecha más próxima para poder prejubilarme?

  • Costel

    Hola.Tengo 52 anos de edad.y 31 de trabaho,soy desempleado,y my pregunta es. si pido el subsidio majores 52 anos,y cotizar en convenio especial hasta 67 anos ,los anos cotizados como se calcula para hubilasion. gracias

    • Por los datos aportados no vemos inconvenientes de que te concedan la ayuda.

      Mientras se perciba la ayuda, cotizan por tí por la pensión de jubilación al 125% del SMI.

      Este tiempo cotizado se suma a tus 31 años ya cotizados.

      Salu2.

  • JOSE

    seguira vigente cuando entre la nueva ley en 2013, que los mutualistas de antes del 1-1-67 se puedan pejubilar con 60 años.
    Gracias por su atención
    Saludos

    • Creo que no tiene mucho sentido…

      Si una persona ha cotizado antes del 1967, en 2013 cuando entre la nueva ley habrá pasado: 46 años.

      Salvo que hayas cotizado con 14 años, tendrás más de 60 años.

      Salu2.

  • eusebio

    estoy en paro mi pregunta es si me puedo juvilar alos 60 años teniendo todos los requisitos osea tengo cotizados 44 años y
    he cotizado antes del año 1965 los 60 años los cumplo en julio de este año

    • Acude a la seguridad social y consúltalo.

      En principio te diría que sí, pero parece ser que hay una nueva norma de la nueva ley que ya ha entrado en vigor y se aplica a las prejubilaciones anticipadas.

      Salu2.

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