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20 de octubre de 2010

El Certificado de Emigrante Retornado

Una persona que haya estado trabajando en el extranjero y vuelve a España puede solicitar el certificado de emigrante retornado y su principal utilidad es para la solicitud de las ayudas del servicio de empleo: prestaciones o subsidios de desempleo.

¿Qué es el certificado de emigrante retornado?

Es una declaración administrativa que acredita la condición del solicitante para ser considerado como «emigrante retornado» a los distintos efectos que la normativa española considera tal situación como causa para una discriminación positiva.

¿Cómo se consigue?

El certificado de emigrante retornado hay que solicitarlo en las oficinas de extrajeros de la dependecia de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones de Gobierno (o Subdelegaciones) de la provincia donde el solicitante haya fijado su residencia.

Se puede solicitar el certificado en cualquier momento desde la llegada a España.

¿Qué usos tiene el certificado del emigrante retornado?

Con este certificado, se pueden acceder a casi todas las ayudas y derechos cuyo público objetivo es la emigración de retorno:

  • Prestaciones de desempleo a nivel contributivo: son beneficiarios los emigrantes retornados que se encuentren en situación legal de desempleo y tengan como mínimo un año cotizado antes de su salida de España.
  • Subsidio de Desempleo: los requisitos son retornar de un país que no pertenece a la Unión Europea o que no tenga convenio de protección de desempleo con España, haber trabajado en ese país un mínimo de 12 meses en los últimos seis años y no tener derecho a prestación por desempleo.
  • Renta Activa de Reinserción: entre otros requisitos, se exige la constancia de haber trabajado en el extranjero un mínimo de 6 meses desde la última salida de España (si es el caso).
  • Subsidio de desempleo para mayores de 52 años: se extiende hasta la edad de jubilación del solicitante. Sólo puede tenerse acceso si el solicitante proviene de una situación previa de subsidio de desempleo.
  • Acceso al Plan estatal para favorecer al acceso a la vivienda o compra de vivienda en situación de emergencia social.
  • Convenio especial con la Seguridad Social.
  • Programas de actuación a favor de emigrantes y retornados.

¿Qué plazo de validez tiene?

La condiciónd e emigrante retornado tiene una duración de 2 años desde la fecha de retorno.

¿Qué documentación hay que presentar con la solicitud?

Además del impreso oficial se ha de acompañar de:

  • Documento Nacional de Identidad o pasaporte del interesado.
  • Baja consular (o pasaporte).
  • Acreditación del tiempo trabajado en el extranjero. Los documentos de trabajo y que no tengan carácter oficial deberán venir autentificados por el Consulado Español o por la Consejería Laboral Española del país de procedencia del solicitante.
  • El interesado deberá manifestar igualmente y mediante declaración jurada o promesa que desde la fecha de retorno a España no percibe prestación o subsidio de desempleo a cargo del país de emigración.

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193 comments to El Certificado de Emigrante Retornado

  • Carlos Fernandez Gacia.

    Perdón por retomar mi pregunta inicial, pues no me quedo muy claro,
    si viviendo seis meses y un día como residente en España, a efectos fiscales, tributaria, como cualquier otro Español que siempre ha vivido en su país y por otra parte, una vez vendido mi patrimonio inmobiliario, me seria licito el darme de baja como residente y regresar a México,inscribiendo me nuevamente en el Registro de Matricula Consular en Mexico sin mas obligaciones, que las ya citadas.
    De nueva cuenta agradezco su respuesta.

  • Milko

    Por favor ,alguien pudiera contestatme.solicite mi certificado de emigrante retornado en la oficina de santa cruz de tenerife hace 20 días y no me han llamado para recogerlo. He escrito al correo elect y me responden que está en tramite.he preguntado a otras personas y me dicen que normalmente lo entregan en 2 o 3 dias.¿es normal que demore tanto ese tramite?

    • Pues no te podemos decir… es posible que esa oficina en concreto tenga una saturación de trabajo o haya algún problema en la tramitación. Pregunta en la oficina.

      Salu2.

  • LNG

    Hola,

    Escribo porque actualmente trabajo en Canadá. Mi contrato de trabajo en España se acabó en Enero de 2017 (llevaba 2 años trabajados) y no pedí el paro porque me vine a Canadá el 5 de Enero. Quiero volver a España por Navidad y me gustaría saber si puedo pedir el subsidio de inmigrante retornado o la prestación contributiva al volver.

    Mi contrato de trabajo en Canadá va del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2017 (pero mi billete de avión es del 5 de Enero al 17 de Diciembre y no sé si esto influye para poder pedir el subsidio de emigrante retornado, porque según el billete, estoy fuera algo menos de 1 año).

    ¡Gracias!

    • Yo creo que puedes pedir la prestación de desempleo, ya que te has marchado del país por empleo y que ahora termina. Tenías tiempo acumulado.

      En cuanto a la de emigrantes retornados, indican:
      «Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.»

      En tu caso, sí que se cumple por tu contrato.

      salu2.

  • Maria

    Hola,
    Me vuelvo a España despues de 8 años trabajando en el extranjero ( fuera de UE). Se que como española que no tiene paro puedo pedir la ayuda del emigrante retornado. Estoy casada y mi marido trabaja en España. Me gustaria saber si el sueldo de mi marido influye para que me concedan la prestacion.
    Gracias.

  • carlos

    Que sucede si esperando por el certificado de emigrante retornado se me vence el término para otros trámites para los que me es imprescindible aportar dicho certificado, todo ello debido a causas ajenas a mi voluntad.

  • Agustin Perez Arenas

    Buenas tardes, se puede dar seguimiento al tramite de un certificado de emigrante retornado via internet? Gracias

  • raxi

    buenas tardes.
    En mi caso tengo la doble nacionalidad Española y Marroquí las dos de Origen.. he vivido entre España y Marruecos . En estos momentos estoy en Marruecos trabajando pero lo dejo a finales de este mes. mi pregunta seria de si tendría derecho al certificado de inmigrante retornado teniendo en cuenta que en Marruecos en los documentes de mi trabajo como el seguridad social de aquí consto como Marroquí. también estoy dad de alta en el consulado español de aquí.

  • Alberto

    Hola. Mi situación es la siguiente. Cumplo con todos los requisitos tras haber trabajado en China durante un par de años, pero el único certificado para probar que he trabajado que tengo es el contrato de trabajo original de la universidad donde trabajé, sin ser compulsados en la embajada. No tengo nóminas ni tengo certificado de empresa ni de la seguridad social. ¿Es esto suficiente? ¿o necesito todos los documentos? En China no nos dan los documentos de cotización a la seguridad social.Gracias.

  • CARMEN JOHANNA

    Hola, soy nacida en Venezuela y española por residencia desde el 2011, mi marido y mis hijos son españoles de nacimiento. En el 2012 viajamos a Venezuela y trabaje durante varios años, en el 2018 retornamos a España, tengo la baja consular y los documentos laborales adverados por la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de España en Venezuela. Tengo derecho a solicitar el Certificado de Emigrante Retornado ?.

    Gracias.

  • pedro dominguez

    Hola si perdí el certificado de baja consular que pedi en Caracas cuando regresé a España ¿Cómo puedo pedir un documento que acredite que solicité mi baJA CONSULAR?

    gracias

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