Después de que el gobierno haya anunciado que eliminará el cheque bebé a partir del 1 de enero de 2011, queremos dar una buena noticia a los que vayan a ser padres.
A partir del 2011 entrará en vigor la nueva ley de permiso por paternidad que dará 4 semanas ininterrumpidas de permiso remunerado a los padres que tengan o adopten un hijo, además de los días retribuidos que le correspondan por el Estatuto del Trabajador o Convenio Colectivo a cargo de la empresa.
Ultimas noticias
– (27/09/10).Los recortes de la crisis vuelven a afectar a las familias. Primero les quitaron el cheque bebé, y ahora, este nuevo permiso de paternidad, que tenía previsto su entrada en vigor el 1 de enero de 2011 e incluso fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 7 de octure de 2009, finalmente se retrasará en su aplicación hasta el año 2012 debido a la falta de presupuesto.
– (30/12/11). El nuevo gobierno y ante la necesidad de recortar el déficit, retrasa la aplicación de esta ley hasta el enero de 2012.
– (31/12/2011): se vuelve a retrasar de nuevo la ampliación del permiso de paternidad de cuatro semanas, hasta el 1 de enero de 2013 como parte de las medidas para reducir el déficit público acumulado. RD 20/2011
¿En qué consiste?
El Permiso por paternidad es una medida para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que hasta ahora da derecho al disfrute de 13 días ininterrumpidos de permiso en los supuestos de nacimiento de hijos o hijas, adopción o acogimiento. Ampliables en casos de parto, adopción o acogimientos múltiples, en 2 días más por cada hijo, a partir del segundo.
A partir del año 2011 entrará en vigor la nueva ley en la que los trabajadores tendrán derecho a un permiso de 4 semanas de paternidad.
Estos días de permiso son a mayores e independientes a los días que tenga el trabajador derecho por convenio y que corren a cargo de la empresa.
Además se podrá disfrutar en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50% previo acuerdo entre empresario y trabajador.
La prestación económica por paternidad consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente.
¿Quién se puede beneficiar de este permiso?
Lo pueden solicitar todos los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores autónomos y pertenecientes a otros regímenes especiales de la Seguridad Social.
Es necesario tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de dicha suspensión ó 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a la mencionada fecha.
¿Cuándo hay que solicitar el permiso?
Generalmente los trabajadores por cuenta ajena podrán ejercitar este derecho, bien desde la finalización del permiso retribuido previsto legalmente (mínimo de 2 días ó 4 cuando es necesario un desplazamiento) por el nacimiento un hijo hasta que finalice la suspensión del contrato por maternidad, o bien inmediatamente después de dicha suspensión por maternidad.
¿Quién paga este permiso?
El permiso de paternidad tiene la misma consideración de suspensión de contrato por maternidad y por lo tanto lo paga la seguridad social, en los mismos términos.
¿Qué pasa si se está de permiso de paternidad y se extingue el contrato?
Se continuará percibiendo la prestación por paternidad hasta su finalización, y seguidamente se podrá percibir la prestación por desempleo siempre que reúnan los requisitos exigidos.
¿Si estoy en situación de desempleo y soy padre?
Cuando se esté en situación de desempleo, el tiempo de permiso por paternidad no se descuenta de la prestación por desempleo.
El permiso de paternidad, ¿Cotiza a la seguridad social?
Si. Durante el permiso por paternidad se seguirá cotizando a la Seguridad Social.
¿Dónde hay que presentar la solicitud?
El procedimiento para el reconocimiento del derecho se inicia a instancia del trabajador, mediante solicitud dirigida a la Dirección Provincial de la Entidad Gestora: INSS o ISM.
¿Qué documentación necesaria?
- DNI para españoles y NIE o pasaporte para extranjeros.
- Documentación relativa a la cotización.
- Declaración de Situación de Actividad, sólo para los trabajadores del Régimen Especial de Autónomos.
- Libro de familia o certificación de la inscripción del hijo o hijos en le Registro Civil. En caso de adopción o acogimiento resolución administrativa o judicial por la que se concede dicha adopción o acogimiento.
¿Hay que tener permiso de la empresa para el disfrute de este permiso?
Al igual que en el supuesto de descanso por maternidad, la suspensión del contrato por paternidad es un derecho del padre, que no estará sujeto al acuerdo previo con la empresa. Será suficiente la comunicación en el tiempo y forma que procedan.
¿Puede el padre ceder sus derechos de paternidad a la madre?
No, la norma no contempla esta posibilidad. Además no podría constituir tampoco objeto de negociación con la empresa, ese pacto sería nulo puesto que la filosofía del permiso es favorecer la corresponsabilidad tanto de la madre como del padre en el cuidado de los hijos/as.
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Hola espero poder recibir ayuda puesto q mi caso es algo particular . Gracias de antemano .
Mi mujer sale de cuentas el día 23 de julio yo hasta hoy cobro la ayuda prepara y me han contratado desde mañana 14 de julio hasta el 7 de septiembre por Lo tanto seré padre en ese transcurso de tiempo cuando termine el contrato no puedo reanudar el prepara xq me obligan a la ayuda familiar, yo he pensado no coger la paternidad sólo los dos días primeros para quedar bien con la empresa puesto q necesito trabajar entonces q debo hacer ? Solicitarla cuando termine el contrato ? O puedo Solicitarla y trabajar a la vez ? Y sí la solicito cuando termine cobro según la nómina de la empresa o sobre la ayuda familiar ? ….. q follon ya decía q era un caso muy particular …. muchas gracias un saludo
Si acabas el contrato y tienes derecho a la ayuda familiar, es mucho mejor que lo cojas, ya que dura bastante más que el plan prepara.
No se puede recibir ninguna ayuda y trabajar a tiempo completo.
Salu2.
Hola efrain Díaz otra vez ,
Perdona q insista pero no tengo la duda resuelta me refiero a sí cuando termine el contrato en septiembre puedo solicitar la paternidad antes de echar la ayuda familiar
Gracias saludos
Tienes que tener un contrato en vigor o cobrando una prestación de desempleo para solicitar la paternidad.
Salu2.
MI HIJA NACIO CUANDO ESTABA COBRANDO LA PRESTACION POR DESEMPLEO 10 DIAS MAS TARDE COMENZA ATRABAJAR EN UNA EMPRESA CON CONTRATO¿PUEDO SOLICITAR LA BAJA POR PATERNIDAD SI MI HIJA NACIO CUANDO NO ESTABA TRABAJANDO EN ESTA EMPRESA? ¿PUEDO SOLICITARLA SIN EL VISTO BUENO DE LA EMPRESA?
Leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/05/16/que-sucede-si-mientras-cobro-el-paro-nace-mi-hijo/
Salu2.
voy a ser padre el 25 de septiembre, estoy cobrando la prestacion por desempleo. Tengo derecho a la prestacion por paternidad.
Leete :
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/05/16/que-sucede-si-mientras-cobro-el-paro-nace-mi-hijo/
Salu2.
a cuantos dias tengo derecho por paternidad actualmente? ( 3 oct 2012 )
De forma general son 13 días, pero en el enlace siguiente que te facilitamos puedes ver otros casos especiales por si estuvieras incluido en alguno.
La ampliación a 4 semanas de moemnto está postpuesta por el tema de la crisis.
Puedes ver toda la información sobre el Permiso de paternidad en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/01/31/permiso-de-paternidad-2012-13-dias-de-descanso-remunerado-por-hijo/
Salu2
Mi hija da a luz a finales de enero y no se como madre si tengo derecho a dias ibre.Vive a 700 kiolometros de distancia
Los familiares del trabajador, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, al supuesto de la intervención quirúrgica de estos parientes, siempre que precise reposo domiciliario (es decir, aunque no se requiera de hospitalización).
El permiso será de dos días o de cuatro si es necesario un desplazamiento (o los días que establezca el convenio colectivo de aplicación), no habiéndose modificado este extremo.
Salu2.
La madre de mi futuro hijo no trabaja cobra una ayuda por otro hijo k tiene. Quisiera saber sí al ella no estar trabajando y no percibir remuneración alguna por desempleo las cuatro semanas las puedo solicitar yo. Gracias espero respuesta.
No, no puede si no está cobrando en estos momentos la prestación de desempleo.
Salu2.
Hola,he tenido un hijo neonato de 27 semanas la empresa me gestiono los papeles para coger 13 días los cuales he cogido y me he incorporado a trabajar, pero mi hija se encuentra hospitalizada y tengo la cabeza en otra parte y no se que hacer ,donde ir para pedir mas días ,mi mujer no trabaja y esta en un hotel de madres para la lactancia lleva 32dias y lo que nos queda aun ,¿Donde puedo pedir mas días y como ?,no se que hacer,gracias.
Pide vacaciones, y si no te queda, una excedencia (lógicamente no cobrarás).
Salu2.
hola buenas alguien me puede decir si las personas que trabajan en el servicio domestico o estee de alta como empleado del hogar puede beneficiarse de la baja de paternidad o solo es para empresas y autónomos los beneficios muchas gracias un saludos
La empleada de hogar embarazada, tendrá derecho a un descanso de dieciséis semanas, ampliables a dos más por cada hijo en caso de parto múltiple. De estas dieciséis semanas:
– Diez semanas se disfrutarán como elija la empleada de hogar de baja por maternidad: antes o después del parto.
Parte de ellas la empleada de hogar puede compartirlas con su pareja.
– Las seis restantes deberá obligatoriamente ser disfrutadas por la empleada del hogar después del parto.
Durante las dieciséis semanas de baja por maternidad la empleada de hogar cobrará como subsidio de baja el 100% de la base de cotización.
Para tener estos derecho de baja la empleada del hogar deberá estar de alta en la Seguridad Social en la fecha de comienzo de la baja de maternidad, y un periodo de cotización a la Seguridad Social suficiente según su edad:
– Empleadas del hogar de baja por maternidad menor de 21 años: ningún requisito exigido
– Empleadas del hogar de baja por maternidad de 21 a 26 años: 90 días cotizados a la Seguridad Social en los últimos siete años ó 180 días cotizados a la Seguridad Social durante toda su vida
– Empleadas del hogar de baja por maternidad de más de 26 años: 180 días cotizados a la Seguridad Social en los últimos siete años ó 360 días cotizados a la Seguridad Social durante toda su vida
HOLA BUENOS DIAS
VOY A SER PADRE APROXIMADAMENTE LA PRIMERA SEMANA DE NOVIMEBRE..
QUISIERA SABER CUANTO TIEMPO ME CORRESPONDE POR PATERNIDAD Y CUANDO TENGO QUE SOLICITARLA.
GRACIAS
ATENATMENTE
2 días por hospitalización + 13 días de paternidad.
Los 2 días por hospitalización: pues cuando le hospitalice a su mujer.
La paternidad lo puede solicitar nada terminar esos 2 días o cuando se quiera, negociando con tu empresa.