A la hora de comprar un coche de ocasión uno de los problemas que más nos preocupa es qué tipo de garantía tendremos o cómo podremos reclamar ante cualquier avería.
Por ello es importante saber que la garantía legal que tiene que ofrecer un concesionario o compraventa es diferente de la que tiene que dar un particular.
Indicamos las diferencias y cómo reclamar si fuera necesario.
¿Es igual la garantía en la compra de un coche de ocasión a un particular o a un concesionario?
No es el mismo tipo de garantía. Cuando se realiza una compra o venta de un vehículo entre particulares no se aplica la Ley de Garantías en la venta de Bienes de Consumo sino el Código Civil.
La Garantía en la Venta de Bienes de Consumo se aplicaría sólo en el caso de que quien venda sea un concesionario o compraventa profesional y quien compre un particular, es decir un consumidor tal como define la Ley.
De esta forma, cuando el comprador particular no puede exigir los mismos derechos a un vendedor particular que a un concesionario o compraventa profesional.
¿Qué garantía se puede exigir o hay que dar entonces en la compra venta de un vehículo entre particulares?
La compra venta de un vehículo entre particulares se rige según el Código civil, que indica la obligación general del vendedor de entregar el vehículo sin cargas ni gravámenes y sin vicios ni defectos ocultos, teniendo el comprador un plazo para presentar una demanda judicial por estos motivos de 6 meses.
No existe obligación por parte del vendedor de entregar nada referente a este tema de garantía por escrito.
En este caso quien reclama debe probar el perjuicio.
¿Qué derechos se tendrían respecto a la compraventa de un vehículo de segunda mano entre particulares?
- El comprador dispone de un plazo de 6 meses desde la compra del vehículo para presentar reclamación judicial según el código civil (art. 1490)
- El vendedor estará obligado a la reparación por los defectos ocultos que tuviera el vehículo; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. (según art. 1484)
¿Y si el vendedor no supiera de la existencia de esos vicios ocultos?
Aunque el vendedor ignorase la existencia de los mismos, deberá responder al comprador saneándolos, salvo que se haya estipulado lo contrario en contrato (art. 1485).
¿Tendría derecho a indemnización en caso de rescindir el contrato?
En los casos anteriores, el comprador podrá optar entre:
- Desistir del contrato, teniendo que serle devueltos los gastos que pagó.
- Rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos.
- Indemnización por daños y perjuicios: además, si optará por la rescisión del contrato, el comprador tendrá derecho también a indemnización por daños y perjuicios si el vendedor conociera los vicios o defectos ocultos del vehículo y no los manifestara al comprador. (art. 1486.)
¿Qué garantía tendría si por el contrario comprara el vehículo a un concesionario o compraventa profesional?
La garantía Comercial que tienen que ofrecer los concesionarios y compraventas profesionales debe cubrir el plazo de 1 año desde la fecha de la venta del vehículo de ocasión.
Como consecuencia de esta garantía, el vendedor responde del buen estado y de las cualidades del vehículo vendido, de modo que si presentase algún defecto, el consumidor podría recurrir contra el vendedor mediante arbitraje de Consumo.
El consumidor tendría derecho a la reparación gratuita de los defectos originarios, sustitución del coche por otro de idénticas características, o devolución del precio pagado.
Guía de vehículos de ocasión:
wenas querias preguntar si es el vendedor esta obligado a dar garantia en un coche de 20 años y es particular , y los problemas los sabia en comprador porque estaban a la vista y ademas él le vendia para piezas . muchas gracias
Hola David.
La garantía de la venta entre particulares es de forma general de 6 meses sobre vicios o defectos ocultos del vehículo.
Si los problemas del coche estaban a la vista y él comprador los conocía de antemano, no se considerarían vicios ocultos, y por tanto saldría adelante reclamar por ellos, así que no te preocupes por eso.
Salu2
Hola,
Compre un vehículo de 10 años a un particular hace 4 meses y se me acaba de romper la correa de distribucion, le he pedido que se haga cargo de la reparación o me devuelva el importe pagado, el vendedor se niega diciendo que la rotura de la correa de distribucion no es un vicio oculto, y que el coche ha pasado todas las revisiones oficiales, en el momento de la compra no me dijo que estaba sin cambiar, que posibilidades hay de que prospere una demanda?
Gracias.
Hola Jose.
El tema de la garantía de los coches de ocasión es muy complicado.
En este caso, no vemos muchas de posibilidades de que te prospere una demanda.
Al adquirir el coche el comprador debe informarse bien de las revisiones pasadas por el vehículo, y debe asegurarse por ejemplo de preguntar también cuándo ha sido la última vez que se cambió la correa de la distribución.
En el caso de que al comprar el coche el vendedor indique que esta correa no se ha cambiado, es un motivo más para intentar negociar el precio del coche.
Pero todo esto debe hablarse antes de la compra.
No consideramos por tanto que se trate de un vicio oculto, ni el vendedor está obligado a mencionar que no se ha cambiado si el comprador tampoco se acuerda de preguntarlo.
Ha sido un poco mala suerte lo que te ha sucedido.
Sentimos no poder darte mejores noticias por nuestra parte.
En cualquier caso, intenta negociar algo con el vendedor a ver si consigues que te pague una parte al menos, pero no estaría en su obligación..
Salu2 y ánimo.
Buenas,
He comprado un coche a una empresa de leasing que se lo quito a la persona que lo habia comprado con ellos financiado, al no cumplir con los pagos, se lo retiraron y lo pusieron a la venta.
Lo compre hace 2 meses y tras 2 meses el coche me ha dado un problema en el motor y no arranca, la reparacion es muy costosa ya que es un coche de marca de lujo.Porsche
Tras hacer la transferencia y el pago del vehiculo el dia que lo recogi me hicieron firmar un papel en el cual no me daban ninguna garantia sobre el coche.
Pero esto segun tengo entendido no es legal, que puedo hacer? les puedo exigir el pago de la reparacion del motor, serian unos 6000€, o que me devuelvan el importe que pague por el vehiculo 14,000€?
Buenas tardes.
Tu caso es complicado, ya que el vendedor no es ni un concesionario o compraventa, ni un particular. Imaginamos que será una entidad financiera con lo cual tramitar una reclamación en tu caso va a ser un poco complicado.
Aunque inicialmente hay que dar obligatoriamente por ley una garantía sobre el vehículo, habrías renunciado a ella voluntariamente al firmar esa claúsula.
Sin embargo, no pierdes nada por acudir a la Oficina de información al Consumidor de tu localidad llevando el contrato que firmaste y todo lo referente al caso, para ver si te pueden indicar algo que se pueda hacer al respecto.
Acude cuanto antes para intentar solucionarlo de la mejor forma posible.
Suerte, salu2 y ya nos contarás cómo sigue tu caso.
hola.el martes 27/06/2011 compre una moto y hacia un poquito de ruido el vendedor me dijo que eso es normal en esas motos y habia que regularle las valvulas que eran 50eu.bueno,pues yo me fio y se la compro.en 1000eu y aparte transferencia.entre particulares.el miercoles dia 28/06/2011 voy al taller me mira la moto y me dice que es de una VIELA DEL MOTOR.y entre mano de obra y piezas me saldria entre 1000 y 1200eu.llamo al vendedor para que me devuelva el dinero o se haga cargo del arreglo y me dice que no.que entre particulares no hay garantia.tengo pensado denunciarlo,pero no se como hacer,agradeceria una respuesta.un saludo y gracias.
Hola.
Te aconsejamos que eches un vistazo al artículo superior.
En el punto «¿Qué derechos se tendrían respecto a la compraventa de un vehículo de segunda mano entre particulares?» puedes ver los artículos legales a los que podrías acogerte para reclamar, ya que se trata de un defecto que en caso de haberlo conocido no hubieras adquirido la moto, o al menos por ese precio.
Tendrías que interponer la denuncia y recopilar todas las pruebas que dispongas, como presupuesto detallado de la reparación a realizar, contrato de compraventa, documentación de la motor y demás.
Es posible que necesites abogado.
Salu2, suerte y ánimo.
he comprado un coche de segunda mano a una casa de compra-venta y a los pocos dias se encendió en el salpicadero un testigo de averia, he ido dos veces a la casa de compra-venta, que tambien disponen de taller, y me han solucionado el tema temporalmente puesto que se me sigue encendiendo el testigo, ellos dicen que el coche no tiene garantia y si me volviera a pasar otra vez que me cobrarian la reparación, me han indicado que posiblemente sea del cigueñal, que puedo hacer si se me averia otra vez y si no quieren cubrirlo con la garantia?
Gracias, espero tu respuesta.
Las empresas de compraventa de vehículos o concesionarios están obligadas por la Ley de Garantías y Bienes de Consumo a dar 1 año de garantía.
Con borrar el error para que el testigo se apague no se consigue que se solucione la avería que lo ocasiona.
Si la avería persiste, acude de nuevo y pide que se solucione. Acude previamente a la Oficina de Información al Consumidor con el contrato de compraventa que dispongas para que te asesoren y puedas así llevar preparado el texto a escribir en la Reclamación en caso de que se nieguen a arreglártelo el día que vayas al concesionario.
Ya nos contarás.
Salu2 y ánimo.
hola me he comprado un coche hace una semana a un particular pero no hemos echo ningun contrato,el coche estaba a su nombre y solo tengo la trasferencia y los papeles del coche.
el coche me esta dando problemas se me para constantemente y cada vez tarda mas en arrancar al pricipio eran 5 o 10 minutos ahora me tarda mas de media hora y se me para en medio de la autovia etc…mi pregubnta es si puedo exigir al comprador que me devuelva el dinero y que si me dice que no tengo alguna posibilidad de ganar la denuncia,porfavor contestarme es muy urgente.muchas gracias
Hola Tamara.
Al haberlo comprado a un comprador particular para poder reclamar tendrías que interponer una denuncia, ya que se rige por el Código Civil. Si te lo hubiera vendeido un compraventa se tramitaría a través de la Oficina al Consumidor y sería un trámite más rápido.
En cualquier caso, acude a un taller de confianza antes de nada, para que te comenten qué le puede suceder al coche. A ver si tienes suerte y es algo leve y por tanto no te merezca la pena entrar en procesos judiciales por ello.
Salu2
perdon, no os habia dicho que no nos dijo nada de esa averia al comprarlo.el nos dijo que estaba muy bien de motor etc….gracias
Lo mejor es revisarlo muy bien antes de comprar, y siempre que sea posible, llevarlo a un taller de confianza para que le echen un vistazo previo.
De lo que te diga el comprador no debes fiarte demasiado, ya que puede que haya muchas cosas que no te diga del coche..
Salu2
si lo vamos a llevar al taller para que nos haga un revision de lo que le pasa al coche.
pero me gustaria saber aun que me meta en procesos judiciales tengo la posibilidad de ganar la denuncia?aparte del dinero, ayer el coche nos puso en riesgo a mis hijos pequeños,a mi marido y a mi se me paro en la autopista en curta,menos mal que por ella sola podimos moverla para la derecha hacia del arcen,y la verdad la denucia es para intetar lograr que tipos asi no vuelvan a poner en riesgo la vida de nadie.tengo alguna posibilidad de ganar la denuncia?
Es dificil saber de antemano lo que puede suceder en un proceso judicial de este tipo, no os lo podemos confirmar.
De momento lo primero es ver cuanto antes qué avería tiene y en función de ello tomar la decisión sobre qué proceso seguir.
Podríais tener posibilidad de ganar juicio pero sería un proceso que lleva tiempo, dinero y paciencia. Tendríais que acudir a un abogado a ver qué os comenta al respecto, una vez que conozcais el importe de la reparación.
A ver qué os comentan en el taller, para que se solucione cuanto antes, ya que es un fallo bastante grave y peligroso.
Ya nos comentarás.
Salu2
Hola, he vendido un bmw con 10 años, el coche estaba a la venta en 9.500 € pero negociamos y se lo lleva en 7.000 tal cual, eximiendome de vicios o defectos ocultos, lo vendi el día 08 de Julio, el 11 lo lleva el comprador a BMW oficial y le dicen que debe cambiar el bidón del agua porque pierde +- 150 €, dice que se lo lleva de vacaciones y que le rellena el agua, el día 13 me llama para el telefono de mi seguro, que se lo deje, y me dice que ha reventado la bomba de agua y la cadena de dirección 600 €, que se los tengo que abonar. ¿Tengo alguna responsabilidad?
Hola Angel.
Es responsabilidad del comprador revisar bien antes de la compra el vehículo que va a adquirir. Si el vehículo perdía agua el día 11 significa que con casi toda probabilidad el día 8 también, y por tanto entendemos que no tendría porqué considerarse defecto oculto.
Respecto a la cadena de dirección, es muy raro que en 3 días después de comprarlo dé ese fallo.
También es lo que indica el comprador, habría que ver si es verdad..
En nuestra opinión, no tendrías que abonarle nada. Y si quisiera, que te lo reclame ya judicialmente (no cual no le va a merecer la pena por tiempo y dinero..)
En cualquier caso, guarda bien el contrato de compraventa y todo lo relacionado con la venta de ese coche.
Así que no te preocupes, dale largas, y mientras no llegue ninguna notificación oficial no le des muchas más vueltas.
Que te reclame todo eso a los 2 días de haberlo comprado no nos parece lógico..
Animo y salu2!
BUENAS TARDES, LA DUDA ES LA SIGUIENTE VENDI UN COCHE SEMINUEVO ME FIRMARON CONTRATO DE COMPRA VENTA CORRESPONDIENTE EN DONDE EN CLAUSULA TRES SE ACEPTA EL VEHICULO EN LAS CONDICIONES MECANICAS Y DE DOCUMENTOS EN LAS QUE SE ENCUENTRAN ESTO HACE UN MES Y HOY EL COMPRADOR ME PIDE LA REPARACION DE UN GOLPE EN SUSPENCION QUE TIENE APARENTEMENTE EN CARRO Y LO TIPIFICA COMO VICIO OCULTO, YO DESCONOCIA ESE PROBLEMA YA QUE ERA COCHE DE USO FAMILIAR Y NUNCA PRESENTO PROBLEMA ALGUNO, QUE PROCEDE?
Buenas tardes Gustavo.
Si hay un problema en la suspensión, se notaría al probar el vehículo antes de comprarlo.
Si lo compró sin probarlo ni revisarlo sería responsabilidad del comprador y le será complicado reclamar ahora los daños.
Si la venta es entre particulares en España se rige por el Código Civil tal como indicamos en el artículo superior, y entrar a reclamar a juicio muchas veces no merece la pena por tiempo ni por dinero.
Por lo cual, entendemos que no se trataría de defecto oculto si el coche circula perfectamente, y aunque tenga un golpe en los bajos, si no afecta mecánicamente no pasa nada..
Así que mientras no te llegue alguna notificación oficial de reclamación, no te preocupes ni le des más vueltas.
Salu2