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2 de septiembre de 2010

Empresas quitamultas: ¿cómo recurrir multas?

La última reforma de la Ley de Tráfico está orientada a cobrar rápidamente las multas de los infractores mediante el incentivo de un descuento del 50%, y evitar así los recursos de multas.

Sin embargo, la administración no siempre tiene razón. Si no estamos de acuerdo con la infracción, existe defecto de forma, la notificación está fuera de plazo u otra razón, recurriremos la multa y si queremos tener más éxito podemos incluso acudir a una empresa quitamultas.

¿Si recurrimos la multa, pierdo la posibilidad de descuento del 50%?

. Esa es la baza con la que juega la administración para que los infractores paguen sin recurrir las multas.

Pero antes de hacerlo, hemos de fijarnos si la administración ha hecho sus deberes correctamente, en caso contrario hay que recurrir y ganaremos casi seguro.

¿En qué casos podemos recurrir?

No hemos cometido la infracción:

    Esto suele ocurrir debido a un error de un agente de la seguridad vial que al rellenar la multa haya puesto nuestra matricula. Es conveniente asegurarse que en esa fecha no hayamos dejado nuestro vehículo a nadie.

Defecto de forma:

  • La notificación tiene que venir con el faldón de recurso, es decir, debe de indicar cómo podemos recurrir la multa. En caso de no figurar este faldón, podemos “olvidarnos” de la multa. Esta notificación no tendría validez fehaciente y por lo tanto podríamos darnos por no enterados y dejar correr el plazo.
  • Notificación en un idioma que no es oficial en el lugar de residencia del infractor. Suele ocurrir con las multas impuestas en las comunidades con un idioma cooficial y los envía a otra comunidad autónoma.
  • Fuera de plazo: Las multas hay que notificarlo en el plazo estipulado en función de la gravedad de los hechos: 3 meses para las leves y 6 meses para las graves y muy graves.

¿Qué son las empresas quitamultas?

Son empresas especializadas para recurso de multas. Generalmente estas empresas establecen unas cuotas anuales y te permite recurrir todas las multas que desees a lo largo de ese año.

Existen ocasiones en que es más recomendable convertirse en socio de una asociación de automovilistas o contratar determinados seguros que ofrecen además del servicio de recurso de multas, tienen otras ventajas añadidas.

De cualquier forma, os dejamos una lista de los precios de las empresas más conocidas:

Compañía Vía administrativa Vía contencioso Vía ejecutiva Precio anual
sanciones.net 48.50
gesmultas.com 48.50
sadyr.es 48.83
europ-assisteance.es 70.92
recurauto.com 81.42
multrafic.com 81.42
lagestoria.com 81.42
autoplus.es 89.68
multas.com 109.00
multalia.com 114.94
legalitas.es 147.50
dvuelta.es 152.22

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345 comments to Empresas quitamultas: ¿cómo recurrir multas?

  • Victoria

    Buenos días, hace un año un policía local me pide los datos por estar parada en un paso de peatones por menos de 2 minutos, a continuación tuve que preguntarle para qué me estaba pidiendo los datos, si era para multarme y respondió que sí, al tiempo que se largó en su moto… Un año más tarde y sin haberme llegado ninguna notificación a casa, me llega una carta certificada indicandome que al no haber pagado la multa el precio ascendía a 254 euros…
    Puedo recurrir por no haberme informado de ninguna forma anteriormente para poder acojerme al periodio de reduccion?

    • Buenos días.

      Es posible que la dirección que figure en el Permiso de ceirculación de tu coche, en tu DNI, carnet de conducir..no estén actualizadas y por eso no te haya llegado antes la notificación.

      Antes de recurrir por ese motivo, deberías consultar en Tráfico cuándo te han intentado localizar anteriormente y a qué dirección.

      Salu2

  • carlos

    le deje mi coche a un compañero y tuvo un golpe resulto que mi seguro me habia dado de baja sin habermelo comunicado y el consorcio de seguros esta recurriendo a mi compañia de seguros sin yo aun tener ninguna respuesta pero la multa no deja de llegarme 1500 euros ya la he recurrido una vez pero me han rechazado el recurso y la he vuelto recurrir que es lo que puedo hacer para que la multa no me llegue hasta que el consorcio solucione su recurso os agradeceria que me imformaseis que es lo que puedo hacer.

    • Respecto a la multa, no vemos mucho remedio, ya que los motivos por el que el coche estuviera sin seguro (sea culpa tuya o no, a la Administración le dan igual).

      No vemos más remedio que abonarla, pero reclamar el importe de dicha sanción a tu compañía aseguradora en el caso de que no te hubiera notificado la cancelación como corresponde.

      Salu2 y ánimo.

  • Paula Rodriguez

    Me ha llegado una providencia de apremio por una infracción de hace casi 6 meses por pasar un semáforo en rojo en bicing en Barcelona, pero nunca antes me llegó la multa para poder pagarla en témino y con descuento (el mosso que me hizo la multa me entregó el papel amarillo pero me dijo que en los próximos días llegaría la multa «verdadera» para poder pagarla), quisiera saber si puedo recurrir (ahora tengo que pagar 220€!), la multa ni siquiera dice que fue en bicicleta, solo dice multa de tránsito y llega con casi 6 meses de demora, sin descuento y con recargo sin que llegara nada antes (y el domicilio del papel amarillo que me entregaron en su momento es correcto)
    Gracias

    • En la multa te entregaron en mano te deberían indicar forma de pago, importe de la sanción y esa sería la fecha del inicio del procedimiento sancionador.

      Si te la entregaron en mano no sería necesario que te enviaran ya notificación de la infracción a tu domicilio.

      En el boletín que te dieron en mano, debía indicar plazo de pago para poder beneficiarte de la reducción.

      Al no pagar en ese plazo, al final te la acaban reclamando vía apremio.

      Parece que el procedimiento seguido es correcto, pero si tienes dudas puedes consultarlo poniéndote en contacto con alguna de las empresas quitamultas que puedes ver en el artículo superior a ver qué te comentan.

      Salu2

  • Maya

    Me han puesto 2 multas por tener coche aparcado en la calle sin seguro el mismo día! Esto es legal? Entiendo q 1 vale, pero 2 el mismo día x la misma razón! Quien me puede ayudar? Gracias

  • juan

    Buenas.
    El 1/11/13 me paro la G.Civil porque segun ellos al acabar un adelantamiento habia pisado al menos 2 cms la linea continua, como lo leeis 2 cm, le dije que no iba a discutir que yo creia que no era asi pero que me diera la sancion para abonarla al momento, me dijo que no me la daba dado que se habia sacado una foto que demostraba haber pisado la continua y que recibiria en mi domicilio la sancion con la foto justificativa, se lo volvi a pedir y me dijo que no me daba nada por ese motivo, la foto.
    Hoy he recibido la multa en casa, sin foto ni nada de nada, yo no pise la continua, me faltaban como 30 metros hasta el fin de la continua segurisimo.
    No se si puedo reclamar con alguna garantia, mi sentido de indefension es total.
    Hay alguna alegacion a realizar por defecto de forma en la sancion?, yo no puedo demostrar que no piso la linea, pero es que parece de verguenza que no haya ninguna justificacion a la sancion.
    Gracias por informarme

    • Buenas.

      En la notificación deben indicar el motivo por el que no te la entregaron en mano.

      La verdad es que es complicado, ya que se presupone la veracidad de los agentes.. Es una faena.

      Puedes ponerte en contacto con alguna de las empresas especializadas en recursos de sanciones que puedes ver en el artículo superior a ver qué te comentan al respecto.. pero no lo vemos fácil.

      Salu2

  • Jesus Aviles Sanchez

    El pasado dei 15 de Junio del 2013,estuve en Boadilla del MOnte.-
    Ahora me llega una multa, con fecha 17-12-13, la sancion es por pasar por un via restringida, excepto de 7 a 10 y de
    18 a 21h de lunes a viernes.Yo habia pasado por la mañana
    cuando regreso al pueblo lo hago por el mismo sitio, ademas me lo indicaba el navegador ya que no conozco la zona pues soy de Alicante.-
    ¿Es recurrible esta sancion??
    Gracias por vuestro consejo.-

    • Si estás totalmente seguro de que no has estado en esa fecha u hora allí, puedes solicitar foto de prueba.

      Aunque ya sabes que si lo haces perderás la posibilidad de beneficiarte del descuento por pronto pago del 50%.

      Si tienes dudas sobre qué hacer, puedes ponerte en contacto con alguna de las empresas especializadas en sanciones que puedes ver en el artículo superior, a ver qué te comentan..

      Salu2

  • Maribel Sesma Gallego

    Ha mi hijo lo an denunciado ,la Erchanina,porpue según ellos hiba hablando por teléfono ,mi hijo se rascaba la oreja ,aparte tiene manos libres ,el ajente se equiboca en la fecha y le pone el día y el mes pero del 2013 ,esto no es para recubrir,si el presenta las llamadas que tiene en el teléfono ,gracias por nuestra respuesta.

    • Si en la notificación figura fecha incorrecta quizás puedas recurrir por prescripción, pero lo mejor es que lo confirmes poniéndote en contacto con alguna de las empresas quitamultas que puedes ver en el artículo superior.

      Demostrar que sólo se rascaba será más complicado, ya que se presupone la veracidad del agente.

      Salu2

  • David García

    Hola, el pasado 10 de enero se llevó el coche la grúa por estacionar en una zona delimitada con discos provisionales de prohibido. El mismo día recogimos el coche del depósito abonando el correspondiente importe (76€).

    Ayer (29 enero) me llegaron a casa 2 multas por esa infracción. Una fechada el 10/1 a las 8:16 y tipificada por el agente como «grave» por valor de 200€ y otra fechada el 10/1 a las 8:21 tipificada como «leve» por otro agente distinto y por valor de 80€.

    En ambas se describe la misma infracción lo cual entiendo que no es correcto ya que no pueden multarme dos veces por la misma infracción con un intervalo de 5 minutos («non bis en eadem»)… ahora bien, llegados a este punto, ¿qué opciones tengo? evidentemente recurrir pero… puedo recurrir ambas por discrepancias en las mismas o solo una? si es solo una (que entiendo que será así) cuál de las dos? qué criterio siguen? el temporal (es decir, es válida la que primero se puso?) o la gravedad indicada en la denuncia (una grave y otra leve por la misma infracción?) ¿cómo puedo exigir una explicación de la disparidad de criterios aplicados por los agentes municipales?

    Por favor, agradecería asesoramiento para empezar a mover el tema.

    Muchísimas gracias.

    • Hola

      La verdad es que ya ha sido mala suerte la tuya. Pero bueno, dado el caso y las singularidades de lo que te ha ocurrido, creemos que lo mejor es que te pongas en contacto con alguna de las empresas especializadas en recursos de multas que puedes ver en el enlace superior, a ver que te comentan al respecto y cuál sería la mejor forma de actuar en tu caso.

      Salu2 y ánimo..

    • David García

      Buenos días,

      muchas gracias por responder tan rápido. Empezaré a mover el tema.

      Un saludo.

  • Isabel Pérez

    Hola, me han puesto una multa de 200 euros por «estacionar en carril de circulación obstaculizada». Además que no se entiende bien el hecho denunciado, en el documento el agente no ha reflejado el artículo de la ley que se infringe ¿Esto se puede considerar un defecto de forma?
    Gracias

  • Pepe Diaz

    Hola.

    Me ha parado una patrulla de la DGT por exceso de velocidad, medido con un Multanova 6FMR. Me han identificado con el permiso de circulación y acto seguido comunicado la multa correspondiente. El caso es que el agente ha puesto mal la matrícula, equivocándose en un dígito. Por tanto figura mi nombre en la notificación, pero el coche de otra persona.

    Tengo dos preguntas:
    1) ¿El procedimiento sancionador es contra el conductor identificado o contra el dueño del coche?
    2) ¿Puedo recurrir la sanción por defecto de forma, o corro el riesgo de que al comunicar el error corrijan la denuncia y la tramiten correctamente?

    • Hola.

      1.- En este caso y tipo de sanción, sería contra el conductor identificado.

      2.- No estamos seguros de si en este caso admitirían defecto de forma por error en la matrícula. Ya sabes que si recurres pierdes la posibilidad de beneficiarte del descuento del 50%.

      Puedes consultar sobre las posibilidades de recurrir a través de alguna de las empresas especializadas en recursos que puedes ver en el artículo superior a ver qué te comentan..

      Salu2

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