Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:
En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir la Renta Agraria.
¿Qué requisitos se ha de cumplir?
- Haber residido y estar empadronado un mínimo de 10 años en alguna localidad de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
- Estar inscrito en el censo del REASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
- De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
- De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
- – De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
- Haber trabajado en el REASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un mínimo de 35 jornadas reales cotizadas (en 2020 se requiere 20 jornadas según el Real Decreto aprobado el 25 de febrero de 2020).
- Tener extinguido el subsidio agrícola o el REASS anterior y haber transcurrido al menos un año desde su nacimiento.
- Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
- Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Cuál es la duración de la ayuda?
Con carácter general la ayuda es de 180 días, salvo para mayores de 52 años que pueden disfrutar de 300 días.
¿Cuándo se paga la renta?
- Se inicia al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo se coloque o participe en acciones de inserción laboral, en cuyo caso se inicia al día siguiente de su finalización.
- El número máximo de días de percepción mensual será igual a la diferencia entre 30 y el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad.
¿Cuál es la cuantía de la renta?
Se calcula en función del número de jornadas reales cotizadas, cantidad que se actualiza anualmente (2020):
- De 35 a 64 jornadas: 430,27€.
- De 65 a 94 jornadas: 457,16€.
- De 95 a 124 jornadas: 489,43€.
- De 125 a 154 jornadas: 516,32€.
- De 155 a 179 jornadas: 543,22€.
- Desde 180 jornadas: 575,49€.
Además el servicio de empleo se encarga de abonar el importe de la cuota del REASS.
¿Cuál es límite familiar?
Cuando el solicitante conviva con otras personas en una misma unidad familiar (solicitante, cónyuge e hijos mayores de 16 años y menores de 26 años o mayores con discapacidad), únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, a los límites de acumulación de recursos siguientes:
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Soy trabajador del sistema agrario, estoy cobrando la ayuda de los 52 años, 450 euros, pero me estan quitando 27 euros, me dicen que es para mi jubilacion por el sistema agrario, eso es asi?
No sé la cuántía exacta, debe de ser esa. Te retiene parte de tu nómina para pagar la parte que te corersponde a ti de la SEguridad Social de jubilación.
Salu2.
Buenas tardes, me queda poco para agotar la renta agraria cuando termine está,si no encuentro trabajo puedo solicitar la renta activa de inserción RAI llevo más de un años parado,gracias
Claro, si cumples los requisitos de la RAI.
Salu2.
Hola soy el de antes ,añado que tengo más de 45 años,cuando me refiero a solicitar la RAI después de terminar la Renta agraria es si tendre derecho ,dejando un mes de espera entre una ayuda y otra,gracias
No, cuando cumplas los requisitos de 12 meses…
Salu2.
Buenos dias me falta poco para terminal la renta agraria,me dijo el funcionario que cuando la termine lo próximo que me pertenece solitar es la prestación contributiva por lo agrario,lo que no me aclaro es si para solicitar la prestación tengo que presentar jornadas por ejemplo 35,podré pedirla directamente sin presentar jornadas ?cuando termine la renta agraria?
No, tienes que hacer jornadas.
Tendrás acumuladas casi las 360 jornadas necesarias para la prestación:
– https://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/03/prestacion-por-desempleo-de-los-trabajadores-eventuales-agrarios/
Salu2.
Hola soy la de antes, no he entendido bien lo que quiere decir, es decir que necesito presentar jornadas para poder acceder a la prestación contributiva por lo agrario? Y si necesito jornadas me valdrian si echo algunos días en régimen General?
No, en el régimen agrario.
Pero has de trabajar y después pedir la prestación.
Salu2.
se puede anular la renta agraria si ha pasado mas de un año y no se ha terminado de cobrar para solicitar la nueva si tiene mas importe
Tienes que agotar primero.
Salu2.
Hace unos 15 años estuve pagando el sello agrario y cobrando el subsidio pero dejé de pagarlo y ahora hace 8 meses empecé de nuevo a pagarlo. Tengo mas de 20 años cotizados en el regimen agrario. ¿ podría solicitar la renta agraria o antes tengo que tener 12 meses ininterrumpidos de pagar el sello agrario?
Sí, 12 meses primero.
Salu2.
hola buenas , tengo 28 años y vivo con mi madre , ella tiene pension de viudedad y tambien cobra el paro , sus ingresos cuentan para yo poder cobrar la renta agraria ?
No debería.
Hola buenas, estoy trabajando en el campo y cobrando la renta agraria a la vez, la cosa es que no me están pagando y me quiero ir. Si me doy baja voluntaria pierdo la prestación agraria ya concedida?? Gracias!
Debes de solicitar la baja por incumplimiento del pago del empleador.
Si te vas voluntariamente, pierdes todos los derechos de las ayudas.
Salu2.
Buenos días, cotizo en el régimen de la renta agraria, por cuenta ajena (18 años). Mi pregunta es: hasta cuando dejo de presentar jornales para seguir cobrando el paro.
Gracias
Un saludo
NO entiendo la pregunta.
Hola buenas , si trabajo en mi explotacion y pongo aceitunas a mi nombre y quiero cobrar la renta agraria , tengo que presentar jornales por cuenta propia ? Gracias
Si es por cuenta propia… me temo que no tienes derecho a las ayudas.
Salu2.