Una persona que haya estado trabajando en el extranjero y vuelve a España puede solicitar el certificado de emigrante retornado y su principal utilidad es para la solicitud de las ayudas del servicio de empleo: prestaciones o subsidios de desempleo.
¿Qué es el certificado de emigrante retornado?
Es una declaración administrativa que acredita la condición del solicitante para ser considerado como «emigrante retornado» a los distintos efectos que la normativa española considera tal situación como causa para una discriminación positiva.
¿Cómo se consigue?
El certificado de emigrante retornado hay que solicitarlo en las oficinas de extrajeros de la dependecia de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones de Gobierno (o Subdelegaciones) de la provincia donde el solicitante haya fijado su residencia.
Se puede solicitar el certificado en cualquier momento desde la llegada a España.
¿Qué usos tiene el certificado del emigrante retornado?
Con este certificado, se pueden acceder a casi todas las ayudas y derechos cuyo público objetivo es la emigración de retorno:
- Prestaciones de desempleo a nivel contributivo: son beneficiarios los emigrantes retornados que se encuentren en situación legal de desempleo y tengan como mínimo un año cotizado antes de su salida de España.
- Subsidio de Desempleo: los requisitos son retornar de un país que no pertenece a la Unión Europea o que no tenga convenio de protección de desempleo con España, haber trabajado en ese país un mínimo de 12 meses en los últimos seis años y no tener derecho a prestación por desempleo.
- Renta Activa de Reinserción: entre otros requisitos, se exige la constancia de haber trabajado en el extranjero un mínimo de 6 meses desde la última salida de España (si es el caso).
- Subsidio de desempleo para mayores de 52 años: se extiende hasta la edad de jubilación del solicitante. Sólo puede tenerse acceso si el solicitante proviene de una situación previa de subsidio de desempleo.
- Acceso al Plan estatal para favorecer al acceso a la vivienda o compra de vivienda en situación de emergencia social.
- Convenio especial con la Seguridad Social.
- Programas de actuación a favor de emigrantes y retornados.
¿Qué plazo de validez tiene?
La condiciónd e emigrante retornado tiene una duración de 2 años desde la fecha de retorno.
¿Qué documentación hay que presentar con la solicitud?
Además del impreso oficial se ha de acompañar de:
- Documento Nacional de Identidad o pasaporte del interesado.
- Baja consular (o pasaporte).
- Acreditación del tiempo trabajado en el extranjero. Los documentos de trabajo y que no tengan carácter oficial deberán venir autentificados por el Consulado Español o por la Consejería Laboral Española del país de procedencia del solicitante.
- El interesado deberá manifestar igualmente y mediante declaración jurada o promesa que desde la fecha de retorno a España no percibe prestación o subsidio de desempleo a cargo del país de emigración.
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LLegue de Cuba el pasdo mes de Agosto solicite el certificado de emigrante retornado, para lo cual presente toda la documentacion que se exige en Santa Cruz de Tenerife, en el caso de los documentos de trabajo entregue la cetificacion con toda mi actividad laboral por mas de 40 años que abarca hasta enero del año 2011, son documentos oficial del Miniserio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba, que por tener dicho caracter no estan adverados, o sea se corresponde con los indicado por la Secretaria de Emigracion e Inmigrcion de España sin embargo me estan exigiendo ese requisito. Que debo hacer
Consúltales a ellos qué documentos has de presentar y solicítalo a la embajada cubana.
Salu2.
LLegue a España el día 2 de Octubre 2011 que tiempo máximo tengo para solicitar el certificado de emigrante retornado
Lease el artículo, por favor!!! Su pregunta está respondida ya!!!
Qué tiempo tardan en otorgar el certificado de emigrante retornado?
Lo desconozco, pero supongo en unos pocos meses.
Salu2.
Juan Alberto, si tienes:
1. DNI
2. Baja Consular
3. Certificado de empadronamiento en la provincial donde solicitas el cer.
4. Documentacion que acredite el trabajo en el extranjero ADVERADA por la Consejería de Trabajo de la Embajada o Consulado, O «vida laboral» en documento oficial de las autoridades laborales del país de emigración.
5. Documento válido que acredite la fecha de entrada a España….
en dos días lo puedes tener.
PD! Si el emigrante ha nacido en el país de emigración, y retoma la nacionalidad española, tiene que haber trabajado (y demostralo conla doumentación anterior) ostentando dicha nacionalidad, al menos 12 meses antes del retorno. (trabjar como Español»)
Esto es sobre todo para los que viene de CUBA, VENEZUELA…
Llegué de Cuba hace dos meses. Estoy pendiente de la confirmación de la ayuda de los 420 euros durante 18 meses. Tengo 72 años y con esta edad no creo que consiga trabajo en ningún lugar. ¿Después de esos 18 meses de ayuda, tengo derecho a algún tipo de pensión o jubilación? Gracias
Después de la ayuda de emigrante retornado, puedes pedir la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
y después no creo que tengas derecho a ninguna ayuda más, ya que los PNC te exigen una residencia mínima de 10 años en España.
Salu2.
Mírate esta guía, Santiago:
http://www.ugt.es/campanas/emigrante.pdf
Hay cláusulas específicas de ancianidad. Y creo que sí podrías cobrar las pensiones no contributivas: los emigrantes retornados están exentos del requisito de residir 10 años en España.
Buena suerte.
Buenas tardes: Mi hermana viene como emigrante retornada, Ella ha estado trabajando y cotizando a la Seg . Social de Perú, y aquí le piden las aportaciones de la Seguridad Social. Es el caso que la Seg Social de Perú le hace una constancia indicando los años cotizados y por qué empleador, pero no indica las aportaciones en cantidades, ¿Será suficiente para poder acceder al subsidio de Inmigrante Retornado?. Muchas gracias.
Sí, no es necesario que sepan lo que cotizó.
Salu2.
hola mi nombre es manuel me gustaria saber una vez que de entrada para solicitar el certificado al emigrante retornado cuanto tiempo demora en darmelo gracias
Imagino que poco tiempo…
En el SEPE tardan en resolver las solicitudes entre 1 y 2 meses.
Lo desconozco.
Si ya adquiri el certificado de emigrante retornado pero debo volver a solicitarlo por haber sido denegada la ayuda por no cumplir los requisitos el trabajo senalado, puedo solicitar otro certificado de emigrante retornado con el ultimo enmpleo en el que trabaje fuera de Espana? O solo entregan ese certificado una sola vez?
Si ya tienes certificado, porqué te van a dar otro?
Salu2.
Estoy preparando viaje a España y me han informado en la oficina de trabajo del consulado español que los documentos por los años de servicio debes ser complulsados por el jurídico de mi ministerio, al parecer Cuba ha bloqueado este paso y no están autorizado dicha compulsión, mi pregunta es si yo no puedo presentar todos los documentos acreditativos de mis años de servicio debidamente legalizados y compulsados por el MINREX Cubano y por la embajada española, para solicitar mi certificado de retornado, y por otra parte si en el caso de que Cuba se niegue a continuar compulsando esos documentos que pasará con quienes necesitemos este certificado después de haber trabajado en Cuba?
Saludos, Ana María.
Supongo que solucionarán este problema. De cualquier forma, pon una reclamación en el consulado español para hacer constar la existencia de este problema.
Salu2.
Hola, Tengo doble nacionalidad, Uruguaya y Española, he trabajado en Uruguay como Uruguaya y he traido toda la documentación legalizada por el consulado Español para solicitar el certificado de emigrante retornado.
Mi consulta es si esta ayuda me corresponde ya que no estaba trabajando como Española.
Muchas gracias, saludos.
Buenos días.
Sí, por los datos que comentas y al traer la documentación legalizada por el consulado Español, podrás acceder a las ayudas correspondientes.
En el artículo superior, puedes ver detalladas los diferentes tipos de ayudas que hay y la documentación a presentar para solicitar el Certificado de Emigrante Retornado y poder acceder así a ellas.
Salu2
Hola Leticia. Una pregunta. Ahora tengo el mismo caso tuyo. Al final te dieron el certificado de emigrante retornado ? Accediste a la ayuda ? Se que han pasado años de tu caso pero no encuentro info al respecto. Gracias
Hola, soy española, pero he vivido en Venezuela toda la vida. He estado cotizando a la seguridad social venezolana en forma continua desde hace aproximadamente 3 años. Este año viaje a España para contraer matrimonio y estuve empadronada en Madrid por 3 meses, luego me di de baja de nuevo y ahora figuro nuevamente como residente en Venezuela. Pienso regresar defintivamente a España en unos seis meses. La pregunta es si el hecho de haber estado empadronada 3 meses en España puede incidir en no obtener la pension o si debo esperar cotizar 12 meses más luego de mi baja en España para efectos de solicitar la ayuda de retornado? Gracias por su ayuda.
Leete las condiciones de esta ayuda en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/02/23/subsidio-para-emigrantes-retornados/
Salu2.