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16 de diciembre de 2010

Garantía compra-venta coches segunda mano entre particulares

A la hora de comprar un coche de ocasión uno de los problemas que más nos preocupa es qué tipo de garantía tendremos o cómo podremos reclamar ante cualquier avería.

Por ello es importante saber que la garantía legal que tiene que ofrecer un concesionario o compraventa es diferente de la que tiene que dar un particular.

Indicamos las diferencias y cómo reclamar si fuera necesario.

¿Es igual la garantía en la compra de un coche de ocasión a un particular o a un concesionario?

No es el mismo tipo de garantía. Cuando se realiza una compra o venta de un vehículo entre particulares no se aplica la Ley de Garantías en la venta de Bienes de Consumo sino el Código Civil.

La Garantía en la Venta de Bienes de Consumo se aplicaría sólo en el caso de que quien venda sea un concesionario o compraventa profesional y quien compre un particular, es decir un consumidor tal como define la Ley.

De esta forma, cuando el comprador particular no puede exigir los mismos derechos a un vendedor particular que a un concesionario o compraventa profesional.

¿Qué garantía se puede exigir o hay que dar entonces en la compra venta de un vehículo entre particulares?

La compra venta de un vehículo entre particulares se rige según el Código civil, que indica la obligación general del vendedor de entregar el vehículo sin cargas ni gravámenes y sin vicios ni defectos ocultos, teniendo el comprador un plazo para presentar una demanda judicial por estos motivos de 6 meses.

No existe obligación por parte del vendedor de entregar nada referente a este tema de garantía por escrito.

En este caso quien reclama debe probar el perjuicio.

¿Qué derechos se tendrían respecto a la compraventa de un vehículo de segunda mano entre particulares?

  • El comprador dispone de un plazo de 6 meses desde la compra del vehículo para presentar reclamación judicial según el código civil (art. 1490)
  • El vendedor estará obligado a la reparación por los defectos ocultos que tuviera el vehículo; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. (según art. 1484)

¿Y si el vendedor no supiera de la existencia de esos vicios ocultos?

Aunque el vendedor ignorase la existencia de los mismos, deberá responder al comprador saneándolos, salvo que se haya estipulado lo contrario en contrato (art. 1485).

¿Tendría derecho a indemnización en caso de rescindir el contrato?

En los casos anteriores, el comprador podrá optar entre:

  • Desistir del contrato, teniendo que serle devueltos los gastos que pagó.
  • Rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos.
  • Indemnización por daños y perjuicios: además, si optará por la rescisión del contrato, el comprador tendrá derecho también a indemnización por daños y perjuicios si el vendedor conociera los vicios o defectos ocultos del vehículo y no los manifestara al comprador. (art. 1486.)

¿Qué garantía tendría si por el contrario comprara el vehículo a un concesionario o compraventa profesional?

La garantía Comercial que tienen que ofrecer los concesionarios y compraventas profesionales debe cubrir el plazo de 1 año desde la fecha de la venta del vehículo de ocasión.

Como consecuencia de esta garantía, el vendedor responde del buen estado y de las cualidades del vehículo vendido, de modo que si presentase algún defecto, el consumidor podría recurrir contra el vendedor mediante arbitraje de Consumo.

El consumidor tendría derecho a la reparación gratuita de los defectos originarios, sustitución del coche por otro de idénticas características, o devolución del precio pagado.

Guía de vehículos de ocasión:

1.272 comments to Garantía compra-venta coches segunda mano entre particulares

  • TONI

    hola me compre un coche en concesionario de bilbao navarra cuando llege aqui se me enciende chivato del agua lo llamo me dice k lo lleve al taller aver cambiamos el viscoso ventilador funcionaba mal me gaste 300 euros pero problema era mas tiene culata k asciende a 990euros lo llamo me dice k no tengo ninguna garantia q puedo hacer

    • Hola

      La garantía legal de los coches comprados en compraventa o concesionario es de 1 año desde la fecha de compra, por vicios o defectos ocultos.

      Acude a Consumo con el contrato de compraventa firmado para que te aconsejen la mejor forma de interponerles la reclamación en tu caso y que así te lo tengan que arreglar.

      Salu2 y mucho ánimo

  • enrique

    Buenos días
    Hace un mes y medio he comprado un vehículo con 7 años y ayer el aire acondicionado dejo de funcionar.
    Lo he llevado al taller y me dicen que es el compresor. Lo he puesto en conocimiento del vendedor y me dice que no se hace cargo, que eso no lo cubre la garantía porque es un desgaste del coche.
    Mi pregunta es si puedo reclamárselo por vicio ocultos ya que cuando lo compre funcionaba correctamente y en menos de dos meses ha dejado de funcionar y la avería me cuesta 1500 euros.
    Gracias

    • Buenos días

      Vaya.. Respecto a lo que se considera defectos ocultos o no suele ser bastante subjetivo.

      Sin embargo, tal como se indica en sentencias sobre este tema, la garantía pactada no puede excluir averías como la rotura del climatizador, sino otro tipo de supuestos, referidos ciertamente a simples desgastes naturales de las piezas por el paso del tiempo, como es el caso del desgaste de los neumáticos, etc.

      Así que según esto debería cubrirte la garantía. Habla de nuevo con el vendedor para intentar llegar a un acuerdo sobre ello, y que te indiquen a qué taller llevarlo a reparar para que cubran con los gastos. O sino si quieres solucionarlo vía amistosa rápido a ver si consigues que te reembolse al menos parte del dinero.

      De todas formas, consulta presupuesto en otros talleres para comparar, ya que el precio puede variar muchísimo de unos a otros.

      Salu2 y ánimo. Ya nos contarás.

  • Soledaz

    Ola buenas tarde 11 3 2017 vendí mi coche aun particular revisa por un taller pasa la itv y revisado porel comprado quedo conforme con el le dice que si quería llevarlo aun taller para que se lo revisara y mendigo que estaba muy bien le faltabba el rodage que no avía llegado el 13 4 2017 me viene el rodage y lo lo llamo para dárselo el día 8 de agosto del 2017 abla conmigo que se le avía changado el motor del coche y yo le dice que el coche se lo avía da revisado por un taller pasa la itv y revisado por el comprador el señor este mea demandado porque dice que yo no le avía informado de la avería del coche el coche tiene 16 o 17 año y pasado por 4 compradores y por cierto lo lleva al taller el 6 4 2017 y el 26 05 2017

    • Soledaz

      Ola me pueden informa del tema ese gracias

    • Soledaz

      Ola y me llego la denuncia el día 26 septiembre 2017

    • Buenos días

      No te preocupes. La garantía por vicios o defectos ocultos no cubre aquellos fallos que sean por desgaste normal del vehículo…y teniendo el coche 17 años,…y habiéndolo entregado en perfectas condiciones revisado por taller y con ITV pasada, por mucho que te reclame podrás defenderte y no le darán la razón.

      Así que no hables más con él si no quieres, y que él haga lo que estime oportuno con el coche.

      Guarda bien el contrato de compraventa y si dispones de algún justificante de la revisión en taller también, por si te hiciera falta presentarlo.

      Eso sí, el impuesto de rodaje te corresponde pagarlo a ti completo ya que eras quien figuraba como titular a fecha 1 de enero y por tanto va a tu nombre aunque el coche se haya vendido. Eso no se lo puedes reclamar.

      Más info en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/09/impuesto-de-circulacion-venta/

      Salu2
      Salu2 y ánimo.

    • Soledaz

      Muchísimas gracias por su alluda

  • Soledaz

    Ola buenos mi pregunta es que beni un auto en marzo 2017 el señor este lo lleva al taller el 6 4 2017 aun taller sin decirme nada que pan sacado posible mente casquillo debiela o avería en el cigüeña en la fecha 26 5 2018 me pone tubo de aire acondicionado aceite y filtro no fuy informado de nada de eso el 8 de agosto me escribe que se le avía ido el motor después de 4 mese me dice que sino meago cargo me demanda y mea demandado y mea llegado la notificación para guizo verbal Abe si me podéis informa de este tema el coche esta pasado por la itv pasado porel taller y revisado porel gracias

    • Buenos días

      Previamente a que el comprador lleve el vehículo a ningún taller, debe informarte sobre los problemas que está dando. Y si lo lleva al taller, previamente a cualquier reparación debe informarte del presupuesto y negociar si corresponde o no a defecto o fallo oculto del vehículo.

      Por lo que si tienes fecha para juicio, debes contactar con abogado que lleve tu caso y te defienda, ya que la forma de proceder del comprador no ha sido la correcta..

      Además si el supuesto fallo corresponde a desgaste normal del vehículo o a un mantenimiento inadecuado por parte del comprador, no corresponde que tus corras con los gastos de la reparación.

      ¿Qué antigüedad tiene el coche y cuántos kms tenía en el momento de la venta?

      Ya nos contarás. Pero vamos por mucho que te demande no quiere decir que le vayan a dar necesariamente la razón, así que tranquilo.

      Salu2

  • Soledaz

    Pedone que le moleste es que mes ovidaba el coche tiene 17 o18 años gracias de nuevo y perdone por molestarle un xaludo

    • Con 17 o 18 años lo normal es que el fallo sea por desgaste normal del vehículo…

      Lo que el comprador no puede pretender es comprar un coche con esa antigüedad y a los pocos meses querer que el vendedor le pague un motor nuevo, porque eso no va acorde ni con el precio de venta del vehículo ni con el precio que probablemente haya pagado por él..

      ¿Por cuánto dinero se lo vendiste?

  • Soledaz

    Ola lo vendí por 1900 € es un microcar año 2000 o 2001 mas ho meno es que el lo lleva en marzo y ese mes estuve ablando yo con el para darle el rodage que se presento con el coche y no me digo nada mamas que le iba muy bien y le dige yo que me alegraba que le fuera bien no me digo mas nada gracia posu alluda un saludo

    • Por 1.900€ de venta y con 18 años de antigüedad y si en el momento de la entrega el vehículo estaba bien, lo probó, fue revisado por un taller y pasó la ITV pretender que le abones un motor nuevo es algo no proporcional a lo que no le darán la razón, por mucha demanda que imponga, así que no te preocupes.

      Si tienes fecha para juicio verbal, busca abogado que defienda tus derechos.

      Salu2 y ánimo.

  • Soledaz

    muchísimas gracia

  • Soledaz

    Ola buena tarde 11 3 2017 el 8 de agosto me entero por una demanda que me avía puesto por ay me entero que lo avía llevado al taller que le avía arreglado el aire de un manguito y carga el aire y un taco y el 11 de agosto me escribe que tenia una avería muy grave de motor y en óctuple lo beo con el coche funcionando como es posible que me diga que el motor degor de funcionar si loa arreglado por su cuenta sin decirme ami nada de presupuesto puede el arreglar el coche si mea puesto una demanda como puede ser eso sin decirme nada gracia

    • Buenos días

      No puede arreglar el coche por su cuenta y sin pasarte ni siquiera presupuesto previo de la reparación.

      Si lo hace así, tendrá que correr el comprador con los gastos de esa reparación, ya que tú no tienes forma de saber si el coche llegó a tener o no esa avería, si lo ha arreglado poniéndose de acuerdo con un taller y si directamente te está tratando de estafar.

      Si ha actuado así tú no tendrás que hacerte cargo alguno de esa reparación por mucho que te demande.

      Salu2 y ánimo

  • Soledaz

    Muchísimas gracia un saludo

  • Raquel

    Buenas, se vence en menos de 10 días el tiempo para reclamarle al vendedor, y en la clausula 6 pone: el comprador declara conocer el estado del vehículo, habiendo realizado inspección visual con ayuda de un mecánico y exime al vendedor por los vicios o defectos que surjan con posterioridad a la entrega, SALVO AQUELLOS OCULTOS QUE TENGAN SU ORIGEN EN DOLO O MALA FE DEL VENDEDOR.
    Al ir a cambiar la correa de distribucion y estar el coche en el elevador es cuando se ha visto una perida enorme de gasoil, la bomba está rota desde hace más de 6 meses, están rotos los tacos del motor a causa de dicha perdida y la reparación es muy cara. Se puede reclamar?

    Gracias

    • Buenos días

      Sí, consideramos que se trata de un defecto oculto ya que a pesar de haber hecho revisión visual en el momento de la compra, los defectos que señalas no son visibles hasta que no se va a cambiar la correa.

      Así que entendemos que sí que podrías reclamar por ello al vendedor para su reparación. Antes de ordenar reparar en ese taller el vendedor debe tener conocimiento de ello y dar su aprobación (puedes enviarle un burofax para que quede acreditado que le has avisado adjuntando el presupuesto correspondiente y le das un plazo de contestación máximo para que te diga al respecto)

      Si lo reparas por tu cuenta y riesgo sin preavisarle luego no corresponde que le reclames el importe…

      Salu2 y ánimo!

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