La última reforma de la Ley de Tráfico está orientada a cobrar rápidamente las multas de los infractores mediante el incentivo de un descuento del 50%, y evitar así los recursos de multas.
Sin embargo, la administración no siempre tiene razón. Si no estamos de acuerdo con la infracción, existe defecto de forma, la notificación está fuera de plazo u otra razón, recurriremos la multa y si queremos tener más éxito podemos incluso acudir a una empresa quitamultas.
¿Si recurrimos la multa, pierdo la posibilidad de descuento del 50%?
Sí. Esa es la baza con la que juega la administración para que los infractores paguen sin recurrir las multas.
Pero antes de hacerlo, hemos de fijarnos si la administración ha hecho sus deberes correctamente, en caso contrario hay que recurrir y ganaremos casi seguro.
¿En qué casos podemos recurrir?
No hemos cometido la infracción:
- Esto suele ocurrir debido a un error de un agente de la seguridad vial que al rellenar la multa haya puesto nuestra matricula. Es conveniente asegurarse que en esa fecha no hayamos dejado nuestro vehículo a nadie.
Defecto de forma:
- La notificación tiene que venir con el faldón de recurso, es decir, debe de indicar cómo podemos recurrir la multa. En caso de no figurar este faldón, podemos “olvidarnos” de la multa. Esta notificación no tendría validez fehaciente y por lo tanto podríamos darnos por no enterados y dejar correr el plazo.
- Notificación en un idioma que no es oficial en el lugar de residencia del infractor. Suele ocurrir con las multas impuestas en las comunidades con un idioma cooficial y los envía a otra comunidad autónoma.
- Fuera de plazo: Las multas hay que notificarlo en el plazo estipulado en función de la gravedad de los hechos: 3 meses para las leves y 6 meses para las graves y muy graves.
¿Qué son las empresas quitamultas?
Son empresas especializadas para recurso de multas. Generalmente estas empresas establecen unas cuotas anuales y te permite recurrir todas las multas que desees a lo largo de ese año.
Existen ocasiones en que es más recomendable convertirse en socio de una asociación de automovilistas o contratar determinados seguros que ofrecen además del servicio de recurso de multas, tienen otras ventajas añadidas.
De cualquier forma, os dejamos una lista de los precios de las empresas más conocidas:
Compañía | Vía administrativa | Vía contencioso | Vía ejecutiva | Precio anual |
sanciones.net | ![]() |
![]() |
48.50 | |
gesmultas.com | ![]() |
48.50 | ||
sadyr.es | ![]() |
48.83 | ||
europ-assisteance.es | ![]() |
70.92 | ||
recurauto.com | ![]() |
![]() |
81.42 | |
multrafic.com | ![]() |
![]() |
81.42 | |
lagestoria.com | ![]() |
81.42 | ||
autoplus.es | ![]() |
![]() |
89.68 | |
multas.com | ![]() |
109.00 | ||
multalia.com | ![]() |
114.94 | ||
legalitas.es | ![]() |
147.50 | ||
dvuelta.es | ![]() |
152.22 |
Artículos relacionados:
Buenas tardes,
Recibí una multa en el domicilio que la traia el cartero, bueno en realidad la recibió mi madre porque el coche esta a su nombre, como la multa era supuestamente que me habia saltado un semaforo con la luz roja no intermitente y eso supone 4 puntos de carné, mi madre fue al ayuntamiento a «recurrir» diciendo que era yo el que conducia, aunque solo lo hizo para que los puntos no se los quitaran a ella porque el coche es mio y lo conduzco yo.
Total que ahora me a llegado la carta de notificacion de la multa identica pero a mi nombre «Christian» y quiero recurrirla de algun modo porque yo el dia de la supuesta infraccion estaba en casa ya que pone que fue a las 2:11 de la madrugada. Alguna ayuda para poder recurrirla?
Gracias y disculpen por el texto tan largo.
Buenas tardes
Puedes solicitar la foto para ver la matrícula, pero perderías el descuento del 50% por pronto-pago.
Para recurrir tendría que haber un error en la matrícula o en los datos. Decir que sese día estabas en casa no servirá porque no hay forma de demostrarlo.
Salu2
me han comentado en la empresa que tengo 3 multas de radar, me han dicho la autovia y el pk de las infracciones, pero ese radar al menos los dias que pasé yo por ahí, no estaba señalizado.
Se puede hacer algo? o no hay nada que rascar? xD
Gracias
Si aún siguen sin señalizar, y son radares fijos, podrías intentar recurrir en base a esto.
Si están señalizados o son de radar camuflado, no habría mucho qué hacer… salvo que haya algún defecto de forma, como que esté mal notificada la matrícula,…
Salu2
es un radar fijo, pero puede ser que AHORA estén señalizados, yo se al 100% que cuando me pasó NO lo estaban… hay alguna manera de poder demostrarlo? ademas la limitación de velocidad es de 100 km/h y creo que (por lo que me han comentado) las que me llegaran son de 132, 134 y 135 respectivamente… hay algún margen de error o algo a lo que poder agarrarse?
Muchas gracias
El problema es que no hay forma de demostrar que cuando tú pasaste no estaban señalizados. No dispones de ninguna prueba para ello.. Así que no serviría para recurrir.
Respecto al margen de error, ya te lo han aplicado en la notificación. Sólo te queda que haya algún defecto de forma tal como te hemos comentado.
Se puede solicitar por ejemplo la foto, para ver si se ve bien la matrícula o puede llevar a error por estar borroso o no visible. Pero te avisamos de que si solicitas la foto, pierdes aitomáticamente el descuento del 50%…
Dile a la empresa que te den copia de la notificación de las sanciones para ver qué datos vienen, y si quieres con esa copia puedes ponerte en contacto con alguna de las empresas especializadas en recurrir multas para ver si ven algún error para intentar recurrir de alguna forma…
Salu2 y ánimo..
me llego una multa por estacionar en el paso de peatones y estuve un par de minutos lo que tarde en ir al baño, y luego hice un recurso yo misma y me lo han desestimado y ahora he de pagar 200€. Si contrato una empresa quitamultas lo podra hacer a pesar de yo a ver hecho un recurso antes? o ya tengo todo por perder?
Salvo que haya algún defecto de forma en la notificación (como por ejemplo un error en la matrícula..) no hay mucho que recurrir.
Estabas mal estacionada y aunque fuera por tan sólo unos minutos es sancionable y no hay mucho que alegar al respecto..
Pero bueno, puedes intentar a ver qué te comentan al respecto en alguna de las empresas especializadas en recurrir multas.
Salu2
me han puesto una multa por dar las largas para avisar a los coches de un radar oculto, me lo han dado en mano y no lo he firmado.la puedo recurrir¿??y que tengo que decir?¿?¡’muchas gracias
Aunque no lo hayas firmado, la notificación y multa te la pondrán igualmente y salvo error de forma (como que la matrícula esté mal apuntada) no hay argumento ni excusa para recurrir.
Te indicamos la multa que te pueden poner por ello:
Sanción: 80€ (40€ con el importe reducido)
Salu2
muchas gracias, a pagar, dudo mucho que vuelva a dar las largas para avisar
me han puesto una multa en la que no esta rellenado la casilla con la fecha,en esa casilla ha puesto la provincia,se puede recurrir por defecto de forma?
Si es la notificación de la sanción (tiene que indicarte cómo recurrir y el plazo para ello) y no figura la fecha en ningún punto, podrías intentar recurrir aludiendo a este punto.
Puedes ponerte en contacto con alguna empresa quitamultas para que te confirmen las posibilidades.
Pero ten en cuenta que de no ser favorable, habrás perdido el descuento del 50%. Valóralo también para decidir.
Salu2
me ha llegado una multa por importe de 200€ por estacionar en doble fila sin conductor, e el pliego de denuncia aunque los datos estan bien, la matricula es erronea, ademas en dicha fecha creo no haber estado en dicho lugar, podria pedir foto de la infraccion??
Si en la notificación fehaciente de la denuncia (donde figura cómo recurrir) está mal anotada la matrícula, podrías recurrirla.
Salu2 y suerte
hola hoy me han multado con 200 euros y retirada de 4 puntos por que al al incorporarme a otra vía tenia un ceda el paso y yo e visto que me daba tiempo a incorporarme y según los civiles el coche que venia a tenido que frenar…..
como puedo demostrar que no a sido asin que me a dado tiempo,que hago recurro o mejor pago
un saludo
Buenas tardes.
Se supone la veracidad de los agentes de Tráfico, así que es imposible demostrar que no hiciste frenar al otro vehículo.
Así que salvo que haya algún defecto de forma en la notificación de la sanción (como que la matrícula apuntada sea errónea, por ejemplo), no vemos argumento suficiente para recurrir.
Salu2
Buenos días,
Me pusieron una multa por parar 1 minuto en una acera, notificada como ‘estacionar en zona de carga y descarga’. Cuando llegué al vehículo aún no me habían multado pero lo hicieron igualmente. En el boletín de denuncia puso 70 euros -35 con descuento. Y la firmé, porque me dijo que era sólo para darme por notificada. Ayer me acerqué a la oficina de la policía local para cambiar el boletín de denuncia por el impreso de pago, y me acabo de dar cuenta de que en la notificación de denuncia que me han dado el número de la matricula no es correcto (la última letra no es correcta). ¿Puedo alegar defecto de forma a pesar de que estaba allí cuando me la pusieron, y la firmé? Quiero decir que me resulta dificil justificar la alegación si se da por sentado que si la firmé yo estaba efectivamente allí cuando me la pusieron, luego claramente sí es mi coche aunque hayan puesto otra letra…
También en la notificación el importe es de 200 y no de 70, como pusieron en el boletín, aunque el artículo infringido sí corresponde a 200 euros.
¿Puedo recurrir? ¿En qué términos debo hacerlo?
Gracias