El gobierno anuncia que a partir del 15 de Febrero dejará de estar en vigor el PRODI, el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción, una ayuda de 426€ que dan a los desempleados sin prestación ni subsidio de desempleo que llevan recibiendo desde enero de 2009.
Esta ayuda, que entró en vigor el 15 de Agosto de 2009 y ha sido prorrogado por 2 veces, es una ayuda de 426 euros con una duración de seis meses para desempleados que no tienen ningún tipo de cobertura, y a la que ahora el gobierno fija su fecha de caducidad.
Durante su primer periodo, desde el 1 de enero de 2009 y hasta el 15 de Agosto de 2010, se podían beneficiar todos los desempleados, mientras que en la última prórroga se impuso la condición de tener cargas familiares para las personas cuyas edades estuvieran entre 30 y 45 años.
Por lo tanto, aún se puede solicitar esta ayuda para las personas que agoten su prestación o subsidio de desempleo hasta el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011 (ambos inclusive).
- Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (para el 2011)
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481.05 euros mensuales (para el 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la ayuda extraordinaria es de 180 días no prorrogables y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿He cobrado durante 6 meses el PRODI, puedo benenficiarme de la nueva prórroga?
NO. La prórroga sólo es en tiempo de solicitud y para nuevos desempleados que se queden sin prestación o subsidio de desempleo.
La ayuda sólo se puede recibir durante 1 único periodo de 6 meses NO prorrogables.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
Artículos relacionados:
DESPUES DE COBRAR DOS AÑOS AYUDA FAMILIAR POR HIJOS A CARGO DE 426 EUROS.. TENGO DERECHO A ALGUNA PAGA MAS YA QUE ESTOY EN PARO Y NO TENGO INGRESOS MI EDAD ES 37 AÑOS Y SEPARADA
Por favor, no nos haga la misma pregunta en varios sitios:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-40/#comment-29503
Salu2.
luego del subsidio cobre el prodi ahora podre acogerme teniendo hijos a cargo
Después del PRODI no se puede solicitar más ayudas, salvo que tengas más de 45 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Hola.
Tengo una duda. Mi último cobro es del paro es el 10 de Abril. Mi prestación terminó el día 5 de Marzo ( hace dos dias ), y en Abril cobraré éstos 5 días de Marzo.
Mi duda es: Cuando debo solicitar el prodi?. Ahora que he terminado mi prestación, o en Abril después del último cobro?
Muchas gracias
Sí, sólo cobrarás los 5 días pendientes.
Si quieres solicitar cualquier ayuda, lo puedes hacer desde el día que se te terminó la ayuda, el 5 de marzo.
El PRODI ya no lo puedes solicitar ya que ha dejado de estar en vigor, la ayuda que podrías solicitar es la nueva ayuda de los 400 euros:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.
Muchísimas gracias por la aclaración.
Tengo otra duda.
Hace 6 años estuve en el paro, y el último mes de cobro, recibí más cantidad de la que esperaba. Un amigo me dijo que era por devolución de atrasos y retenciones… pero eso a mi me suena un poco raro.
Porqué se suele cobrar más el último mes de paro. En tu respuesta a mi duda anterior, especificas que sólo me darán esos 5 dias de Marzo… y nada más?… estoy algo confundido, creo
El último se suele cobrar menos, no más ya que no se suele cobrar la totalidad del mes salvo que te hayas quedado en el paro el día 1.
Si esa vez cobraste más puede que sea lo que dice tu amigo, ¿el pago de atrasos? o lo más probable es que te hayan hecho más retenciones en los meses anteriores y te lo esté devolviendo el último mes.
Salu2.
Muchas gracias.
Saludos
Hola,soy madre soltera,38 años y tengo a cargo 2 hijas menores,en Mayo termino el prodi,sabes si puedo pedir algún tipo de ayuda por mi situacion? muchas gracias
No, ya has agotado todas las ayudas, y no podrás pedir otra salvo que cumplas 45 años o vuelvas a cotizar.
Salu2.
Quisiera saber,estoy divorciada hace 5 años,ahora estoy con un chico voy a ser madre, hace un año termine el paro me puse a trabajar pero e cotizado 50 dias tengo derecho alguna ayuda? tengo 26 años depues de dar a luz me voy a meter a trabajar hasta los 180 dias para pedir la paga familiar me la aprobaran? por estar divorciada o no tiene nada que ver? que requisitos piden! gracias.
El tema del divorcio no afecta.
Cuando tengas el hijo acude al servicio de empleo para ver si tienes derecho al subsidio de desempleo por agotamiento de la prestación. No lo creo, pero por intentarlo…
Por otro lado, si cotizas los 180 días, seguro que te darán el subsidio.
Leete el siguiente artículo para saber la duración de dicha ayuda:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Salu2.
hola!mi duda es voi a trabajar asta conseguir 180 dias trabajados para la ayuda, tengo un nene recien nacido.me estoi arreglando la paga de los PUNTOS por la seguridad social.vivo con mi novio y para arreglarme la ayuda de los puntos me han pedido papel de (comvivencia)este papel influlle para cuando me arregle la paga del paro, cuando tenga los 180 dias trabajados. gracias.
No, en principio no debería de influir.
Salu2.
Mi pregunta es?no cobro ninguna prestacion del inem,tengo un nene pequeño,no tengo vastante vida laboral,no tengo derecho a cobrar nada.eschuchado algo del ray.o una nueba ayuda por tener hijos me podrias informar? gracias
La RAi es exclusivamente para personas mayores de 45 años.
Teniendo carga familiar tienes que tener al menos 3 meses cotizados para recibir alguna ayuda.
Salu2
Buenas, en febrero terminé de cobrar el desempleo y por los pelos entré en el PRODI, lo cobraré hasta septiembre. Sé que antes era prorrogable otros seis meses y me gustaría saber si sigue siendo así.
Tambien me gustaria saber si perdería la ayuda si trabajo de extra y si me contrataran por trabajar un par de dias al mes.
No, las prórrogas es para que nuevos desempleados pudieran solicitarlo, no para los que ya lo han recibido.
Después del PRODI ya no hay más ayudas salvo que tengas más de 45 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.