En el caso de vender nuestro vehículo y que se encargue de los trámites de transferencia el comprador, si éste no llegara a gestionar el cambio de titularidad, podríamos acudir a Tráfico y presentar el Trámite de notificación de Venta o Transmisión del coche, quedando libres así de cualquier responsabilidad respecto al coche (multas, ITV, que circule sin seguro, etc).
De esta forma dejará de figurar como titular del vehículo aunque el comprador no presente en la Jefatura Provincial de Tráfico la Solicitud de Transferencia.
¿Dónde ha de solicitarse este trámite?
Se debe solicitar en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado o en la de matriculación del vehículo
¿Qué coste tiene?
Conlleva pagar una tasa de Trámite de notificación de Venta en la propia Jefatura Provincial de Tráfico que es de unos 8€ aproximadamente. (véase Tasas de Tráfico 2017)
¿Qué documentación se ha de presentar?
- Identificación del interesado:
- Personas físicas: DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros
- Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.
- Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
- Documento acreditativo de la transmisión en que conste el DNI ó CIF (contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor, factura en el caso de personas jurídicas, justificante o recibo del pago del vehículo)
- Permiso de circulación.
- Justificante del pago/exención del Impuesto de Circulación del año anterior o del año en curso. -> Ultimas noticias (01/2011).- Desde Enero de 2011 ya no es necesario presentar en Tráfico el recibo del Impuesto municipal de Circulación.
El impreso de solicitud de Notificación de Venta, ¿debe ir firmado también por el comprador?
No, sólo se requiere la firma del vendedor o transmitente.
NOTAS:
- Si el vehículo se transmite a un compraventa, la notificación de transmisión supone su baja temporal.
- Si el vehículo se ha transmitido a un particular se anotará el cambio de titularidad pero no se expedirá el permiso de circulación.
- En los Vehículos agrícolas será necesario presentar tambieén documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
- Antes de solicitar el cambio de titularidad de un vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles (como Leasing, Reserva de dominio, etc) y se deberán abonar las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el Registro de Vehículos.
- Habrá que presentar Justificante del pago o exención del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, en los casos de vehículos que en su primera matriculación definitiva tuvieron exención de este impuesto, y se solicitase la transmisión antes de:
- Transcurridos CUATRO AÑOS desde su matriculación,
- o DOS AÑOS si son vehículos destinados a autoescuela o alquiler con o sin conductor,
- o 12 MESES si la exención fue por cambio de residencia del titular desde el extranjero a territorio español.
- Si no presentara el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste que se podrá solicitar en la DGT.
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buenas tengo una pregunta compre un coche hace un par de meses ahora resulta que queria hacer el camvio de nombre y el coche esta notificado al nombre de una persona que no conosco no es el que me lo vedio y no se que puedo hacer yo tengo todos los papel para transferirlo pero esta notificado a otro nombre no es el que me lo vendio gracias
Buenas
Quien te lo vendió te ha engañado y ha querido ahorrarse el Impuesto de transmisiones que le tocaría pagar en Hacienda.
Habla con el vendedor para que te de los datos del titular del coche y contactar con él.
Si se niega avísale de que le vas a denunciar pues te ha vendido un coche que no le pertenecía y eso es estafa.
A ver si así consigues aclarar el tema. Habría que ponerlo primero a su nombre y después ya al tuyo. No se puede saltar ese paso intermedio al haber una notificación de venta hecha.
Salu2
Buenas, he vendido una moto, he echo la notificacion de venta pero el comprador sigue sin transferir, ¿pasa algo sino transfiere nunca la moto?
Buenas
Una vez hecha Notificación de Venta esa moto ya no es problema tuyo ni pasa nada aunque no la transfiera.
Así que no te preocupes. Has hecho muy bien.
Salu2
vale, me quedo mucho mas tranquilo, ya no me vendra el impuesto de circulacion ni nada no?
No. El impuesto tampoco te llegará.
Salu2
y esa moto ya no estaria a mi nombre una vez echa esa notificacion de venta no?
Ya no te llegará el impuesto de circulación, y si le pusieran alguna multa le llegaría a él y no a ti.
A los efectos sería como si estuviera transferido (haga el comprador la transferencia o no. Ya no es problema tuyo)
Así que te puedes despreocupar.
Salu2
Hola, vendí mi vehículo en el mes de Mayo, el mismo iba a nombre de mi cuñado, aunque lo tenía yo desde hacía 10 años, pero no lo cambie de nombre.
A fecha de hoy no esta cambiado de nombre en Tráfico por el comprador, llamó y todo son largas y excusas.
Solamente tengo una fotocopia del contrato de venta firmado por el comprador y los datos de la gestora que se supone debe hacer todos los trámites.
Con esa documentación puedo comunicar a Tráfico el nuevo titular del vehículo ?
Gracias.
Hola
Sólo puede realizar Notificación de venta el titular oficial del vehículo (entendemos que sigue siendo tu cuñado)
Y para ello debe presentar en Tráfico la documentación que puedes ver detallada en el artículo superior.
Salu2
Buenas, el impuesto de circulación lo pagaria ya el que ha sido notificado , es decir, le vendria ya a el otro no haya echo la transferencia o no
Buenas
Así es. Una vez notificada la venta le llegaría a él. Haya transferido o no.
Salu2
una vez echo la notificacion de venta si ami no me llega el impuesto de circulacion, por lo que deduzco que le yegaria ya al otro no? Espero respuesta.Gracias
Respondido en comentario anterior.
Salu2
Hola.
He vendido mu coche, se hizo el contrato de compraventa, se firmo y se notifico la venta en trafico junto antes de entregarlo, todo el mismo día, ya que lo vendo son ITV y sin Seguro (eso consta en el contrato de compraventa) y no tenia yo muy claro que el comprador fuera a recogerlo con una grúa tal y como le indique.
Pues después de todo esto, fue a recoger el coche (se lo vendí por
350€ indicándole que estaba 2 años parado y que seguramente tendría que invertir en reparaciones por que tendría cosas en mal estado) aun así, quiso comprarlo.
Al rato de recoger el coche me llama y me dice que no lo quiere, que le devuelva su dinero y que me deja el coche en mi casa.
El coche ya esta notificada la venta en trafico por lo que ya no es mio…
No se que hacer, se puede echar atrás?? que tendría que hacer para solucionar este problema?
Si me podéis orientar, la verdad es que estoy bastante nerviosa por este tema.
Gracias
Hola
No tienes que devolverle el dinero de la venta. El comprador estuvo en su derecho de probar el coche antes de la compra.
Hiciste bien en realizar notificación de venta. Si ya no quiere el coche después de haberlo pagado es problema suyo lo que ya haga ahora con él. No tuyo.
No tiene forma de reclamarte y más en un coche que has vendido por 350€..
Salu2 y no te preocupes ni hables más con él si no quieres.
Hola vendi una moto hace 25 años con un contrato, y no ha echo transferencia, sigue saliendo a nombre nuestro de mi madre, porque el es un personaje con cantidad de problemas.
El diria no estando a mi nombre así no me la quitan,se ha mudado de vivienda por los menos 10 veces y mas etc, hay alguna forma de poder recoger la moto, dandole algun dinero.
Gracias
Hola
Tendrías que llegar a un acuerdo con él a ver si te la entrega o la transfiere..
Salu2
Muchas gracias por tu respuesta.
Para eso estamos
Buenas Noches,
Mi duda es la siguiente: He heredado de mi difunto padre un vehículo con mi hermano al 50% de la propiedad.Hasta ahí bien, pero me surgen algunas cuestiones como,
¿Sólo puede haber un titular ante tráfico pese a que sea herencia? y si es así, ¿debe renunciar el otro a su titularidad específicamente o por el contrario lo que se hace es poner el titular al primero y al segundo hacerle firmar una hoja en la que explica que cualquier acción por el vehículo debe ser consultada por él(venta,etc) porque sigue siendo a artes iguales?
Aparte d todo esto, en cuanto a los seguros..como es ese tema?
Perdonen mi ignorancia es que aún no tengo el carnet pero quería consultar mis derechos y lo que puede ocurrir.
Ojala me puedan ayudar, Muchas gracias
Buenas noches.
Sí, ahora sólo puede figurar en Tráfico un único titular.
Lo único que se puede hacer es firmar un contrato privado entre ambos tal como indicamos en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/01/16/poner-coche-a-nombre-de-dos-titulares/
Pero quién cuenta para realizar cualquier trámite es quien figure como titular. Al otro sólo le queda reclamar vía judicial si no hubiera acuerdo..
Respecto al seguro, depende como acordeis. Es independiente de a quien figure el coche (tendréis que poneros de acuerdo en quién lo paga – tomador del seguro) y podéis figurar los dos como conductores.
Salu2 y ya nos contarás.