Que la recaudación de la Agencia Tributaria ha bajado en los últimos años no es ningún secreto, por lo que últimamente están intentando “pillar” dinero donde pueden.
Uno de los medios que ahora emplean es el embargo de bienes a los morosos del fisco; hasta ahora los principales método de recaudación eran mediante el bloqueo de las cuentas bancarias, depósitos a plazo y las nóminas, pero ahora intentan incluso ir a por los fondos de inversión.
¿Qué pueden embargar Hacienda?
Hasta ahora los productos que solían embargar eran:
- Nómina y salarios: pero sólo después de un procedimiento judicial y sólo una parte para permitir la subsistencia del afectado.
- Otros bienes: vehículos, vivienda …
Pero recientemente, la Agencia Tributaria se ha puesto las pilas y embargan incluso los fondos de inversión que hasta ahora estaban salvaguardados de estas intervenciones.
¿Cómo ocultar el dinero de la Agencia Tributaria para evitar embargos?
La forma más fácil para evitar embargos es cumplir con las obligaciones tributarias y no ser moroso de la agencia tributaria, pero en caso de necesidad se podría ocultar el dinero de las siguientes formas:
- No ser titular de ninguna cuenta bancaria.
- Si se quiere contratar algún producto de inversión hay que ponerlo a nombre de una persona libre de sospecha y que lo gestione por ti en calidad de autorizado, aunque conlleva ciertos problemas fiscales para dicha persona.
- No sacar el dinero a la luz.
¿Qué ocurre si el moroso comparte una cuenta bancaria con otro titular?
Hacienda tiene potestad para embargar hasta 20.000€ por contribuyente, pero en caso de las cuentas compartidas, habría que establecer el titularidad del dinero y sólo podrá embargar lo que le corresponda al moroso.
En principio, la Agencia Tributaria presupone, salvo prueba en contra, que el dinero de las cuentas bancarias corresponde a partes iguales a todos sus titulares, así si una cuenta tiene 2 titulares, cada uno poseerá el 50% del dinero.
Pero si se puede aportar prueba en contra, y demuestrar que el dinero pertenece sólo a uno de los titulares y siempre que éste no tenga deudas fiscales, Hacienda no podrá tocar dicha cuenta.
¿Cómo recurrir si te embargan?
Los recursos contra embargos de la Agencia Tributaria son muy complejos y se recomienda siempre acudir a un especialista en estos temas, el cual mediante una simple entrevista telefónica del caso, podrá aconsejarle sobre seguir o abandonar el proceso.
Artículos relacionados:
¡Hola! Yo vivo en el exterior y ayer vi que la Agencia Tributaria me saco 130 euros de mi cuenta bancaria, según ellos por «embargo». Es todo lo que se. Nunca recibí una notificación al respecto porque como mencioné con anterioridad, vivo en el extranjero. ¿Por qué me habrán quitado ese monto de mi cuenta bancaria? ¿Y como hago para averiguar porque lo hicieron?
Saludos
Vete a Hacienda y pide información.
Lleva el recibo del embargo.
Salu2.
hola estoy casada desde hace 1 año antes de casar perdi un jucio por via administrativa y mi condenan por ministerio de justicia pagar abogado de estado 3000eur.reglamacion fui antes de casar pero sentencia salio en decembre de este año .resulta qeu aora hacienda mi reglama 3600.mi marido tiene ahorros y el solo titular de la cventa.y en otra cventa stoy como autorizada .solo yo soy titular de tercera cventa donde mi ingresan subsidio 426 eur al mes .mi pregunta mi pueden embargar subsidio o alguna cventa de mi marido?soy familia numerosa y estoy esperando pa octubre mi cvarto hijo.muchas gracias antemano
Te pueden embargar tus bienes y los bienes gananciales.
Si tienes dinero en una cuenta contigo como titular, es embargable.
Una cuenta sólo a nombre de tu marido, no lo creo que pueda embargarlo.
De todas, formas te recomiendo que pagues, porque tener una deuda con el fisco es un problema muy grave.
Salu2.
A mediados de agosto recibí una notificación del banco en la que me informaban que se iba a proceder al embargo de una cantidad. El saldo de la cuenta era de alrededor de 60 € y al ser una cuenta compartida embargaron el 50%. En la notificación ponía que el importe total de la sanción era de alrededor de 250 €. Hace unos días han procedido al embargo de los cerca de 33 €. Al haber procedido ya al un embargo, van a seguir embargando cantidades hasta saldar el total? No sé cual es la causa del embargo y ya he visto que hay que ir a Hacienda a pedir información. Al margen de todo esto: cómo es posible que hacienda (o cualquiera) pueda acceder a mis datos bancarios? Por qué no han utilizado una cuenta de la que soy única titular? Gracias
No te indica el banco?
Si es Hacienda, puede y acceden a tus cuentas para embargarte. De hecho, mandan cargas a todos tus posibles pagadores para que les paguen primero a ellos; cosa que la mayoría acceden para evitar problemas con el fisco.
Salu2.
Hacienda puede embargar y congelar las cuentas a tu nombre por una deuda, pero puede retirar todo el dinero de las cuentas sea cual sea la cantidad o no? gracias
Sí, me temo que sí.
Hola,
La Agencia Tributaria me ha enviado a mi nombre una notificación de «embargo de crédito arrendaticio» por una deuda de mi casero ya que yo estoy de alquiler en la vivienda a la que figura la deuda. ¿Por qué hacienda me envía la notificación a mí? ¿me pueden embargar a mi por una deuda de mi casero?
Gracias
Seguramente lo que te pide a ti, es que pagues las rentas a la Agencia Tributaria en lugar de al casero.
Salu2.
En marzo 2006 compré una vivienda de la que pagué a hacienda 11.000 del impuesto correspondiente a la compra. En enero de 2011 me notifican la obligatoriedad de pagar 4000€ mas por la vivienda, que según ellos faltan por liquidar. Tras informarles de uqe ya había pagado mi impuesto, han seguido reclamando y embargando cuentas y nóminas. La mayoría de veces sin notificación ninguna.¿Es posible que todavía puedan reclamar una deuda cinco años después y que a pesar de haber pagado religiosamente, sigan
reclamando? ¿como puedo proceder ante esto?
Sí, el 2011 te lo reclamaron en plazo (el fraude fiscal prescribe a los 5 años), y como no pagaste, te embargaron tus bienes.
Salu2.
Sin embargo leo en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, tu caso estaría dentro de los siguientes casos:
a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
que prescribe a los 4 años.
Consulta en una asesoría fiscal.
Salu2.
mi pareja tiene una multa impagada de 600 euros, que en su dia no pudo pagar por no disponer de ningun ingreso. tenemos una cuenta en común de la cual han embargado 18 euros que habían de saldo. este mes ha empezado a trabajar salario de 800 euros, cuanto le embargarán. en lacuenta mencionada anteriormente tengo un prèstamo, cuando ingrese el dinero para pagar la cuota el mes que viene, me la pueden embargar o el banco se cobrará la letra del préstamo?
En el artículo superior puedes ver en el punto «¿Qué ocurre si el moroso comparte una cuenta bancaria con otro titular?» información que puede aclararte algunas cosas.
Seguirán embargando cantidades de las cuentas de la persona deudora hasta que salde toda la cuantía de la multa. No tienen por qué embargar toda la cantidad de golpe. No podemos confirmarte cuánto te embargarán la próxima vez exactamente..
Salu2
Hola, estoy pensando de irme para el extranjero,no se muy bien,antes devo de encontrar trabajo, pero tengo deudas aqui, de poco dinero y con el banco una hipoteca qe ya no pago desde hace 6 o 8 meses ,esque no puedo,mi pregunta es»»» me pueden embargar nomina en el extranjero?? Tengo entendido por amigos qe las empresas te pagan directamente a una cuenta que debemos abrir en el pais que vallamos a trabajar,» me pueden embargar los ingresos a esa cuenta???? Porquesi es asi, yo ya no se como vamos a vivir. Gracias»
No suele embargar nóminas del extranjero.
Pero vamos, te conviene pagar tus deudas… porque irá creciendo y creciendo… intenta solicitar una dación en pago:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/10/06/dacion-en-pago-una-buena-forma-para-librarse-de-la-hipoteca/
Salu2.
Buenos días, soy dueño de una empresa y siempre he intentado llevar todos mis pagos al día. Ayer un cliente recibió una carta de la agencia tributaria conforme mi empresa es la titular de una deuda de 7.200 € y que en caso de que le realizaramos cualquier servicio, lo abone a la agencia tributaria en lugar de a mi empresa. Yo no estoy al corriente de ninguna deuda. En caso de que haya sido fallo de mi gestor que no me lo ha comunicado, que puedo hacer?
Mil gracias
Acudir a la Agencia Tributaria y ver cuál es el problema.
Si ha sido por negligencia de tu gestor, podría tener responsabilidades.
Salu2.
compre una casa a un individuo, y no me la han inscrito en el registro de la propiedad.. por motivos varios.
el individuo debe a hacienda unos 800.000 euros y solo figura a su nombre esta casa. hacienda puede quitarmela en ese caso que puedo hacer???
gracias
¿Pero ya le has pagado? ¿No ha dicho nada el notario?
Salu2.