Conducir superando los límites, o sobrepasar los establecidos para la tasa de alcohol permitida para conducir, más allá de las sanciones o multas graves o muy graves, podrá considerarse delito estando castigado con penas de prisión, trabajos en beneficio de la comunidad y retirada del carnet por muy largo periodo de tiempo. Indicamos cuáles son esos límites y sus consecuencias concretas.
1.- Exceso de velocidad:
En caso de conducir un vehículo o un ciclomotor a velocidad superior en 60km/h en vía urbana o en 80km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con:
- Pena de prisión de 3 a 6 meses
- Multa de 6 a 12 meses
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días
- En cualquier caso, a la retirada del Permiso de conducción de vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
En caso de conducir a una velocidad superior a la reglamentaria, pero sin superar los límites antes citados que constituirían delito, puede ver la sanción correspondiente y retirada de puntos en el siguiente enlace:
2.- Conducir bajo influencia de alcohol o drogas:
Con las mismas penas que para el exceso de velocidad anteriormente indicadas será castigado el que conduzca un vehículo o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas.
- Se considerará delito y sufrirá dichas penas el que conduzca con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60mg/l o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2gr/l.
- En caso de que la tasa de alcohol sea inferior a los niveles citados para constituir delito, pero superior a los legales establecidos que puede ver en el enlace siguiente, se considerará como Infracción muy grave con sanciones de 500€ y retirada de 4 a 6 puntos.
3.- Conducir con temeridad.
Conducir un vehículo o un ciclomotor con temeridad manifiesta y poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de 6 meses a 2 años y a la privación del derecho a conducir por tiempo superior a 1 y hasta 6 años.
4.- Conducir temerariamente con exceso de velocidad e influencia de alcohol simultáneamente
Se considerará asimismo temeraria la conducción en la que concurran las circunstancias previstas en los puntos 1.- y 2.- anteriores.
En estos casos, si además hay manifiesto desprecio por la vida de los demás y se hubiera puesto en peligro la integridad de las personas será castigado con las penas de:
- Prisión de 2 a 5 años,
- Multa de 12 a 24 meses
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de 6 a 10 años.
Cuando no se hubiere puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, las penas serán de:
- Prisión de 1 a 2 años,
- Multa de 6 a 12 meses
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de 6 a 10 años.
5. Negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas tóxicas:
El conductor que se niegue a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, requerido por un agente de la autoridad, será castigado con:
- Pena de prisión de 6 meses a 1 año
- Privación del derecho a conducir vehículos y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
6.- Conducir con el permiso de circulación retirado
En caso de conducir un vehículo o ciclomotor habiendo perdido la vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos, será castigado con:
- Pena de prisión de 3 a 6 meses
- Multa de 12 a 24 meses
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
En caso de haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial será castigado con estas mismas penas en caso de conducción de vehículos.
Iguales penas para el que conduzca un vehículo o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. (art. 384 código penal)
7.- Obstaculizar la carretera
Será castigado con pena de prisión de 6 meses a 2 años o a las de multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días, el que origine un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas:
- Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.
- No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.
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Hola
Mi situación es la siguiente:
Me paro la policía municipal conduciendo con el carne con todos los puntos agotados y sin dni encima
Me pidieron los datos dni , dirección y tlf(movil) los cuales se los facilite
Me comentaron que se me citaría a un juicio penal
De esto hace ya un mes y no he tenido ninguna noticia
Como podría saber el estado de este procedimiento y en que juzgado me podría enterar (ni mi pueblo ni en el que me pararon tiene juzgado penal solo de paz)
Gracias por la respuesta
Hola.
Tendrías que consultarlo en el Juzgado de tu capital de provincia a ver si te pueden dar alguna información al respecto.
Salu2
hola he tenido un golpe con un coche aparcao y iba bebido me han echo la prueva y he dado 0.58 ke es lo que me puede pasar por favor contestar via e mail
Hola.
NO respondemos vía email (sino sería imposible responder todos los comentarios aparte de que así sirve de ayuda a otros usuarios)
En tu caso con tasa de alcoholemia positiva es posible que si tu compañía aseguradora se entera de ello, no te cubra y te quiera reclamar los gastos de reparación del vehículo dañado.
Aparte de tener que pagar la multa y retirada de puntos correspondiente:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/06/conducir-con-tasa-alcohol-positiva-cuantia-multas-y-retirada-puntos/comment-page-1/
Salu2
HOLA
DI POSITIVO EN ALCOHOL DE 0,80. PODRIA IR ALA CARCEL SIENDO LA PRIMERA VEZ QUE OCURRE ENCIMA TUBE ACCIDENTE.??
HOla.
Las penas que te pueden caer las puedes ver en el artículo superior y como ves son variables y dependen del juez.
Salu2
HABER SI SABÉIS ALGUNO QUE CREES QUE PASARA EN ESTE CASO, ESTANDO DE FIESTA SALÍ PARA APARCAR BIEN EL COCHE YA QUE ESTABA MAL APARCADO Y NOS ÍBAMOS EN TAXI, Y LE DI UN GOLPECITO A 3 KM POR HORA POR DETRÁS A OTRO VEHÍCULO, VINO LA POLICÍA Y DI 0.70 DE ALCOHOLEMIA, LA PERSONA QUE LE DI COMO COSTUMBRE PIDE DAÑOS FÍSICOS CON TODO EL MORRO , POR QUE MI COCHE SE A HECHO UN ARAÑAZO ( PERO LA GENTE LE GUSTA MUCHO SACAR DE DONDE HAGA FALTA). YA QUE ENTIENDO QUE EL GOLPE DE SU COCHE ( INSIGNIFICANTE) DEBO ARREGLARLO COMO ESTA CLARO, PERO EL FÍSICO ES TOTALMENTE CUENTO.
PERO AUNQUE FUERA UNOS METROS LA VERDAD QUE NO DEBÍA HABER MOVIDO EL COCHE YA QUE NO ESTABA EN CONDICIONES.
ESTABA ESTUDIANDO DE POLICIA, ESTE ADECENTEN ME QUITARA DICHA POSIBILIDAD.
GRACIAS DE ANTEMANO., UN SALUDO
0.70 supone delito penal, pudiéndote caer las penas que indicamos en el artículo superior.
sobre el tema del seguro, éste podría no cubrirte en caso de tasa positiva y tendrías que hacerte cargo tú de los gastos de la reparación del vehículo contrario.
Salu2
he tenido un accidente solo y he marcado 0’60 en el control de alcoholemia. Soy novato y me gustaria saber que sancion me van a poner.Agradeceria una respuesta…gracias
Las penas que te pueden caer las puedes ver en el artículo superior y como ves son variables y dependen del juez.
En casos de tasa positiva, tu seguro podría no hacerse cargo y en caso de tener siniestro contra otro vehículo te reclamarían a ti el importe de los daños y podrías verte en serios problemas.
Salu2
Puedo ir ala cárcel dando en la prueva de alcoholemia 1.15 es la primera ves
Y tengo todos los puntos en el carnet y no tengo antesedentes penales… Gracias por responder.
Las penas que te pueden caer las puedes ver en el artículo superior y como ves son variables y dependen del juez.
Generalmente y sin antecedentes en ese caso no ingresarías en prisión, aunque sí que te impondrán el resto de las penas (Multa, trabajos a la comunidad, curso de sensibilización, etc..)
Salu2
Si no pagas una multa te retiran los puntos
Sí, los puntos te los retiran aunque no la pagues.
Salu2
Control con el que saque o.72 multa y retirada de carne ,la multa no la puedo pagar hasta de aqui un mes plazo ya superado.recibiendo una carta que pague antes de 5 dias o me llevan a prision..que puedo hacer….??????????
Tendrías que hacer lo que te hayan indicado en la notificación que te hayan enviado.. En caso de no cumplirlo, en la carta te indivarán qué sucedería.
La tasa que has dado se considera delito de seguridad vial, con las penas que puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/22/delitos-seguridad-vial-exceso-velocidad-y-conduccion-con-alcohol-o-sin-carnet/
Salu2
Hola! hace un año tuve un acidente contra un coche aparcado, y di positivo, 0,92! Ahora me sale el juicio, es la primera vez, que me puede caer?multa y retirada… gracias
Hola.
Las penas que te pueden caer las puedes ver en el artículo superior.
Como ves son variables y la decisión final la tiene el juez que te toque.
Salu2
Hace unos días di positivo en un control de alcoholemia, y me han retirado el carnet por un año.El problema es que para ir a trabajar necesito el coche, y estoy en riesgo de perder el trabajo. ¿Hay algo que pueda alegar para que se me permita al menos conducir en el trayecto entre mi casa y el trabajo? (sé que en otros paises, como Cánada, te dan un permiso especial) Gracias.
Puedes llamar a tu Jefatura de Tráfico para ver si hay alguna posibilidad de fraccionar de alguna forma la retirada, pero mucho nos tememos que no…
Tendrás que apañarte con compañeros de trabajo o familiares que te puedan acercar, vehículo público o bicicleta dependiendo de donde vivas…. No vemos mucho más remedio..
Antes de perder todos los puntos del carnet, y más en estos casos, conviene hacer un Curso de recuperación de puntos para no llegar a este caso.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/01/25/como-recuperar-puntos-del-carnet-de-conducir-antes-de-perder-todos/
Salu2