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2 de septiembre de 2010

Empresas quitamultas: ¿cómo recurrir multas?

La última reforma de la Ley de Tráfico está orientada a cobrar rápidamente las multas de los infractores mediante el incentivo de un descuento del 50%, y evitar así los recursos de multas.

Sin embargo, la administración no siempre tiene razón. Si no estamos de acuerdo con la infracción, existe defecto de forma, la notificación está fuera de plazo u otra razón, recurriremos la multa y si queremos tener más éxito podemos incluso acudir a una empresa quitamultas.

¿Si recurrimos la multa, pierdo la posibilidad de descuento del 50%?

. Esa es la baza con la que juega la administración para que los infractores paguen sin recurrir las multas.

Pero antes de hacerlo, hemos de fijarnos si la administración ha hecho sus deberes correctamente, en caso contrario hay que recurrir y ganaremos casi seguro.

¿En qué casos podemos recurrir?

No hemos cometido la infracción:

    Esto suele ocurrir debido a un error de un agente de la seguridad vial que al rellenar la multa haya puesto nuestra matricula. Es conveniente asegurarse que en esa fecha no hayamos dejado nuestro vehículo a nadie.

Defecto de forma:

  • La notificación tiene que venir con el faldón de recurso, es decir, debe de indicar cómo podemos recurrir la multa. En caso de no figurar este faldón, podemos “olvidarnos” de la multa. Esta notificación no tendría validez fehaciente y por lo tanto podríamos darnos por no enterados y dejar correr el plazo.
  • Notificación en un idioma que no es oficial en el lugar de residencia del infractor. Suele ocurrir con las multas impuestas en las comunidades con un idioma cooficial y los envía a otra comunidad autónoma.
  • Fuera de plazo: Las multas hay que notificarlo en el plazo estipulado en función de la gravedad de los hechos: 3 meses para las leves y 6 meses para las graves y muy graves.

¿Qué son las empresas quitamultas?

Son empresas especializadas para recurso de multas. Generalmente estas empresas establecen unas cuotas anuales y te permite recurrir todas las multas que desees a lo largo de ese año.

Existen ocasiones en que es más recomendable convertirse en socio de una asociación de automovilistas o contratar determinados seguros que ofrecen además del servicio de recurso de multas, tienen otras ventajas añadidas.

De cualquier forma, os dejamos una lista de los precios de las empresas más conocidas:

Compañía Vía administrativa Vía contencioso Vía ejecutiva Precio anual
sanciones.net 48.50
gesmultas.com 48.50
sadyr.es 48.83
europ-assisteance.es 70.92
recurauto.com 81.42
multrafic.com 81.42
lagestoria.com 81.42
autoplus.es 89.68
multas.com 109.00
multalia.com 114.94
legalitas.es 147.50
dvuelta.es 152.22

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345 comments to Empresas quitamultas: ¿cómo recurrir multas?

  • Jose

    Hola, hace un mes me para la guardia civil y me dice que me ha pillado el radar y me denuncian, le comento que yo no iba a dicha velocidad y me dicen que la recurra, sorpresa cuando veo la foto, es de la parte delantera y al ser una moto no hay matricula y encima ni yo reconozco el modelo de la moto, a donde puedo dirigirme para hacer un buen recurso, gracias.

    • HOla.

      Tendrías que recurrir alegando los motivos que comentas.

      Si tienes dudas sobre cómo presentar el escrito puedes consultar con alguna de las empresas especializadas en recursos de sanciones que puedes ver en el artículo superior.

      Salu2

  • GUILLERMO

    HOLA, ME HAN DENUNCIADO POR ESTACIONAR EN LA ACERA Y DEMAS PASOS DESTINADOS AL PASO DE PEATONES, ESTE ES EL HECHO DENUNCIADO, QUE ES EL CORRECTO, PERO EN EL ART QUE EL AGENTE DE LA POLICIA LOCAL ME PUSO EN LA NOTIFICACION ERA OTRO DISTINTO. EL ART. QUE EL PUSO TIENE UN VALOR DE 80 € Y EL QUE REDACTO COMO HECHO ES DE 200€ PUEDO RECURRIR PORQ EL AGENTE SE EQUIVOCO AL PONER EL ART. GRACIAS UN SALUDO

    • Hola.

      La infracción cometida en ese caso sería:

      ESTACIONAR EL VEHÍCULO
      CONSTITUYENDO UN
      PELIGRO U
      OBSTACULIZANDO
      GRAVEMENTE EL TRÁFICO
      DE PEATONES, VEHÍCULOS
      O ANIMALES -> 200€

      o sino:

      ESTACIONAR SOBRE LA
      ACERA, PASEO Y DEMÁS
      ZONAS DESTINADAS AL
      PASO DE PEATONES -> 200€

      Es posible que modifiquen el artículo, pongan el correcto de 200€ y por intentar recurrir pierdas el descuento del 50%.

      Salu2

  • Diego Sánchez

    Hola, muchas gracias por vuestra atención.

    Resulta que me ha llegado a casa por el buzón,2 multas por valor de 512€ por vía ejecutiva del ayuntamiento de Madrid, por estacionamiento en Carga y Descarga en Octubre y Noviembre de 2008.
    Yo hasta hace un año no estaba empadronado en Madrid, y nunca se me han notificado dichas multas.
    Me gustaría que me pudierais decir que pasos dar para evitar desembolsar tal cantidad.
    Muchas gracias y un saludo.

    • Hola

      POdrías consultar a ver a qué dirección y cuándo te han intentado notificar anteriormente para ver si habría prescrito (en el caso de que te hayan intentado localizar antes de alguna forma aún sin conseguirlo no habría prescrito y te tocaría abonarlo..)

      Revisa que la dirección del Permiso de circulación de tu coche esté actualizada y si no es así cambiala para evitar que te vuelva a suceder esto.

      Salu2

  • Alberto

    Hola,
    Ayer iba con la mi opel Combo, me pararon los municipales por estar en permiso de arreglo de itv de los 15 dias, inmovilizandome el vehiculo y llevandoselo la grua. Esto es legal. Para que dan 15 dias. Puedo recurrir de alguna forma. Gracias

  • Ana

    Buenos días, el lunes pasado me multaron por estacionar en una zona reservada 5 minutos y me escribieron la multa estando yo presente. La multa son 80€ y se quedarían en 40 si pago en 20 días. Mi nombre me lo han escrito mal, los apellidos lo han puesto al revés, ¿es motivo de recurso? Y en el cuadro de mi firma hay un garabato y algo escrito que yo no firmé ni escribí. ¿Es recurrible? Muchas gracias.

    Ana

    • Hola.

      No te lo podemos indicar fijo si será motivo sufiente y si recurres y no te lo aceptan perderás el descuento del 50%. Así que lo mejor es que lo consultes con alguna de las empresas especializadas en recursos de multas indicadas en el artículo superior para asegurarte.

      Salu2 y ánimo.

  • Clara

    Hola, me gustaria saber si puedo recurrir a una multa que me puso la policía ayer por la tarde. Tuve un accidente con el coche dw propiedad de mi copiloto y tuvimos un accidente, chocamos contra la meridiana, gracias a dios estamos bien y no implicamos a nadie más en el acto pero ivamos sin seguro. Cuando vino la policía y nos pidio loa papeles, me multaron a mi por llevar un vehículo sin seguro. No entiendo porque me multan a mi si yo no soy la propietaria del coche, yo no soy la que debe encargarse del seguro del coche y de todos modos no era consciente de que el coche estaba sin seguro. ¿¿¿¿¿¿Que puedo hacer??????

  • Oscar Lorente

    Buenas tardes.

    El ayuntamiento de Valencia, me ha puesto una multa de 200 euros por estacionar en doble fila, pone infracción grave.
    Lo mejor es que estoy allí solo un momento, pues no pueden probar que lleve más de 2 min allí, está hecha la foto con las cámaras de un smart que pasa y va pillando a la gente; y obviamente no hay 2 fotos que rebatan que se han hecho dichas fotos en tiempo superior a 2 min.
    Además en la foto se ve que estoy con los intermitentes y con la ventanilla del acompañante bajada, y aunque en la foto sale el espejo con reflejo, estoy yo dentro, cosa que rebate que yo no he aparcado allí por horas pues no me dejo la ventanilla bajada.
    La multa pone: Queda prohibido estacionar en doble fila
    También dice en otro punto: No se pudo notificar denuncia en el acto, al efectuarse la denuncia mediante captación de imágenes.
    Recurro o pago los 100 euros que se me quedan con el descuento?.

    Muchisimas gracias por la orientación que nos dais.
    Un saludo.

    • Buenas tardes.

      La multa parece clara. Aunque fuera por 2 min aparcaste en doble fila y eso está prohibido.

      Por lo que te aconsejamos pagar con el descuento por pronto pago.

      Salu2

  • Alex

    Hola.
    Me gustaria saber que puedo hacer: Tuve una infracción hace un año, ir a 75 en una via de 50. Multa con resta de 2 puntos. El caso es que pagué la multa y la quita de los 2 puntos me la hicieron hace unos dias (despues de 11 meses). No recurrí ni nada, simplemente pagué. Puede esa quita de puntos ser recurrida?
    Saludos.

  • Javier Ramirez Gomez

    Hola, me ha llegado a casa un requerimiento del ayuntamiento de Madrid área de circulación, para que identifique al conductor de mi coche cuando lo sorprendió el radar a 85 kilómetros hora siendo el limite a 50, por lo que la sanción es de 400€ y pronto pago 200€ y 4 puntos, la carta me llega con la foto de atrás con la matricula visible, datos del radar, ect,tendria alguna posibilidad de ganar el recurso o en este caso me recomiendan pagar cuanto antes??

  • mirella

    Hola, ayer por la mañana me han multado (circular con un vehiculo sin tener concertado el seguro obligatorio)tengo el ciclomotor hace poco y todavia no le puse seguro, el mismo dia por la tarde he contrado el seguro para librarm de la multa, aunque no se si es posible? consta la hora n l contrato de los seguros?sirve presentar el.seguro si es el mismo dia?n l consorcio donde lo he asegurado no m.sabe responder.En el caso que tenga q pagar la multa,¿ me obligan a poner el seguro tbm?¿o puedo continuar sin seguro?un saludo,gracias.

    • Hola.

      El seguro tendría que estar contratado con fecha anterior al día de la sanción.

      Del mismo día lo más probable es que no te sirva (sino todo el munco haría eso) y si intentas recurrir perderás la bonificación del 50%, que es mucho dinero.

      Si continuas circulando sin seguro, te podrán volver a sancionar de nuevo con las misma cuantía otra vez.

      Salu2

    • mirella

      ya lo he contratado gracias,habra q pagarla :)saludos

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