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10 de febrero de 2011

Desgravaciones fiscales por trabajar en el extranjero

Debido a la globalización, cada vez son más normales los desplazamientos temporales de trabajadores al extranjero. Si eres uno de ellos, tienes que saber que existen desgravaciones fiscales por trabajar durante cierto tiempo fuera del territorio nacional.

¿En qué consisten estas desgravaciones?

Las retribuciones que se devengan durante los días de estancia en el extranjero están exentas del IPRF.

Es decir, si un trabajador que gana 40.000€ anuales y pasa 3 meses al año en el extranjero, el 25% de su sueldo, es decir 10.000€ está libre de libre de impuestos, y es como si sus rentas fueran 30.000€ y tributar por esta cantidad en la declaración de la renta.

¿Existe un máximo de desgravación?

Sí, el límite máximo exento de IRPF por estancia en el extranjero es de 60.100 euros anuales.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Que los trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero.
  • El trabajador debe desplazarse físicamente fuera del territorio español para prestar sus servicios, debiendo efectuarse los trabajos para una empresa o entidad no residente en España, lo que requerirá demostrar que esta empresa extranjera es la beneficiaria última de dicho trabajo.
  • Que en el país donde el trabajador realice los trabajos exista un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al impuesto español (IRPF) y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal.

¿Incompatibilidades?

Es incompatible esta exención con el régimen de excesos de dietas excluidos de tributación.

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127 comments to Desgravaciones fiscales por trabajar en el extranjero

  • watis

    te comento antecedente y luego mis dudas: todos sin gastos e impuestos

    26 julio de 2007 firmamos 2 personas escritura compra piso, precio compra 145520 euros, hipoteca 145000 euros ,, tasado en 195000 euros.

    15 julio de 2010 firmamos 2 personas escritura venta pisdo, precio venta 174000 euros, hipoteca que restaba 122026 euros. En esta fecha queda todo cancelado.

    En junio de 2011 voy a comprar yo solo un piso por 165000.

    La cuestion es ver como me afecta esta operacion, si puedo manejarla como vivienda habitual, si puedo acogerme a la execion por reinversion ,, ya que yo compro una vivienda que va a ser mi vivienda,, o si me tocaria devolver todas las desgravaciones y tributar por la venta.

  • Ismak

    HOla, he leido mucho acerca de que las retribuciones que se devengan durante los días de estancia en el extranjero están exentas del IPRF, pero no me queda muy claro. Uno de los requisitos es:

    «Que en el país donde el trabajador realice los trabajos exista un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al impuesto español (IRPF) y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal.»

    Significa esto que la parte de mis ganancias exentas de IRPF en España necesitaría declararlas y pagar impuests en el pasi extranjero donde he estado?.

    En el caso del ejemplo que pones, tendría que pagar impuestos en el pais extranjero por esos 10000 Euros?

    En mi caso estoy trabajando en Luxemburgo, de Marzo a Diciembre, en a Comisión Europea, pero a través de una empresa radicada en UK. Debo pagar por el 100% de mis ingresos en Luxemburgo en España? Parte en España y parte en Luxemburgo?
    Mi nucleo familiar sigue en España, por lo que Hacienda no me considera no residente.

    Gracias

    • Estarías exento de pagar por los ingresos obtenidos durante el tiempo que hayas trabajado en Luxemburgo, eso sí, la empresa de UK te aplicará retenciones de tu trabajo.

      Estas desgravaciones a fin de cuentas lo que pretende es evitar la doble imposición internacional.

      Salu2.

  • miguel

    buenas,

    tengo una duda:

    desde el 20 de enero mi empresa me ha trasladado a trabajar a Marruecos, alli ha creado una sucursal de la empresa empañola con numero de registro marroqui. desde el punto de vista de la seguridad social, mi empresa ha hecho la correspondiente comunicacion de traslado de trabajadores ha dicho pais. mi nomina sigue siendo abonada por la empresa española y mi contrato de trabajo no ha variado. el tiempo previsto para permanecer en Marruecos es superior a 6 meses.
    ¿con estas premisas a que tipo de desgravaciones tengo derecho?

    Muchas gracias de antemano y un saludo

  • Antonio

    Buenos dias me han comentado esta posibilidad de exencion fiscal pero no se si se adapta a mi. Me podriais ayudar.
    Mi caso es el siguiente:
    Desde hace 8 años tengo contrato de España pero mi contrato lo que llaman en Europa Commuter el 50% como minimo debo de estar fuera de España.
    El problema es que no voy siempre a un mismo pais voy a los paises en funcion de los projectos que se realizan, mi oficina esta en Holanda pero en los ultimos 4 años por ejemplo he tenido projectos en Brazil, USA, Colombia, Belica, China, UK.
    No es facil mirar donde he estado y cuando.
    Todo mi sueldo esta pagado en España y cuando viajo fuera est parte de mi trabajo.

    Muchas gracias
    Antonio

    • Pero tú no trabajas para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero.

      Tu contrato sigue vinculado a una empresa española.

      Salu2.

    • Antonio

      Hola,
      En principio trabaje para la empresa matrix en Holanda, pero desde hace 8 años me volvi a España con contrato español pero trabajando para la empresa matrix.
      La empresa de España me paga el salario (a indicacion de la matrix) y yo voy y vengo donde la empresa matrix me manda ir a trabajar (que puede ser Holanda o donde hay algun proyecto que hacer).

      Un saludo,
      Antonio

    • Consulta con un asesor o incluso con RRHH de tu propia empresa.

      Salu2.

  • pablo

    Buen día,

    Estoy por abrir una empresa en UK, siendo residente en España.

    Que porcentaje debo pagar en españa por los dividendos que retire de la empresa en uk. Entiendo que en UK, solo pagaré los de la sociedad.
    Gracias

  • Maria

    Buenas tardes,

    Hoy mismo he ido a Hacienda a preguntar algo similar al contenido de esta redacción, pero lo cierto es que he salido de allí con más dudas.

    Mi novio trabaja en una empresa española de energías renovables y desarrolla su actividad en muchas ocasiones en el extranjero, sin ir más lejos hace pocos días que ha regresado de Rumanía, donde ha permanecido cuatro meses.

    Un compañero suyo de otra compañía del mismo sector le comentó que a él, que está en su misma situación, le devolverían este año una cantidad importante, que su empresa debía entregar un «Formulario A1» y el completarlo con «pruebas» de su estancia en el extranjero, a modo de tickets, gastos, que realizase allí y que probasen que realmente reside en ese otro país..

    ..en Hacienda directamente nos han dicho que no existe esta posibilidad y que no hay tal Formulario A1

    Agradecería muy mucho una aclaración porque estamos bastante perdidos..

    Saludos!!

    • El formulario A1 sí que existe.

      El formulario A1 certifica la legislación aplicable y sirve para acreditar el pago de cotizaciones en otro país miembro de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.

      Suelen necesitarlo los trabajadores desplazados (destinados) a otro país o con actividades laborales simultáneas en varios países.

      Pero me temo que tu novio no paga impuestos en los otros países… sino que le paga una empresa española aunque trabaje desplazado en otros países.

      Salu2.

    • María

      Hola de nuevo,

      Pues por lo visto, la empresa sí le ha venido facilitando a mi novio, esos formularios A1, aunque él desconocía su utilidad..

      ¿Significaría eso entonces que paga impuestos en esos países, o no necesariamente?

      Gracias por la respuesta!

  • Javier

    Buenas. Resulta que el 19 de Septiembre de 2011 por medio de un contrato de una empresa española me desplazan a trabajar a lyon. En hacienda me dijeron que estaba exento de imputaciones. Pero la gestoria de la empresa dijo que no era cierto y me estaban quitando todos los meses el IRPF. Resulta que ahora cuando voy a hacer la declaracion de renta, en hacienda me lo vuelven a decir, que los meses de septiembre a diciembre no deben imputarme nada que estoy exento al no superar los 60000€ maximos. En el certificados de retenciones me marcan en la casilla importe integro satisfecho el total de todas las nominas del año, sin descontar los importes de septiembre a diciembre. ME cpongo en contracto con ellos y me dicen que no me cambian nada que esta todo correcto. En hacienda me dicen que no esta correcto que deberian modificar el modelo 190 porque sino tendre problemas con hacienda.

  • Nacho

    Hola Buenas!
    Voy a trabajar para una empresa Rusa en Rusia pero seguiría afiliado en una empresa española que me pagaría mi sueldo en España en Euros.
    Extaría exento los primeros 60.000 €?
    Gracias y un saludo.

  • Joaquin

    Trabajo en Emiratos arabes Unidos donde no se paga impuesto. Paso aproximadamente 160 dias al anho en Espana. Mi esposa e hijos bien en Espana. Debo declarar o pagar impuestos?
    Salud2

  • Lost

    Buenas tardes,
    Estoy trabajando en México para una empresa española y resido más de 6 meses al año en México. Mi contrato y sueldo está vinculado a España. Por estar trabajando en el extranjero también tengo una plusvalía en bruto incluida en nómina, pero no cotizo nada en México
    Mi duda es si cumplo los requisitos para desgravar.

    Por otra parte, me están ofertando expatriarme para que parte de mi sueldo lo cobre en España y otra parte en México, cambiarían algo las condiciones en cuanto a desgravaciones fiscales? Qué me conviene más?

    Muchas gracias.
    S2.

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