Las personas que están percibiendo la prestación de desempleo o algún subsidio de desempleo, deben de intentar buscar un empleo mientras están percibiendo estas ayudas, ya que es más fácil de ser contratados. La administración bonifica a las empresas con el 100% de las cuotas de la Seguridad Social a este grupo de trabajadores, que supone un ahorro para las empresas del 30% del salario bruto que paga a los trabajadores.
Además ten en cuenta que el paro o el subsidio es un ingreso temporal y que tarde o temprano se terminará.
¿En qué consiste?
En una bonificación del 100% en las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes equivalente, como máximo, a la cuantía bruta de la prestación, subsidio o Renta Activa de Inserción que el trabajador tuviera pendiente de percibir en la fecha de inicio de la relación laboral, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar los tres años de duración.
En caso de contratos a tiempo parcial, la bonificación se reduce en la proporción a la jornada pactada.
¿Cuáles son las obligaciones?
El empleador beneficiario deberá mantener la estabilidad en el empleo del trabajador contratado durante al menos un año desde la fecha de inicio de la relación laboral, debiendo proceder, en caso de incumplimiento de esta obligación, al reintegro de las bonificaciones indebidamente aplicadas.
No se considerará incumplida esta obligación cuando el contrato de trabajo se extinga por despido declarado o reconocido como procedente, por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador.
¿Tiene alguna incompatibilidad?
La bonificación será incompatible con cualquier otra ayuda destinada a la misma finalidad.
Artículos relacionados:
Y al trabajador cómo le afecta? ¿Pierde esa prestación y el nuevo periodo trabajado genera otra nueva?
Esta bonificación no afecta en nada a los trabajadores.
Sólo tienen la ventaja adicional para ser contratado, ya que la empresa tiene una bonificación.
Salu2.
¿También bonifica la contratación de receptores del PRODI?
No, sólo a los perceptores de prestación de desempleo que es a nivel contributivo.
Salu2.