El Consejo de Ministros del 20 de Agosto de 2010 ha aprobado una nueva prórroga de 6 meses la ayuda a los desempleados sin subsidio ni prestación de desempleo o PRODI: Programa temporal de protección por desempleo e inserción.
Esta ampliación permitirá a las personas que terminen de cobrar su prestación o subsidio de desempleo hasta el 15 de Febrero de 2011 disfrutar de la ayuda de 426€, pero NO para las personas que ya han recibido la ayuda, y añade una nueva condición de tener cargas familiares para los que estén en el rango de edad de 30 a 45 años.
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (para 2011).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la ayuda extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿He cobrado durante 6 meses el PRODI, puedo benenficiarme de la prórroga?
NO. La prórroga sólo es en tiempo de solicitud y para nuevos desempleados que se queden sin prestación o subsidio de desempleo.
La ayuda sólo se puede recibir durante 1 único periodo de 6 meses NO prorrogables.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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HOLA MI MARIDO A TERMINEDO YA DE COBRAR LOS 426E DURANTE 2AÑOS YA NO TIENE DERECHO A COBRAR NADA TENIENDO 2 HIJOS A SU CARGO .Y SU ESPOSA CON UN CONTRATO DE 3 HORAS QUE AL MES COBRA 400E NO LE PERTENECE NADA DE NADA ,,,,GRACIAS
Seguramente su marido ha estado cobrando el subsidio de desempleo por tener familiares a cargo, así que debe de acudir al servicio de empleo para solicitar el PRODI.
Salu2.
Buenas:
Yo empece a cobrar el prodi desde Enero de 2010, en abril empece a trabajar y ahora en septiembre me he quedado sin empleo, he reiniciado el prodi y me quedan tan sólo 15 por cobrar y no tengo derecho a paro….. No tengo cargas familiares y tengo 42 años, no tengo derecho a la prórroga del prodi??
Gracias anticipadas y saludos
El PRODI sólo se puede percibir una única vez.
Habiendo cotizado durante 5 meses, no deberías de haber retomado el PRODI, ya que sólo le quedaba 1 mes más de cotizaciones para recibir 6 meses de subsidio de desempleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Salu2.
Yo vivo con mi madre mi padrastro y un hermano pequeño, en la unidad familiar, ¿tambien se incluye mi padrastro aunque yo no aparezca en su libro de familia?
Imagino que si no hay una adopción legal, no debería contabilizarlo.
De cualquier forma, consultalo en el Servicio de Empleo cuando solicites la ayuda.
Salu2.
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ola me pueden daar algun telefono para que pueda orientarme sobre este subsidio,si tengo derecho etc?gracias
Llama al teléfono de atención al ciudadano: 901 11 99 99.
Salu2.
hola, se me terminan los 6 meses de ayuda 426 euros, tengo 33 años, y estoy sola en en España,soy argentina nacionalizada aqui .no tengo trabajo ni encuentro, tengo algun derecho de renovar la ayuda, hay algun convenio firmado o solo son 6 meses improrrogables???? muchas gracias.
Son 6 meses NO prorrogables.
Además con tu edad, no hay más ayudas provinientes del servicio de empleo.
Tan sóle podemos desear suerte para encontrar un empleo pronto y recomendarte que lea los siguientes artículos, quizás te ayude a encontrar trabajo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/buscar-trabajo/
Salu2.
tengo 10 meses cotizados con media jornada tengo la edat de 64 anos quiero preguntar si tengo derecho a subsidio.gracias
No solicite este subsidio, sino el de mayores de 52 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Acuda al servicio de empleo y pídele informaciónd e esta ayuda.
Salu2.
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Estimados señores desearia saber si el prodi consume las cotizaciones anteriores aunque no se llege a los 180 dado que despues de haber percibido el año pasado esta modalidad ahora estaria en disposicion de poder obtar a un subsidio si esto fuese asi,atentamente gracias.
El reconocimiento de un derecho a las ayudas por unas determinadas cotizaciones, posteriormente no podrás volver a utilizar este tiempo cotizado para el reconocimiento de otro derecho.
Salu2.
Hola!!
estoy viviendo con mi novia y con los padres de ella,
la madre esta cobrando el prodi, mi pregunta es: ¿si yo me empadrono en casa con ellos ella perderia la paga, ya que yo estoy trabajando y tengo unos ingresos de 1.083€?
muchas gracias y saludos.
Si no tienes relación de parentesco con ellos, y no estás casado con tu novia, nunca formará parte de su unidad familiar y tus rentas en principio no debería de contar para sus solicitudes de ayuda.
De todas formas no comprendo la razón por la que quieres empadronarte allí: no ganas nada, pero hay un pequeño riesgo de investigación por parte del Servicio de empleo.
Salu2.
Vale gracias por tu respuesta,
la razon es porque estoy viviendo kon ellos y a mi madre, que no estoy con ella, no le darian la ayuda familiar porque esta en desempleo y con dos hijos menores de edad puesto que yo si forma parte de la unidad familiar y tengo renta suficiente.
saludos y gracias.
En tal caso…
De todas formas, si te cambias de empadronamiento y tu madre solicita un subsidio dentro de poco, va a considerar que es una solicitud de fraude y puede abrir una investigación.
Salu2.
ola a todos alguin puede informarme si tengo derecho a recibir la prodi me acabe el contrato el dia 12/agosto2010 y no tengo paro puede recibir la prodo o no ,,,
No te podemos decir, ya que desconocemos tu situación familiar y económica.
Comprueba los requisitos de las ayudas que están descritos en esta página web y obtendrás tu mismo la respuesta.
Salu2