El Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias que modifican el Reglamento de Protección de Datos Personales que permiten la inclusión de una persona en la lista de morosos incluso cuando ésta ha entablado una reclamación contra la deuda.
Hasta ahora y según el Artículo 38 de la ley de Protección de Datos y en su apartado a, se establecía que:
Sólo será posible la inclusión en estos ficheros de datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica del afectado, siempre que concurra la existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada y respecto de la cual:
- no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa,
- o tratándose de servicios financieros, no se haya planteado una reclamación en los términos previstos en el Reglamento de los Comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros, aprobado por Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero.
Con las nuevas modificaciones y hasta que el legislador no concrete el reglamento, se podrá incluir en los listados de morosos aún cuando se haya reclamado que la deuda no es cierta.
Este hecho supondrá un perjuicio (no podrá solicitar ningún préstamo ya que les serán denegados sistemáticamente) para el consumidor que quedará indefenso ante los abusos de algunas compañías, especialmente las operadoras de telefonía.
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No sé si te servirá algo en relación a la publicación de morosos en un tablón en una comunidad de vecinos:
Quiero salir de moroso.¿como hago?
Lo primero que tienes que hacer es pagar las deudas que tengas y después saldrás automáticamente de las listas de morosos o si quieres hacerlo más rápidamente, ponte en contacto con la lista de morosos enviandoles las pruebas de que las deudas se han saldado:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/10/08/listados-de-morosos-rai-asnef-cirbe-resolvemos-todas-las-dudas/
Salu2.
Hola,
He intentado hacer la portabilidad de mi línea de teléfono móvil de una compañía a otra y me resulta imposible. Me dicen que la nueva compañía rechaza la solicitud sistemáticamente. He hablado con la compañía con la que tengo contratado el servicio actualmente y me dicen que no tengo nada pendiente, ni tampoco compromiso de permanencia. Sospecho que puedo estar en un listado de morosos, pero me resulta extraño porque actualmente, que yo sepa, no tengo ninguna deuda pendiente. ¿Es posible que me hayan incluído y que una vez saldada la deuda no me hayan dado de baja del fichero de morosos? ¿Qué puedo hacer para averiguar cuál es el problema por el que la nueva compañía telefónica rechaza mi solicitud de portabilidad?
Muchas gracias por la respuesta.
Saludos
Puedes solicitar un informe de tus deudas pendientes en el CIRBE:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/09/cirbe-listado-de-morosos/
Si allí no hay nada reflejado, también tendrás que pedirselo a ASNEF:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/10/19/asnef-listado-de-morosos-2-parte/
Salu2.