La última reforma de la Ley de Tráfico está orientada a cobrar rápidamente las multas de los infractores mediante el incentivo de un descuento del 50%, y evitar así los recursos de multas.
Sin embargo, la administración no siempre tiene razón. Si no estamos de acuerdo con la infracción, existe defecto de forma, la notificación está fuera de plazo u otra razón, recurriremos la multa y si queremos tener más éxito podemos incluso acudir a una empresa quitamultas.
¿Si recurrimos la multa, pierdo la posibilidad de descuento del 50%?
Sí. Esa es la baza con la que juega la administración para que los infractores paguen sin recurrir las multas.
Pero antes de hacerlo, hemos de fijarnos si la administración ha hecho sus deberes correctamente, en caso contrario hay que recurrir y ganaremos casi seguro.
¿En qué casos podemos recurrir?
No hemos cometido la infracción:
- Esto suele ocurrir debido a un error de un agente de la seguridad vial que al rellenar la multa haya puesto nuestra matricula. Es conveniente asegurarse que en esa fecha no hayamos dejado nuestro vehículo a nadie.
Defecto de forma:
- La notificación tiene que venir con el faldón de recurso, es decir, debe de indicar cómo podemos recurrir la multa. En caso de no figurar este faldón, podemos “olvidarnos” de la multa. Esta notificación no tendría validez fehaciente y por lo tanto podríamos darnos por no enterados y dejar correr el plazo.
- Notificación en un idioma que no es oficial en el lugar de residencia del infractor. Suele ocurrir con las multas impuestas en las comunidades con un idioma cooficial y los envía a otra comunidad autónoma.
- Fuera de plazo: Las multas hay que notificarlo en el plazo estipulado en función de la gravedad de los hechos: 3 meses para las leves y 6 meses para las graves y muy graves.
¿Qué son las empresas quitamultas?
Son empresas especializadas para recurso de multas. Generalmente estas empresas establecen unas cuotas anuales y te permite recurrir todas las multas que desees a lo largo de ese año.
Existen ocasiones en que es más recomendable convertirse en socio de una asociación de automovilistas o contratar determinados seguros que ofrecen además del servicio de recurso de multas, tienen otras ventajas añadidas.
De cualquier forma, os dejamos una lista de los precios de las empresas más conocidas:
Compañía | Vía administrativa | Vía contencioso | Vía ejecutiva | Precio anual |
sanciones.net | ![]() |
![]() |
48.50 | |
gesmultas.com | ![]() |
48.50 | ||
sadyr.es | ![]() |
48.83 | ||
europ-assisteance.es | ![]() |
70.92 | ||
recurauto.com | ![]() |
![]() |
81.42 | |
multrafic.com | ![]() |
![]() |
81.42 | |
lagestoria.com | ![]() |
81.42 | ||
autoplus.es | ![]() |
![]() |
89.68 | |
multas.com | ![]() |
109.00 | ||
multalia.com | ![]() |
114.94 | ||
legalitas.es | ![]() |
147.50 | ||
dvuelta.es | ![]() |
152.22 |
Artículos relacionados:
Hola, la semana pasada me llegó una multa (la petición para identificar al conductor) de un radar camuflado, pero la foto que viene en ella es muy oscura y solo se aprecia un poco las ultimas letras de la matricula, el resto de números salen completamente en negro. La foto está hecha por delante y en la multa pone la matricula bien y completa. Quisiera saber si se podría recurrir por la cuestión de la foto, o si puede ser que la foto que me mandaron a mi se vea mal, pero que la que tengan ellos se vea claramente.
Gracias! un saludo
Hola.
Puedes intentar recurrir, pero seguramnete te envíen una foto con la foto de tu matrícula ampliada donde se vea perfectamente.
Aparte de esto, intentándolo perderías el descuento del 50% por prontopago, así que tienes que ver si te merece la pena probar…
Esperamos que la cuantía no sea mucha y que no te quiten muchos puntos por ello.
Salu2
Buenos días,
Me pusieron una multa por parar 1 minuto en una acera, notificada como ‘estacionar en zona de carga y descarga’. Cuando llegué al vehículo aún no me habían multado pero lo hicieron igualmente. Y la firmé, porque me dijo que era sólo para darme por notificada. Ayer me acerqué a la oficina de la policía local para cambiar el boletín de denuncia por el impreso de pago, y me acabo de dar cuenta de que en la notificación de denuncia que me han dado el número de la matricula no es correcto (la última letra no es correcta). ¿Puedo alegar defecto de forma a pesar de que estaba allí cuando me la pusieron, y la firmé? Quiero decir que me resulta difícil justificar la alegación si se da por sentado que si la firmé yo estaba efectivamente allí cuando me la pusieron, luego claramente sí es mi coche aunque hayan puesto otra letra…
¿Puedo recurrir? ¿En qué términos debo hacerlo?
Gracias
Buenos días
Ya te entendemos.. El recurrir no te asegura que te lo vayan a dar favorable y que te la retiren en este caso por lo que comentas.
Puedes intentarlo indicando que el vehículo sancionado no corresponde con los datos de tu vehículo y por tanto sería defecto de forma. Sin indicar nada sobre si la firmaste o no…
Tienes que decidir si te merece la pena probar. Aunque perderías el descuento del 50% si no dictaminan a tu favor.
Salu2
Me han multado hoy con 200 Euros (100 si pago pronto) por no llevar mi moto el catadióptrico trasero. He alegado que se me habría caido en marcha (se observa el agujero donde iría atornillado en la matrícula), pero no ha colado.
Circulaba normalmente y de día… ¿es razonable esta denuncia? ¿y de semejante importe? ¿es recurrible?
Según el REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS:
Artículo 16. Dispositivos obligatorios de alumbrado y señalización óptica.
2. Toda motocicleta deberá estar provista de:
Luz de cruce.
Luz de carretera.
Luz de frenado.
Luz de la placa posterior de matrícula.
Luz de posición delantera.
Luz de posición trasera.
Catadióptrico trasero no triangular.
Así que en tu caso la infracción es:
CIRCULAR CON EL CICLOMOTOR RESEÑADO SIN ESTAR PROVISTO DEL
ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN ÓPTICA OBLIGATORIOS – art 021 apt 2
-> 200€ de multa (100€ importe reducido)
Deben indicar que has incumplido concretamente (en este caso no disponer del catadióptrico) y en ese caso, sería correcto.
Salu2
Hola,
Te falta MultAyuda, un servicio ofrecido por Pyramid Consulting. 53€ todo el año al contratar por Internet.
Gracias!!!
Hola.
el otro dia me pillaron ablando con el movil,pero en la multa que me dieron en mano pone la fecha erronea, en concreto se equivocaron en el año, pusiron 15/12/2012…
si la recurro tengo posibilidad de que me la quiten? gracias.
Entendemos que la fecha errónea se consideraría defecto de forma así que podrías intentar recurrir. Eso sí, no te podemos asegurar que te lo den a tu favor y perderías el descuento del 50% en el importe.
Así que posibilidades tienes, pero ya depende de lo que decidas arriesgarte.
Salu2 y que pases Felices Fiestas
Hola,
Ayer recibí carta de la AEAT solicitándome 300€ de principal + el 20% de recargo de apremio.
La sanción fue incoada por el Servei Catala de Transit, en adelante SCT (delegación catalana de Tráfico), la cual ha delegado el cobro a la Administración Tributaria.
Lo que me sorprende es que nunca recibí notificación en mi domicilio(en su expediente siempre marcan desconocido o ausente).
Se trata de una sanción grave –> multa radar (14/11/10), 2 primeros intentos de notificación (no son ciertos hay portero y gente en casa que coje TODAS las notif), y posterior publicación en TESTRA (con efectos 18/03/11).
Han intentado notificarme de nuevo (2 intentos, tb con ausenta+desconocido) y no publicaron nada en TESTRA.
Como ya he comentado el 27/12/11 recibo apremio de la Agencia Tributaria (no sé porqué pero siempre recibo sus notificaciones, a diferencia de las de Tráfico y Ayto de Barcelona…).
Sé que entre mi notificación efectiva (18/03/11) y la fecha de la infracción ha transcurrido un periodo inferior a 6 meses (no prescrita), mi duda es la siguiente: Dado que entre el 18/03/11 y la notificación de apremio (27/12/11) han transcurrido más de 6 meses, puedo alegar alguna clase de preescripción/caducidad??
Las multas las pago, pero que no me den la oportunidad de (i) alegar o (ii) beneficiarme de las reducciones lo encuentro una estafa y un abuso!!!
Mil gracias por anticipado y felicidades por el foro!!!
Buenas tardes.
Tendrías que acudir a Tráfico para comprobar qué dirección es la que figura en su base de datos, ya que es posible que no sea la actual y por eso no te lleguen las notificaciones.
Puedes revisar si quieres antes de ir el Permiso de Circulación de tu coche, para ver si esa dirección es la tuya actual. Si no lo fuera, es posible que ese sea el problema. En ese caso, acude a Tráfico a actualizar ese Permiso de Circulación.
– En la Agencia Tributaria tienen tu dirección correcta, por eso de ahí si te llegan. No tiene por qué coincidir con la de Tráfico (son bases de datos diferentes aunuqe interelacionadas).
Sobre la prescripción de las sanciones te indicamos un enlace con la información ampliada sobre este tema para ver si te sirve:
¿En qué plazo prescriben las sanciones o multas de Tráfico?
Salu2 y Felices Fiestas.
Hola me han multado por:
«CONDUCIR DE FORMA TEMERARIA CREANDO UNA SITUACIÓN DE REISGO PARA SI MISMO, LOS DEMÁS OCUPANTES DEL VEHÍCULO O AL RESTO DE USUARIOS DE LA VIA. ADELANTA A VARIOS VEHÍCULOS POR LA DERECHA SIN DEJAR ESPACIO LATERAL DE SEGURIDAD CON LOS MISMOS. NO SE NOTIFICA AL NO PODER DARLE ALCANCE POR ELEVADA DENSIDAD DE TRAFICO.» 200€
Aunque el texto parece que iba haciendo el loco fue con la moto en San Rafael, en un semáforo en que los coches estaban detenidos y yo pasé despacio por la derecha, con las debidas precauciones.
Hay alguna posibilidad de recurrir la multa?
Gracias y un saludo.
Feliz 2012
No hay mucho que puedas hacer al respecto. Tus explicaciones para recurrir no serán suficientes.
La única posibilidad es que haya algún error de forma en la notificación, como por ejemplo, que estén mal puesta la matrícula..
En estos momentos hay que tener mucho cuidado ya que cualquier movimiento no permitido es sancionado. Hay que recaudar.
Feliz 2012 para ti también y ánimo..
hola, recibi una multa por cambiar de direccion desde carril improcedente en la diagonal de barcelona, aparte me dice que no se me dio en mano porque era un riesgo para la circulacion y la seguridad de terceros impide el seguimiento!!!! yo a eso le llamo recaudar,,,,donde esta la prueba de eso?? iba con mi abuela de 87 años!!!!..no hay foto, no hay nada!!! si se lo hacen a 50 y los 50 tragan…..5000 pavos al bolsillo!!! que verguenza…..
hay algo que hacer? me piden 200 y con rebaja, 100.
cual es la mejor compañia para recurrir? alguna sugerencia?? gracias de antemano
Buenos días.
La verdad es que ahora es cierto que cualquier pequeño detalle sirve para sancionar y que hay recaudar. Y no hay mucho que se pueda hacer ya que se presupone la veracidad de los agentes.
EN tu caso, puedes intentar recurrir. Para ello lo mejor es que te pongas en contacto con alguna de las empresas especializadas en recurrir multas. Así queizás vean o te puedan decir que alegar al respecto. Decir que ibas con tu abuelilla, aunque sea cierto no va a ser suficiente.. Quizás haya algún defecto de forma que haga que invaliden la sanción. Eso sí, en caso de que no te lo den favorable, perderás el descuento del 50%.
Salu2 y ánimo..
hola,
he recibido tres multas de un coche que vendi.
Una por aparcamiento y dos por no tener ITV.
Tengo el contrato de compra venta con fecha anterior a la de las multas, pero me fie del tio y no realice la notificacion a trafico hasta que me llego la primera multa, y me di cuenta de que me la habian liado.
Puedo hacer algo, o simplemente me las tengo que comer con patatas.
Un saludo
Buenos días.
Si dispones del comprato de coprventa donde figura la fecha, y copia del DNI del comprador, tendrías que enviar un escrito tal como te indicara en la notificación identificando al conductor con los datos del comprador. Aporta en el sobre junto al escrito copia del contrato de compraventa y copia DNI del comprador.
De esta forma le reenviarán la multa de aparcamiento a él.
Sobre la multa de las 2 ITV, me temo que no podrás hacer nada, ya que esas corresponde pagarlas al titular del vehículo en ese momento, y si aún lo eras tú, no hay nada que alegar. Era responsabilidad tuya asegurarte que el vehículo se transfiriera o realizar la Notificación de Venta antes de entregarlo… Lo sentimos..
Si hiciste finalmente Notificación de Venta a Tráfico de ese coche, al menos ya no te llegarán más..
Salu2
Esta mañana me han puesto una multa y en ella viene mal el KM en donde se ha cometido la infracción. Se puede recurrir.
Creemos que no va a ser motivo suficiente para recurrir si no es demostrable que haya sido efectivamente en otro km…
Te arriesgas además a perder el descuento del 50% por pronto pago.
En tu caso no vemos claro que te lo vayan a dar favorable si justificas eso.
Salu2