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25 de octubre de 2010

Problemas venta coche: Notificación de venta o transmisión de vehículo

En el caso de vender nuestro vehículo y que se encargue de los trámites de transferencia el comprador, si éste no llegara a gestionar el cambio de titularidad, podríamos acudir a Tráfico y presentar el Trámite de notificación de Venta o Transmisión del coche, quedando libres así de cualquier responsabilidad respecto al coche (multas, ITV, que circule sin seguro, etc).

De esta forma dejará de figurar como titular del vehículo aunque el comprador no presente en la Jefatura Provincial de Tráfico la Solicitud de Transferencia.

¿Dónde ha de solicitarse este trámite?

Se debe solicitar en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado o en la de matriculación del vehículo

¿Qué coste tiene?

Conlleva pagar una tasa de Trámite de notificación de Venta en la propia Jefatura Provincial de Tráfico que es de unos 8€ aproximadamente. (véase Tasas de Tráfico 2017)

¿Qué documentación se ha de presentar?

  • Identificación del interesado:
    • Personas físicas: DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros
    • Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.
    • Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
  • Documento acreditativo de la transmisión en que conste el DNI ó CIF (contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor, factura en el caso de personas jurídicas, justificante o recibo del pago del vehículo)
  • Permiso de circulación.

El impreso de solicitud de Notificación de Venta, ¿debe ir firmado también por el comprador?

No, sólo se requiere la firma del vendedor o transmitente.

NOTAS:

  • Si el vehículo se transmite a un compraventa, la notificación de transmisión supone su baja temporal.
  • Si el vehículo se ha transmitido a un particular se anotará el cambio de titularidad pero no se expedirá el permiso de circulación.
  • En los Vehículos agrícolas será necesario presentar tambieén documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
  • Antes de solicitar el cambio de titularidad de un vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles (como Leasing, Reserva de dominio, etc) y se deberán abonar las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el Registro de Vehículos.
  • Habrá que presentar Justificante del pago o exención del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, en los casos de vehículos que en su primera matriculación definitiva tuvieron exención de este impuesto, y se solicitase la transmisión antes de:
    • Transcurridos CUATRO AÑOS desde su matriculación,
    • o DOS AÑOS si son vehículos destinados a autoescuela o alquiler con o sin conductor,
    • o 12 MESES si la exención fue por cambio de residencia del titular desde el extranjero a territorio español.
  • Si no presentara el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste que se podrá solicitar en la DGT.

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